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Quiero cambiar el nombre de mi hijo.

Cambio de nombre de un niño

Este kit de herramientas para padres y tutores contiene formularios e instrucciones para cambiar legalmente el nombre de un niño menor de 18 años.
Descripción general

Descripción general de la guía

La guía le indica cómo cambiar el nombre de un menor.

Advertencia: La información y los formularios en esta guía no son consejería legal y no sustituyen la ayuda de un abogado. Una buena idea es hablar con un abogado acerca de su situación particular.

Consejos para la búsqueda

Preguntas comunes acerca del cambio de nombre de un menor

Debe obtener una orden judicial para cambiar el nombre de su hijo de manera legal. Puede solicitarle a un juez que emita una orden judicial para presentar un caso de cambio de nombre. Obtenga instrucciones y formularios de cambio de nombre de un menor que puede hacer usted mismo aquí: Quiero cambiar el nombre de mi hijo.

Se pueden realizar correcciones menores al primer o segundo nombre del niño sin una orden judicial. Lea sobre las enmiendas de certificados de nacimientos y consiga la solicitud aquí.

Si ambos padres figuran en el certificado de nacimiento del menor de edad, ambos deben completar y firmar el formulario VS-170. Si los derechos de uno de los padres sobre el menor han terminado, el padre o la madre que aún tiene derechos sobre el menor puede solicitarlo por su cuenta y adjuntar la prueba de que los derechos del otro padre han terminado. Si el menor de edad tiene un representante legal, es decir, un tutor o curador distinto de sus padres, su representante legal debe presentar la solicitud y adjuntar la prueba de que es el representante legal del menor de edad. De lo contrario, el menor de edad puede esperar hasta los 18 años para solicitar un cambio en el certificado de nacimiento, según el proceso para adultos mencionado anteriormente.

Un caso de cambio de nombre de un menor puede ser presentado por el padre o la madre del niño, el curador o el tutor legal.

Presente la petición de cambio de nombre de su hijo en la oficina del secretario del distrito del condado donde vive su hijo.

Comuníquese con la oficina del secretario del distrito en el condado que su hijo vive para conocer los honorarios de presentación de su petición. Si sus ingresos son bajos, puede solicitar a la corte la exención de los honorarios al completar y presentar una Declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales. Más información aquí: Costos judiciales y exención de honorarios.

Sí. Debe informar al otro padre o madre que quiere cambiar el nombre de su hijo (a menos que los derechos parentales del otro progenitor hayan sido terminados).

Si el otro padre accede al cambio de nombre, pueden presentar la solicitud juntos.

Si el otro padre no está de acuerdo con el cambio de nombre, debe notificarlo con una notificación legal del caso por medio de un alguacil, oficial o notificador privado.

El otro padre debe recibir una notificación legal del caso de cambio de nombre de su hijo, incluso si el otro padre no figura en el certificado de nacimiento de su hijo.

Instrucciones y formularios

Advertencia: La información y los formularios en esta guía no son consejería legal y no sustituyen la ayuda de un abogado. Una buena idea es hablar con un abogado acerca de su situación particular. Un abogado está capacitado para proteger sus derechos legales. Aunque decida representarse a sí mismo, intente hablar con un abogado sobre su caso antes de presentar cualquier documento. Visite el Directorio de ayuda legal o lea Cómo trabajar con un abogado privado para obtener más información.

Estas instrucciones explican los pasos para cambiar el nombre de su hijo si usted y el otro padre están de acuerdo en presentar juntos la solicitud de cambio de nombre. Cada paso incluye un enlace al formulario o los documentos necesarios para ese paso.

Use estas instrucciones si:

  • El niño tiene (o los niños tienen) los dos padres vivos y sus derechos parentales no se han terminado.
  • ambos padres están de acuerdo con el cambio de nombre, y
  • Los padres firmarán los formularios legales necesarios para firmar los testamentos.

No utilice estas instrucciones si hay alguna relación de personas que no son los padres ordenada por un tribunal para los niños.

Como un servicio para todos los residentes de Texas, la Biblioteca de Derecho del Condado de Harris combina los formularios e instrucciones de TexasLawHelp en paquetes PDF descargables, que están disponibles en su página Paquetes de formularios combinados de TexasLawHelp.

Pasos de la lista de verificación

Complete estos formularios:

  • Petición para cambiar el nombre de un menor: con este formulario se le solicita al juez que cambie el nombre de su hijo. Usted y el otro padre del niño deben firmar este formulario en virtud de sanción de perjurio. Esto significa que mentir en este formulario es un delito.
  • Usted es el "demandante". El otro padre del niño es el "codemandante".
  • Si planea presentar el caso de cambio de nombre en persona en lugar de en línea, escriba sus respuestas en letra prolija con tinta azul o negra. No deje espacios en blanco.
  • Orden para cambiar el nombre de un menor: Le pedirá al juez que firme este formulario para cambiar el nombre de su hijo con testamento. Debe completarlo antes de ir al tribunal. Complete todos los espacios en blanco excepto los siguientes:
  1. la fecha de la sentencia,
  2. la firma del juez, y
  3. El nombre del juez.
  • A este formulario también lo deben firmar usted y el otro padre.

Otras formas:

Haga una copia de cada uno de los siguientes:

  1. Petición completa para cambiar el nombre de un menor (firmada por usted y el otro padre) y
  2. Declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales (si no puede pagar los honorarios de presentación), y
  3. Consentimiento del menor para el cambio de nombre (si su hijo tiene 10 años o más).

No necesita copias del formulario de la hoja informativa de casos civiles, del formulario de la información sobre la demanda que afecta la relación familiar o del formulario de la orden para cambiar el nombre de un menor.

  1. Presente (entregue) su petición completa y otros formularios iniciales adicionales al secretario del tribunal de distrito (o al secretario del tribunal del condado, según el condado específico) en el condado donde vive el menor.

    Nota: Consulte con el secretario del tribunal del condado donde vive el menor para saber en qué corte del condado se presentan casos de cambio de nombre. Según el condado, los casos de cambio de nombre se presentan en el tribunal de distrito o en el tribunal de condado.

  2. Entregue sus formularios judiciales completos (y copias), excepto el formulario de la orden para cambiar el nombre de un menor. No entregue el formulario de la orden todavía. Usted le presentará el formulario de la orden al juez cuando vaya a la corte.
  3. Pague los honorarios de presentación o presente la declaración completa de imposibilidad de pago de costos judiciales si no puede pagar los honorarios.
  4. El secretario judicial escribirá su "número de causa" y "número de tribunal" en la parte superior de la primera página de su petición para cambiar el nombre de un menor y otros formularios. (Escriba estos números en la parte superior de su formulario de orden para cambiar el nombre de un menor).
  5. El secretario “sellará” sus copias con la fecha y la hora. El secretario judicial se quedará con los originales y le devolverá sus copias.
  6. Pregúntele al secretario si existen reglas locales o procedimientos que deba saber sobre su caso. Por ejemplo, es posible que haya órdenes permanentes en su condado que deban adjuntarse a su petición.
  7. Pregunte al secretario judicial cuando puede presentarle al juez su propuesta de la orden para cambiar el nombre de un menor. Es posible que pueda presentarle la orden al juez ese mismo día. O quizás tenga que volver otro día.
  1. Acuda a la corte para finalizar su caso. (Lea el artículo Consejos para la sala del tribunal para más información sobre cómo acudir a la corte).
  2. Cuando llegue a la sala del tribunal, informe al secretario del juez que está allí y entréguele los siguientes documentos:
  • Su orden propuesta de cambio de nombre de un menor completa (firmada por usted y el otro padre).
  • La copia sellada de su petición para el cambio de nombre de un menor.
  • La copia sellada de consentimiento del menor para el cambio de nombre (si corresponde).
  1. Siéntese hasta que el juez llame su caso.
  2. Cuando el juez llame su caso, diríjase hacia el frente de la sala del tribunal y párese frente al estrado del juez. El juez le pedirá que levante la mano derecha y jure que dirá la verdad. Informe al juez que usted y el otro padre del niño están solicitando el cambio de nombre de su hijo. Esté preparado para explicar de forma rápida por qué cree que cambiar el nombre de su hijo es lo mejor.
  3. El juez escuchará lo que tenga que decir y revisará sus formularios. Si todo está en orden y el juez está de acuerdo con que el cambio de nombre de su hijo es lo mejor para el niño, el juez firmará la Orden para cambiar el nombre de un menor.

Una vez que el juez firme su Orden para cambiar el nombre de un menor, debe volver a la oficina del secretario.

  1. Presente (entregue) la orden firmada para el cambio de nombre de un menor. Su caso no será definitivo hasta que lo haga.
  2. Presente el formulario de información sobre la demanda que afecta la relación familiar completado.
  3. Obtenga del secretario varias copias certificadas, al menos cinco, de la orden. Deberá pagar una pequeña tarifa por cada copia certificada.

    Es testamento necesita copias certificadas de la orden para cambiar el nombre del menor en su tarjeta de seguridad social, certificado de nacimiento, pasaporte, registros escolares, etc.

    Cada organismo testamento querer conservar una copia certificada de la orden. También necesitará una copia certificada de la orden para sus registros.

Usted es responsable de notificar a los organismos correspondientes del nuevo de nombre de su hijo.

  1. Para cambiar la tarjeta de seguro social de su hijo, comuníquese con la oficina local de administración del seguro social (SSA).
  2. Para cambiar el certificado de nacimiento de su hijo en Texas, comuníquese con el Departamento Estatal de Servicios de Salud, Registro Civil de Texas. Lea la página de la Oficina de Requisitos para Solicitar/Cambiar Registros Vitales, donde se explican las enmiendas de partidas de nacimiento y se incluye la documentación para solicitar correcciones y enmiendas.

    Si su hijo nació en otro estado, comuníquese con las oficinas del Registro Civil de ese estado.

  3. Comuníquese con el Departamento de Estado de EE. UU. para cambiar el nombre en el pasaporte del niño.
  4. Para cambiar los registros escolares de su hijo, lleve una copia certificada de la orden a la escuela de su hijo.

Formularios requeridos

Advertencia: La información y los formularios de esta guía no sustituyen al consejo y la asistencia de un abogado. Un abogado está capacitado para proteger sus derechos legales. Aunque decida representarse a sí mismo, intente hablar con un abogado sobre su caso antes de presentar cualquier documento. Visite el directorio de ayuda legal y lea Cómo trabajar con un abogado privado para obtener más información.

Estas instrucciones explican los pasos para cambiar el nombre de un menor si uno de los padres presenta la solicitud y el otro padre será notificado. Cada paso incluye un enlace al formulario o los documentos necesarios para ese paso.

Como un servicio para todos los residentes de Texas, la Biblioteca de Derecho del Condado de Harris combina los formularios e instrucciones de TexasLawHelp en paquetes PDF descargables, que están disponibles en su página Paquetes de formularios combinados de TexasLawHelp.

Preguntas frequentes

¿Qué sucede si no puedo encontrar al otro padre o madre?

Si no puede encontrar al otro padre, después de intentarlo por todos los medios, puede realizar la notificación mediante una publicación en un periódico local, en el sitio web de servicio por publicación del estado o en ambos. También debe contratar a un abogado para que actúe como el abogado para el juicio del otro padre. Para obtener más información, lea este artículo: Servicio por publicación (cuando no puede encontrar al otro padre). Este proceso es complicado y puede ser costoso. Si no puede encontrar al otro padre, hable con un abogado antes de continuar con el siguiente paso.

¿Qué sucede si no conozco la identidad del otro padre?

Si desconoce la identidad del otro padre, debe notificar al padre desconocido mediante una publicación en un periódico local o en el sitio web de servicio por publicación del estado o en ambos. También debe contratar a un abogado para que actúe como abogado ad litem del padre desconocido. Este proceso es complicado y puede ser costoso. Si desconoce la identidad de uno de los padres, hable con un abogado antes de continuar con el siguiente paso.

Pasos de la lista de verificación

Complete estos formularios:

  • Petición para cambiar el nombre de un menor. Con este formulario se le solicita al juez el cambio de nombre de su hijo. Debe firmar este formulario en virtud de sanción de perjurio. Esto significa que mentir en este formulario es un delito. Escriba sus respuestas con tinta azul o negra. No deje espacios en blanco.

    ¿Quién es el demandante?

    Usted es el "peticionario", la persona que solicita al tribunal el cambio de nombre del menor.

    ¿Quién debe figurar como demandado en la petición de cambio de nombre de un menor?

    Si usted es el padre del niño, debe incluir al otro padre como el demandado. Si se ha designado a una persona que no es el padre como curador o tutor legal, también debe incluirla como "demandada". Si usted es el personas que no son los padres que maneja curador o tutor legal del niño, debe incluir a ambos padres como los "demandados".

    Nota: En la petición se solicita su dirección. Cada parte demandada recibirá una copia de la petición. Si le preocupa que un demandado conozca su dirección, llame a la línea de asuntos legales contra la violencia familiar al 800-374-4673 para recibir asesoramiento gratuito.
  • Orden para cambiar el nombre de un menor. Le solicitará al juez que firme este formulario para cambiar el nombre del menor. Complete todos los espacios en blanco excepto lo siguiente: (1) la fecha de la sentencia, (2) la firma del juez y (3) el nombre del juez. También debe firmar este formulario.
  • Información sobre una demanda que afecta la relación familiar
  • Hoja informativa para casos civiles. Si va a presentar el caso en persona en la corte, necesitará este formulario de testamento.
  • Consentimiento del menor para el cambio de nombre (para niños de 10 años o más). Este formulario debe estar firmado por su hijo si tiene 10 años o más. Le indica al juez que su hijo o hija quiere cambiar su nombre. Si su hijo tiene 10 años o más, no puede cambiar el nombre de su hijo sin su consentimiento.
  • Declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales. Rellene este formulario adicional si no puede pagar los honorarios de presentación de su petición. Llame a la oficina del secretario del distrito en el condado donde vive su hijo para conocer los honorarios de presentación de su petición.
Consejo: se recomienda que un abogado revise sus formularios después de completarlos. Puede contratar un abogado solo para revisar sus formularios. Esto se conoce como representación de alcance limitado. Utilice nuestra herramienta Directorio de ayuda legal para buscar ayuda legal en su zona.

Haga suficientes copias de cada uno de los siguientes formularios para tener una copia para usted y una copia para cada demandado:

  • Su petición completa para cambiar el nombre de un menor, y
  • El consentimiento completo del menor para el cambio de nombre (si su hijo tiene 10 años o más).

Haga una copia de su declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales (si no puede pagar los honorarios de presentación) por usted.

No necesita copias del formulario de la hoja informativa de casos civiles o del formulario de la información sobre la demanda que afecta la relación familiar.

No necesita una copia adicional del formulario de la orden para cambiar el nombre de un menor en esta etapa del caso.

  1. Presente (entregue) su petición completa y otros formularios iniciales adicionales al secretario del tribunal de distrito (o al secretario del tribunal del condado, según el condado específico) en el condado donde vive el menor.

    Nota: Consulte con el secretario del tribunal del condado donde vive el menor para saber en qué corte del condado se presentan casos de cambio de nombre. Según el condado, los casos de cambio de nombre se presentan en el tribunal de distrito o en el tribunal de condado.

  2. Entregue sus formularios legales completos (y copias), excepto el formulario de la orden para cambiar el nombre de un menor. No entregue el formulario de la orden todavía. Presentará el formulario de la orden al juez cuando llegue el momento de finalizar su caso.
  3. Dígale al secretario que desea que el otro padre sea notificado en persona. Esto significa que un alguacil, un oficial o un notificador privado entregará los documentos judiciales iniciales al otro padre en persona.

    Nota: Si alguien más está registrado como demandada también debe notificar a esa persona, a menos que esté de acuerdo con el cambio de nombre y testamento firme su propuesta de Orden para cambiar el nombre de un menor y este formulario: Formulario de respuesta original del demandado .
  4. Pague los honorarios de presentación y de emisión (o presente su declaración de incapacidad de pago de los costos judiciales si no puede pagarlos).
  5. Pregunte al secretario si existe alguna orden permanente local que deba seguir o adjuntar a alguno de sus documentos.
  6. Pregunte al secretario si existen reglas locales que deba conocer para su caso.
  7. El secretario “sellará” sus copias con la fecha y la hora. El secretario se quedará con el original y le devolverá una copia.
  8. El secretario imprimirá un formulario llamado "citación". La citación le avisa al otro padre que usted ha presentado un caso de cambio de nombre de un menor. La citación también le dice al otro progenitor que, a menos que presente una respuesta ante el tribunal, usted testamento puede terminar su caso en rebeldía, sin el otro progenitor. El secretario adjuntará una copia de su petición para cambiar el nombre de un menor a la citación. La citación con una copia de su petición adjunta son los documentos judiciales iniciales que un alguacil, oficial o notificador privado debe entregar al otro padre. Lea el paso 4 para más instrucciones.

Es su responsabilidad coordinar para que el otro padre sea notificado con los documentos judiciales iniciales por un alguacil, oficial o notificador privado. No puede entregar los documentos judiciales iniciales por su cuenta.

¿Qué son los documentos judiciales iniciales? Los documentos judiciales iniciales incluyen la citación que le dieron en la oficina del secretario con una copia de la petición adjunta.

  1. Envíe los documentos judiciales iniciales a un alguacil, oficinal o notificador privado en el condado donde el otro padre pueda ser notificado.
  2. Incluya la tarifa de notificación o una copia sellada de su declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales (llame primero para averiguar la tarifa). Además, incluya un sobre sellado con su dirección.
  3. El alguacil, oficial o notificador privado entregará los documentos judiciales iniciales al otro padre en persona. El alguacil, oficial o notificador privado deberá completar un formulario llamado testamento de constancia de diligenciamiento. Esto le indica a la corte la fecha y el lugar en que se notificó al otro padre. La constancia de diligenciamiento completa es prueba de que se notificó al otro progenitor. El otro padre no tendrá que firmar nada.
  4. La constancia de diligenciamiento debe ser presentada ante el tribunal. El oficinal, alguacil o servidor de proceso privado pueden presentarlo por sí mismos o pueden entregarle la constancia de diligenciamiento completa a usted. Si se lo entregan a usted, haga una copia y presente el original en la corte. Se debe presentar al menos 10 días antes de que pueda finalizar su caso, sin contar el día que se presentó o el día que va a la corte a finalizar su caso.

¿Tiene problemas para hacer la entrega legal al otro padre?

Lea cómo entregar los documentos judiciales iniciales (Derecho de familia). También puede usar Consultas para chatear en línea con un estudiante de derecho o un abogado.

Espere los siguientes periodos de espera requeridos:

  • Período de espera de +20 días: A partir del día en que se notifica al otro padre, el otro padre debe tener al menos 20 días más el siguiente lunes a las 10 a.m. para presentar una respuesta ante el tribunal.

    Busque en el calendario el día en que se notificó al otro padre, cuente 20 días más, luego vaya hasta el lunes siguiente. Este es el último día del periodo de respuesta del otro padre. Sin embargo, si el otro padre presenta una respuesta en cualquier momento antes que usted finalice su caso, todavía se contará.

  • Período de espera de +10 días: El alguacil, alguacil o notificador privado debe haber completado un formulario de constancia de diligenciamiento que indique cuándo se notificó al otro padre.

    El formulario de constancia de diligenciamiento debe estar archivado en el tribunal al menos 10 días antes de que pueda terminar su caso.

    Importante: Cuando cuente el período de espera de 10 días, no cuente el día en que se presenta la constancia de diligenciamiento ante el tribunal y no cuente el día que acude a la corte para finalizar su caso.

Llame a la oficina del secretario para averiguar si el otro padre presentó una respuesta. Si el otro padre presentó una respuesta, usted no puede terminar su caso por rebeldía.

  • Si el otro padre presentó una respuesta y ahora accede a firmar el formulario completo de su orden propuesta para cambiar el nombre de un menor, puede concluir el caso de común acuerdo.
  • Si el otro padre presentó una respuesta y no está de acuerdo en firmar su formulario completo de la orden para cambiar el nombre de un menor, su caso es contencioso. Para terminar un caso contencioso, debe establecer una audiencia final contenciosa. Debe dar aviso a la otra parte al menos 45 días antes de la audiencia final. Si hay otras partes demandadas, también deben recibir esta notificación. Lea este artículo para obtener más información: Cómo establecer una audiencia final contenciosa (derecho de familia). Recuerde: Siempre es mejor tener un abogado si su caso es contencioso.

Si el otro progenitor no ha presentado una respuesta, es posible que usted pueda terminar su caso sin él (en rebeldía), pero solo si se cumplen todas las siguientes condiciones:

  • El otro padre fue debidamente notificado por un alguacil, oficial o notificador privado.

  • Un formulario de constancia de diligenciamiento (que muestra cuándo y dónde se notificó al otro progenitor) ha estado archivado en el tribunal durante al menos 10 días, sin contar el día en que se presentó ni el día en que acude al tribunal.

  • Han pasado al menos 20 días más el lunes siguiente desde que se notificó al otro padre.

  • El otro padre no ha presentado una respuesta y no la presenta antes de que termine su caso. (Tenga en cuenta: el otro padre aún puede presentar una respuesta en cualquier momento antes de que termine su caso, incluso después de que hayan pasado los 20+ días).

  • Si alguien más fue nombrado como parte demandada en su caso:

    • También fueron notificados y no presentaron una respuesta.

    • Firmaron un formulario de respuesta original del demandado y su formulario de su orden para cambiar el nombre de un menor para demostrar que están de acuerdo.

Si todo lo anterior es cierto y puede terminar su caso por rebeldía, complete estos formularios adicionales y haga una copia de cada formulario:

Cambio en la ley

En los casos de derecho de familia presentados después del 1 de septiembre de 2023, ya no es necesario intercambiar las divulgaciones iniciales obligatorias que antes eran obligatorias.

Si su caso fue presentado antes del 1 y 2023 de septiembre, después de que una parte en un caso de derecho de familia (como un cambio de nombre) presenta una respuesta, ambas partes están obligadas a intercambiar cierta información y documentos dentro de los 30 días.

El formulario se encuentra aquí: Divulgaciones iniciales requeridas en casos SAPCR y modificaciones.

Consulte los Acuerdos de la Regla 11 para obtener información (y formularios) sobre una forma de renunciar a las divulgaciones requeridas mediante acuerdo.

Si puede terminar su caso en rebeldía, llame a la oficina del secretario para averiguar dónde y cuándo el tribunal concede una audiencia para casos no contenciosos de cambio de nombre de un menor.

Vuelva a llamar a la oficina del secretario el día antes de ir a la corte para asegurarse de que el otro padre no haya presentado una respuesta. Si el otro padre ha presentado una respuesta, usted no puede terminar su caso por rebeldía. Vuelva al paso 6.

Lea Consejos para la sala del tribunal para obtener más información sobre cómo acudir a la corte.

Lleve los siguientes documentos con usted a la corte el día que tiene planeado terminar su caso:

  • Orden propuesta para cambiar el nombre de un menor.
  • una copia sellada de la petición para el cambio de nombre de un menor,
  • Una copia sellada del consentimiento del menor para el cambio de nombre (si corresponde).
  • Una copia sellada del formulario de constancia de diligenciamiento que muestre cuándo y dónde se notificó al otro progenitor.
  • un formulario de certificado de última dirección postal conocida completado, y
  • Si usted no es el padre del niño, una copia de la orden de la corte en la que se lo designa curador o tutor legal del menor.

Cuando llegue a la corte, vaya a la oficina del secretario.

  • Pregunte al secretario si necesita el expediente judicial o la hoja de registro del expediente (la lista de lo que se ha presentado en su caso).
  • Pídale al secretario que verifique una vez más para ver si el otro padre presentó una repuesta. Si el otro padre ha presentado una respuesta, usted no puede terminar su caso por rebeldía. Vuelva al paso 6.
  • Presente el Certificado de última dirección postal conocida y la Declaración de estado militar (o declaración jurada de estado militar) Solicite al secretario que selle cada copia de los formularios. Lleve una copia sellada de cada formulario a la corte.

Cuando llegue a la sala del tribunal, dígale al secretario o al coordinador del juez que usted está allí. Siéntese hasta que el juez llame su caso.

Cuando el juez anuncie su caso, haga lo siguiente:

  1. Diríjase hacia el frente de la sala del tribunal y párese frente al estrado del juez.
  2. El juez le pedirá que levante la mano derecha y jure que dirá la verdad.
  3. Dígale al juez su nombre y si es el padre del niño o si no es el padre, que fue designado como curador o tutor legal del menor.
  4. Dígale al juez que solicita el cambio de nombre del menor.
  5. Esté preparado para decirle de forma breve al juez por qué cree que el cambio de nombre es lo mejor para el menor.
  6. El juez escuchará lo que usted testamento y revisará sus documentos.

Si todo está en orden y el juez está de acuerdo en que el cambio de nombre del menor sería lo mejor para su hijo, entonces el juez firmará la orden de testamento para el cambio de nombre de un menor.

Una vez que el juez firme su Orden para cambiar el nombre de un menor, debe volver a la oficina del secretario. Presente (entregue) la orden firmada para el cambio de nombre de un menor. Su caso NO será definitivo hasta que lo haga.

  1. Obtenga varias copias certificadas de la orden en la oficina del secretario. Deberá pagar una pequeña tarifa por cada copia certificada.
  2. Es testamento necesita copias certificadas de la orden para cambiar el nombre del menor en su tarjeta de seguridad social, certificado de nacimiento, pasaporte, registros escolares, etc.
  3. Cada organismo testamento querer conservar una copia certificada de la orden.
  4. También necesitará una copia certificada de la orden para sus registros.

Usted es responsable de notificar a los organismos correspondientes del nuevo de nombre de su hijo.

  1. Para cambiar la tarjeta de seguro social de su hijo, comuníquese con la oficina local de administración del seguro social (SSA).
  2. Para cambiar el certificado de nacimiento de su hijo en Texas, comuníquese con el Departamento Estatal de Servicios de Salud, Registro Civil de Texas. Lea la página de la Oficina de Requisitos para Solicitar/Cambiar Registros Vitales, donde se explican las enmiendas de partidas de nacimiento y se incluye la documentación para solicitar correcciones y enmiendas.

    Si su hijo nació en otro estado, comuníquese con las oficinas del Registro Civil de ese estado.

  3. Comuníquese con el Departamento de Estado de EE. UU. para cambiar el nombre en el pasaporte del niño.
  4. Para cambiar los registros escolares de su hijo, lleve una copia certificada de la orden a la escuela de su hijo.

Formularios requeridos

Advertencia: La información y los formularios de esta guía no reemplazan el asesoramiento y el consejo de un abogado. Un abogado está capacitado para proteger sus derechos legales. Aunque decida representarse a sí mismo, intente hablar con un abogado sobre su caso antes de presentar cualquier documento. Use el Directorio de ayuda legal o lea Cómo trabajar con un abogado privado para obtener más información.

Estas instrucciones explican los pasos para cambiar el nombre de un menor si usted es el padre del niño y:

  • el otro padre ha fallecido o los derechos parentales del otro padre fueron revocados por un tribunal, y

  • Ninguna otra persona tiene relación con el niño por orden judicial.

También puede utilizar estas instrucciones y formularios si usted es el curador o tutor legal único del menor y no es el padre y sucede lo siguiente:

  • Ambos padres están (1) muertos o (2) un tribunal les ha terminado sus derechos parentales .

  • Ninguna otra persona tiene relación con el niño por orden judicial.

Como un servicio para todos los residentes de Texas, la Biblioteca de Derecho del Condado de Harris combina los formularios e instrucciones de TexasLawHelp en paquetes PDF descargables, que están disponibles en su página Paquetes de formularios combinados de TexasLawHelp.

Pasos de la lista de verificación

Complete estos formularios:

  • Petición para cambiar el nombre de un menor. Con este formulario se le solicita al juez el cambio de nombre de un menor. Debe firmar este formulario en virtud de sanción de perjurio. Esto significa que podría ser acusado de un delito si miente en este formulario. Escriba sus respuestas con tinta azul o negra. No deje espacios en blanco.

    ¿Quién es el demandante? Usted es el peticionario: la persona que solicita al tribunal el cambio de nombre del menor. Nota: Usted DEBE ser uno de los padres, los curadores o los tutores legales que no son los padres para solicitar el cambio de nombre de un menor.

    ¿Quién debe figurar como demandada en la petición de cambio de nombre de un menor? Si usted es el padre del niño, debe incluir al otro padre como la persona demandada. Si usted es una persona que no son los padres curadora o tutor legal del niño, debe incluir a ambos padres como demandados.

    Importante: No utilice estas instrucciones si alguien más tiene una relación con el niño por orden judicial.

  • Orden para cambiar el nombre de un menor. Le solicitará al juez que firme este formulario para cambiar el nombre del menor. Complete todos los espacios en blanco excepto lo siguiente: (1) la fecha de la sentencia, (2) la firma del juez y (3) el nombre del juez. También debe firmar este formulario.
  • Consentimiento del menor para el cambio de nombre (para niños de 10 años o más). Este formulario debe ser firmado por el menor si tiene 10 años o más. Le informa al juez que el menor quiere cambiar su nombre. Nota: Si el niño tiene 10 años o más y no quiere un cambio de nombre, usted no puede cambiar su nombre.
  • Declaración de incapacidad para pagar las costas judiciales. Rellene este formulario adicional si no puede pagar los honorarios de presentación de su petición. Llame a la oficina del secretario del distrito en el condado donde vive su hijo para conocer los honorarios de presentación de su petición.
  • Hoja informativa para casos civiles si presenta este caso en persona en lugar de hacerlo de forma electrónica.
Consejo: se recomienda que un abogado revise sus formularios después de completarlos. Puede contratar un abogado solo para revisar sus formularios. Esto se llama representación de alcance limitado Utilice nuestro Directorio de ayuda legal para buscar ayuda legal en su área.

Haga una copia de cada uno de los siguientes:

  1. Completa la petición para cambiar el nombre de un menor.
  2. Declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales (si no puede pagar los honorarios de presentación), y
  3. Consentimiento del menor para el cambio de nombre (si su hijo tiene 10 años o más).

No necesita copias de:

  • Hoja informativa para casos civiles,
  • Información sobre una demanda que afecta la relación familiar.
  • Orden para cambiar el nombre de un menor (sin firmar por el juez).
  1. Presente (entregue) su petición completa y otros formularios iniciales adicionales al secretario del tribunal de distrito (o al secretario del tribunal del condado, según el condado específico) en el condado donde vive el menor.

    Nota: Consulte con el secretario del tribunal del condado donde vive el menor para saber en qué corte del condado se presentan casos de cambio de nombre. Según el condado, los casos de cambio de nombre se presentan en el tribunal de distrito o en el tribunal de condado.

  2. En la oficina del secretario, testamento necesario:

    • Entregue sus formularios legales completos (y copias), excepto el formulario de la orden para cambiar el nombre de un menor. Presentará el formulario de la orden al juez cuando llegue el momento de finalizar su caso.
    • Pague los honorarios de presentación (o presente la Declaración completa de imposibilidad de pago de costos judiciales si no puede pagar los honorarios).
    • Pregúntele al secretario:
      • Si existen normas locales, órdenes permanentes o procedimientos que deba conocer para su caso.
      • Pregunte al secretario judicial cuando puede presentarle al juez su propuesta de la orden para cambiar el nombre de un menor. Es posible que pueda presentarle la orden al juez ese mismo día. O quizás tenga que volver otro día.

    El secretario testamento:

    1. escriba su "número de causa" y "número de tribunal" en la parte superior de la primera página de su petición para cambiar el nombre de un menor y otros formularios, y
    2. "Selle y archive" sus copias con la fecha y hora.
  3. Escriba el número de causa y el número de tribunal en la parte superior de su formulario de orden para cambiar el nombre de un menor.

Acuda a la corte para finalizar su caso. Lea Consejos para la sala del tribunal para obtener más información sobre cómo acudir a la corte.

Cuando llegue a la sala del tribunal, informe al secretario del juez o al coordinador del tribunal que está allí. Entregue al secretario lo siguiente:

  • Orden propuesta para cambiar el nombre de un menor.
  • Copia sellada de su petición para el cambio de nombre de un menor.
  • La copia sellada del consentimiento del menor para el cambio de nombre (si corresponde).
  • Si uno de los padres ha fallecido, el certificado de defunción del padre.
  • Si se han revocado los derechos parentales de uno de los padres, su copia certificada de la orden judicial en la que se revocan los derechos del padre.
  • Si usted no es el padre del niño, una copia de la orden de la corte en la que se lo designa curador o tutor legal del menor.

Siéntese hasta que el juez llame su caso.

Cuando el juez anuncie su caso, haga lo siguiente:

  1. Diríjase hacia el frente de la sala del tribunal y párese frente al estrado del juez.
  2. El juez le pedirá que levante la mano derecha y jure que dirá la verdad.
  3. Dígale al juez quién es usted y si es el padre del niño o si no es el padre, que fue designado como curador o tutor legal del menor.
  4. Dígale al juez que solicita el cambio de nombre del menor.
  5. Esté preparado para decirle de forma breve al juez por qué cree que el cambio de nombre es lo mejor para el menor.
  6. El juez escuchará lo que usted tenga que decir y revisará sus documentos.

Si todo está en orden y el juez está de acuerdo con que el cambio de nombre es lo mejor para el menor, el juez firmará su orden para cambiar el nombre de un menor.

Una vez que el juez firme su Orden para cambiar el nombre de un menor, debe volver a la oficina del secretario.

  1. Presente (entregue) la orden firmada para el cambio de nombre de un menor. Su caso no será definitivo hasta que lo haga.

  2. Presente el formulario de información sobre la demanda que afecta la relación familiar completado.

  3. Obtenga del secretario varias copias certificadas, al menos cinco, de la orden. Deberá pagar una pequeña tarifa por cada copia certificada.

    Es testamento necesita copias certificadas de la orden para cambiar el nombre del menor en su tarjeta de seguridad social, certificado de nacimiento, pasaporte, registros escolares, etc.

    Cada organismo testamento querer conservar una copia certificada de la orden. También necesitará una copia certificada de la orden para sus registros.

Usted es responsable de notificar a los organismos correspondientes del nuevo de nombre de su hijo.

  1. Para cambiar la tarjeta de seguro social de su hijo, comuníquese con la oficina local de administración del seguro social (SSA).
  2. Para cambiar el certificado de nacimiento de su hijo en Texas, comuníquese con el Departamento Estatal de Servicios de Salud, Registro Civil de Texas. Lea la página de la Oficina de Requisitos para Solicitar/Cambiar Registros Vitales, donde se explican las enmiendas de partidas de nacimiento y se incluye la documentación para solicitar correcciones y enmiendas.

    Si su hijo nació en otro estado, comuníquese con las oficinas del Registro Civil de ese estado.

  3. Comuníquese con el Departamento de Estado de EE. UU. para cambiar el nombre en el pasaporte del niño.
  4. Para cambiar los registros escolares de su hijo, lleve una copia certificada de la orden a la escuela de su hijo.

Formularios requeridos

Advertencia: La información y los formularios de esta guía no reemplazan el asesoramiento y el consejo de un abogado.Un abogado está capacitado para proteger sus derechos legales. Aunque decida representarse a sí mismo, intente hablar con un abogado sobre su caso antes de presentar cualquier documento. Visite el Directorio de ayuda legal o lea Cómo trabajar con un abogado privado para obtener más información.

Estas instrucciones explican los pasos básicos para que un curador que no es uno de los padres pida al tribunal el cambio de nombre de un menor, si tiene padres u otro curador o tutor legal que no está de acuerdo con firmar los documentos judiciales necesarios. Cada paso incluye un enlace al formulario o los documentos necesarios para ese paso.

Utilice estas instrucciones si usted es el curador del menor y el niño se encuentre dentro de alguna de las siguientes situaciones:

  • Tiene uno o ambos padres vivos, que todavía poseen derechos parentales y no están de acuerdo con el cambio de nombre ni acceden a firmar los formularios legales necesarios.
  • Tiene un curador o tutor legal designado por la corte que no está de acuerdo con el cambio de nombre ni accede a firmar los formularios legales necesarios.

Como un servicio para todos los residentes de Texas, la Biblioteca de Derecho del Condado de Harris combina los formularios e instrucciones de TexasLawHelp en paquetes PDF descargables, que están disponibles en su página Paquetes de formularios combinados de TexasLawHelp.

Preguntas frequentes

¿Quiénes son el demandante y el demandado?

  • En un caso de cambio de apellido de un menor, el peticionario es la persona que solicita al tribunal el cambio de nombre del menor.
  • ¿Quién es la parte demandada? En la petición deben figurar como demandados los padres vivos del menor (cuyos derechos no han sido revocados). También debe estar incluida como parte demandada cualquier otra persona que haya sido designada por la corte como curador o tutor legal del menor.

¿Qué sucede si uno de los padres ha fallecido?

Si va a la corte a cambiar el apellido de un menor y alguno de los padres ha fallecido, marque el casillero en la petición original para cambiar el nombre de un menor que dice que uno de los padres ha fallecido, y adjunte una copia del certificado de defunción del padre. Conserve el certificado de defunción original. Lo necesitará cuando vaya a la corte.

¿Qué ocurre si han quedado sin efecto los derechos parentales de un padre?

Si se han revocado los derechos parentales de uno de los padres por una orden judicial, marque el casillero que dice que se han revocado los derechos parentales del padre y adjunte una copia certificada de la orden judicial que revocó los derechos del padre. (Nota: Conserve la copia certificada original de la orden judicial. Lo necesitará cuando vaya a la corte.)

¿Qué sucede si no puedo encontrar a los padres, al curador o al tutor legal del menor?

Si no puede encontrar a los padres, a los curadores o a los tutores legales del menor después de intentarlo por todos los medios, debe notificarlos mediante una publicación en un periódico local. También debe contratar a un abogado que actúe como el abogado para el juicio de los padres, curadores o tutores legales.

Para obtener más información, vea Servicio por publicación. Este proceso es complicado y puede ser costoso. Si no encuentra a los padres, curadores o tutores legales del menor, es recomendable hablar con un abogado antes de continuar con el siguiente paso.

¿Qué hago si no sé quiénes son los padres del menor?

Si desconoce la identidad de los padres del niño, debe notificar a los "padres desconocidos" mediante una publicación en un periódico. También debe contratar a un abogado que actúe como el "abogado para el juicio" de los padres desconocidos. Este proceso es complicado y puede ser costoso. Si des conoce la identidad de uno de los padres, es recomendable hablar con un abogado antes de continuar con el siguiente paso.

Pasos de la lista de verificación

Complete los siguientes formularios iniciales:

Haga una copia para usted y una copia para cada demandada de estos formularios completados:

Por último, complete la Orden para cambiar el nombre de un menor (Grupo D). Le solicitará al juez que firme este formulario para cambiar el nombre del menor. Debe completarlo antes de ir al tribunal. Complételo en su totalidad, excepto lo siguiente:

  • La fecha de la sentencia.
  • Sección 1: Presentaciones (espere para completar esta sección hasta llegar a la corte el día de la audiencia).
  • Sección 2: Antecedentes (el tribunal completa esta sección).
  • La firma del juez.
  • El nombre del juez.
Consejo: se recomienda que un abogado especializado en derecho de familia revise los formularios completados. Puede contratar un abogado solo para revisar sus formularios. Esto se llama "representación de alcance limitado". También puede hablar con un abogado en forma gratuita en una clínica legal. Si necesita ayuda para encontrar un abogado, puede usar nuestro Directorio de ayuda legal para buscar un servicio de referencia de abogados, una oficina de ayuda legal o un centro de autoayuda en su área.

Presente (entregue) su petición completa y otros formularios iniciales adicionales al secretario del tribunal de distrito (o al secretario del tribunal del condado, según el condado específico) en el condado donde vive el menor.

Nota: Consulte con el secretario del tribunal del condado donde vive el menor para saber en qué corte del condado se presentan casos de cambio de nombre. Según el condado, los casos de cambio de nombre se presentan en el tribunal de distrito o en el tribunal de condado.

  • Para presentar sus formularios en línea, vaya a E-File Texas y siga las instrucciones.
  • Para presentar sus formularios en persona, lleve la petición y los formularios iniciales adicionales (y copias) a la oficina del secretario de distrito o condado en el condado que determinó, es el correcto para presentar el cambio de nombre.

En la oficina del secretario:

  1. Entregue su demanda y otros formularios (y las copias) No entregue el formulario de la orden todavía. Presentará la orden al juez cuando sea el momento de finalizar el caso.
  2. Dígale al secretario que quiere notificar a todos los que figuraran como parte demandada en persona. Esto significa que un alguacil, oficial o notificador privado entregará los documentos judiciales iniciales a cada parte demandada en persona.

    Recuerde: Si todas las partes demandadas están de acuerdo con el cambio de nombre y firmarán los formularios legales necesarios, no necesita notificar a las partes demandadas. En su lugar, haga clic en la pestaña Instrucciones y formularios, luego desplácese hacia abajo y seleccione Instrucciones y formularios para el cambio de nombre de un menor: los curadores, los padres, otro curador o tutor legal que no son los padres acuerdan presentar juntos la petición (Conjunto E). Siga esas instrucciones y use esos formularios en su lugar.
  3. Pague la tarifa de presentación y la tarifa de emisión (o presente su Declaración de incapacidad para pagar los costos judiciales o una fianza de apelación completa si no puede pagar los honorarios). Puede llamar a la oficina del secretario con antelación para conocer los honorarios de presentación de su caso.
  4. Pregúntele al secretario si hay:
    • es una orden permanente local que debe seguir o adjuntar a cualquiera de sus documentos, y
    • son reglas o procedimientos locales que debe conocer para su caso.

El secretario testamento:

  1. Escriba su número de causa y número de tribunal en la parte superior de la primera página de su petición. Escriba estos números en la parte superior de cualquier documento que presente en su caso.
  2. Selle sus copias con la fecha y hora. El secretario judicial se quedará con los originales y le devolverá sus copias.
  3. Imprima un formulario llamado citación.

    La citación informa a todas las partes demandadas que usted ha presentado una petición para el cambio de nombre del menor del que usted es curador.

    La citación también informa a cada demandada que, a menos que presenten una respuesta ante el tribunal, usted testamento terminar su caso por rebeldía (sin la demandada).

  4. Adjunte una copia de la petición a la citación. La citación más una copia de la petición adjunta son los "documentos judiciales iniciales" que deben ser entregados a todos los demandados por medio de un alguacil, oficial o notificador privado.

    Lea el paso 3 para obtener instrucciones sobre la notificación del proceso.

Debe notificar con los documentos judiciales iniciales a los padres vivos (si no se revocaron sus derechos parentales), curadores y tutores legales (todos los demandados) del niño. No puede entregar los documentos judiciales iniciales usted mismo.

Para notificar a los demandados en persona, haga lo siguiente:

El alguacil, oficial o servidor de proceso privado:

  • Entregue los documentos judiciales iniciales a cada parte demandada,
  • Complete un formulario de constancia de diligenciamiento que indique cuándo y dónde se notificó a cada demandado,
  • Enviará la constancia de diligenciamiento completa a usted o a la corte.

La constancia de diligenciamiento completada es prueba de que los demandados fueron notificados. Los padres, curadores o tutores legales del menor no tendrán que firmar nada.

Si le enviaron una constancia de diligenciamiento, preséntela en la oficina del secretario. Cada constancia de diligenciamiento debe ser presentada al menos 10 días antes de que pueda finalizar el caso, sin contar el día en el que se presenta ni el día que va a la corte a finalizar su caso.

Nota: Notificar a cada demandado en persona es mejor. Sin embargo, existen otras formas de notificar a alguien. Para obtener más información, lea lo siguiente: Cómo entregar los documentos judiciales iniciales. Si tiene preguntas, puede utilizar "Consultas" para chatear en línea con un abogado o estudiante de derecho.

Espere los periodos de tiempo que apliquen al caso.

  • Período de espera de +20 días

    A partir del día en que se notifica a cada demandada, dicha parte demandada debe tener al menos 20 días más el lunes siguiente a las 10 a.m. para presentar una respuesta. Busque el día en que se notificó a cada demandado en un calendario, cuente 20 días más, luego acuda al siguiente lunes.

    También puede usar la Calculadora de plazos de respuesta de los tribunales de Texas para determinar el plazo de respuesta.

Captura de pantalla de la calculadora de plazos de TexasLawHelp
  • Cada demandado debe tener hasta esta fecha para presentar una respuesta. Si ninguno de los demandados presenta una respuesta para esa fecha (y se han cumplido todos los demás requisitos) usted puede terminar su caso por rebeldía sin los demandados.

    Nota: Cualquier demandada puede presentar una respuesta hasta el momento en que termine su caso, incluso si ya ha pasado el período de espera de 20+ días.

  • Período de espera de +10 días

    El alguacil, oficial o notificador privado debe haber completado un formulario de constancia de diligenciamiento que indique cuándo se notificó a cada demandado.

    El formulario de constancia de diligenciamiento se debe presentar ante el tribunal al menos 10 días para cada demandado antes de que pueda terminar su caso.

    Importante: Cuando cuente el periodo de espera de 10 días, no cuente el día en que se presenta la constancia de diligenciamiento ante el tribunal y no cuente el día que acude a la corte para finalizar su caso.

Llame a la oficina del secretario para preguntar si alguno de los demandados presentó una respuesta ante el tribunal.

¿Qué es un incumplimiento?

A El incumplimiento ocurre cuando:

  1. Hizo que cada parte demandada fuera debidamente notificada con los documentos judiciales iniciales, y
  2. Ninguno de los demandados presentó una respuesta ante el tribunal.

Si se notificó a todos los demandados y ninguno presentó una respuesta, usted puede terminar su caso sin ellos, lo que se llama terminar el caso por rebeldía.

¿Qué sucede si un demandado presentó una respuesta?

  • Si alguna demandada presentó una respuesta y no testamento firmar la orden para el cambio de nombre de un menor completada, su caso es contencioso y no puede terminar por rebeldía.
  • Ir al paso 8
Los casos contenciosos son más complicados. Lo mejor es tener un abogado.

¿Qué sucede si la parte demandada que presentó una respuesta está de acuerdo?

  • Si una persona demandada presentó una respuesta, pero ahora está dispuesta a firmar la orden completada: Puede finalizar su caso si llega a un acuerdo con esa persona demandada.
  • Use las instrucciones en Instrucciones y formularios para el cambio de nombre de un menor: los curadores, padres o tutores legales que no son los padres acuerdan presentar juntos la petición (Conjunto E).
  • Para cualquier otro demandado que fue notificado pero no presentó una respuesta, aún puede terminar el caso por rebeldía, siguiendo las siguientes instrucciones.

¿Cuándo se puede terminar por defecto?

  • Puede terminar su caso por rebeldía para cada demandado que no presentó una respuesta solo si se cumplen todas las siguientes condiciones:

    ✅ La parte demandada fue notificada por un alguacil, oficial o notificador privado.

    ✅ A El formulario de constancia de diligenciamiento (que muestra cuándo y dónde se notificó a la parte demandada) ha estado archivado durante al menos 10 días (sin contar el día en que se presentó o el día en que acude a la corte).

    ✅ El período de espera de 20 días para que la parte demandada presente una respuesta ya pasó.

    ✅ La parte demandada no ha presentado una respuesta, y no la presenta antes de que termine su caso. (Los demandados aún pueden presentar una respuesta en cualquier momento antes de que finalice su caso, incluso después de 20 días).

    ✅ Cualquier otra persona demandada que haya presentado una respuesta ha firmado su orden propuesta, lo que demuestra que está de acuerdo con el cambio de nombre.

Formularios adicionales que necesita para cada demandado incumplido

  • Llame a la oficina del secretario para averiguar dónde y cuándo el tribunal atiende los casos contenciosos de cambio de nombre.

  • Vuelva a llamar a la oficina del secretario el día antes de ir a la corte para asegurarse de que ninguno de los demandados haya presentado una respuesta.

    Si uno de los demandados presentó una respuesta, usted no puede terminar su caso por rebeldía. Ir al paso 8.
  • Debe dar su testimonio al juez cuando vaya al tribunal para terminar el caso.

    Esto a veces se denomina testimonio de prueba. Usted tendrá que testificar sobre cada uno de los puntos de su formulario de petición.

    Recuerde, todo lo que dice en la corte debe ser cierto y correcto. Se lo puede acusar de un delito si miente en la corte.

  • Lea Consejos para la sala del tribunal para obtener más información sobre cómo acudir a la corte.

Lleve estos documentos a la corte el día que tiene planeado terminar su caso:

  • Una copia sellada de su petición de cambio de nombre de un menor.
  • Una copia sellada del formulario de constancia de diligenciamiento que muestre cuándo y dónde se notificó a cada demandado.
  • Una copia sellada del consentimiento del menor para el cambio de nombre (si corresponde).
  • La orden propuesta de cambio de nombre de un menor completa y firmada por usted.
  • Un formulario completo del certificado de última dirección conocida de cada uno de los demandados que no presentaron una respuesta y una copia.
  • Una declaración de estado militar completa (o declaración jurada de estado militar) de cada demandado que no haya presentado una respuesta y una copia.
  • Si se notificó a uno de los demandados por publicación, una declaración de pruebas completa para ese demandado y el abogado que usted contrató para que actúe como abogado para el juicio del demandado.

Cuando llegue a la corte, vaya a la oficina del secretario.

  • Solicite al secretario que verifique una vez más si alguno de los demandados presentó ahora una respuesta. Si uno de los demandados presentó una respuesta, usted no podrá terminar su caso por rebeldía. Ir al paso 8.
  • Informe al secretario que está allí y entréguele la documentación.
  • Presente el certificado de última dirección y la declaración de estado militar (o declaración jurada de estado militar) de cada demandado que no presentó una respuesta.
  • Solicite al secretario que selle cada copia de los formularios. Lleve una copia sellada de cada formulario a la corte.

Vaya a la sala del tribunal y espere a que el juez llame su caso.

  • Cuando el juez llame su caso, diríjase hacia el frente de la sala del tribunal y párese frente al estrado del juez.
  • El juez le pedirá que levante su mano derecha y jure decir la verdad.
  • Dígale al juez que solicita al tribunal el cambio de nombre de un menor. Esté preparado para decirle de forma breve al juez por qué cree que el cambio de nombre es lo mejor para el menor.
  • El juez escuchará lo que tenga que decir y revisará sus formularios. Si todo está en orden y el juez está de acuerdo en que cambiar el nombre del menor sería lo mejor para el menor, el juez firmará su orden de testamento para el cambio de nombre de un menor. Para finalizar su caso por rebeldía, vaya al paso 9.

Para terminar un caso contencioso , debe establecer una audiencia final contenciosa. Debe avisar al demandado que presentó una respuesta sobre la audiencia final con al menos 45 días de antelación. Siga los siguientes pasos para una audiencia contenciosa si su caso es contencioso:

  1. Paso 1: imprima un formulario de aviso de audiencia final: Notificación de audiencia final (cualquier caso de familia)

  2. Paso 2: infórmese cuando el juez programe las audiencias finales contenciosas. Llame a la oficina del secretario para saber en qué días y horarios el juez de su condado programa las audiencias finales contenciosas. Le testamento conocer sus opciones antes de seguir este paso: "Termine su caso contencioso".

  3. Paso 3: Hable con la otra parte (si es posible). En la mayoría de los condados, debe hacer un esfuerzo razonable para hablar con la otra parte y acordar una fecha de audiencia final. Si la otra parte tiene un abogado, hable con él.

    Es aceptable si la otra parte no está de acuerdo con la fecha de la audiencia. Solo tiene que hacer un esfuerzo razonable. Tome notas sobre sus esfuerzos en caso de que el juez o el secretario lo necesiten para probar que lo intentó.

    ¡Importante! Si le preocupa su seguridad, llame a la línea de asuntos legales contra la violencia familiar al 800-374-4673 o a la línea para víctimas de delitos al 844 303-7233 para recibir consejo gratuito antes de hablar con la otra parte.

    ¡ADVERTENCIA! Si un juez ha firmado una orden de protección que le ordena que no se comunique con la otra parte, no viole esa orden. Hable con un abogado acerca de sus opciones.

  4. Paso 4: programe la audiencia final.

    Llame a la oficina del secretario. Dígale al secretario que desea establecer su caso para una audiencia final contenciosa. Solicite una fecha de audiencia con al menos 60 días de antelación. (Recuerde, la otra parte debe recibir una copia de su formulario de aviso de audiencia final al menos 45 días antes de la fecha de la audiencia final). Esté preparado para decirle al secretario cuánto tiempo cree que tomará la audiencia tanto para usted como para la otra parte. Hable con un abogado sobre cuánto tiempo estimar para su audiencia. El juez generalmente lo limitará a su tiempo estimado.

    El secretario le dará una fecha y hora para la audiencia.

  5. Paso 5: complete el formulario de aviso de audiencia final . Complete todo el formulario con tinta azul o negra y fírmelo. Recuerde:

    1. Escriba la fecha y hora de la audiencia.
    2. Escriba la dirección física completa del tribunal donde se llevará a cabo la audiencia.
    3. Escriba cuánto tiempo estima que tomará la audiencia tanto para usted como para la otra parte.
    4. Complete y firme el certificado de servicio, y
    5. Firme el certificado de conferencia si hizo un "esfuerzo razonable" para hablar con la otra parte sobre la fecha de la audiencia.
    6. Nota: En el aviso de audiencia final se solicita su dirección. La otra parte recibirá una copia de este formulario. Si le preocupa que la otra parte sepa su dirección, llame a la línea de asuntos legales sobre violencia familiar al 800-374-4673 para recibir asesoramiento gratuito.

  6. Paso 6: Haga copias del formulario de aviso de audiencia final . Haga una copia de su formulario de aviso de audiencia final completo para cada persona nombrada como parte en su caso, incluido usted mismo.

  7. Paso 7: Presente el formulario de aviso de audiencia final .

    Presente (entregue) su formulario de aviso de audiencia final completo (y copias) en la oficina del secretario.

    El secretario "archivará y sellará" sus formularios con la fecha y la hora y le devolverá las copias.

    Dígale al secretario si quiere que un alguacil, un agente o un notificador privado entregue el aviso de audiencia final a la otra parte.

    Sugerencia: Pregúntele al secretario si existen normas locales o procedimientos que se apliquen a su caso. Por ejemplo, es posible que deba presentar formularios previos al juicio o asistir a una mediación antes de poder terminar su caso. Cada condado tiene reglas diferentes.

  8. Paso 8: envíe una copia sellada del aviso de audiencia final a la otra parte. Debe enviar una copia sellada del archivo del aviso de audiencia final a cada persona (o agencia) nombrada como parte en su caso. Si la otra parte tiene un abogado, envíeselo a él. Envíe la notificación de audiencia final mediante:

    Alguacil, oficial o notificador privado. (Esto es mejor si la otra parte no tiene un abogado). Si hizo los arreglos para que un alguacil, oficial o notificador privado entregue el aviso de audiencia final, el oficial completará y firmará un formulario de constancia de diligenciamiento. Haga una copia del formulario de constancia de diligenciamiento y presente el original en la oficina del secretario. Pídale al secretario que "selle y archive" su copia. Esta es su prueba.

    Correo certificado, con acuse de recibo y correo ordinario. Si envió el aviso de audiencia final por correo certificado, con acuse de recibo, conserve el recibo blanco como prueba de que lo envió por correo. Guarde la tarjeta verde de acuse de recibo como prueba de que la otra parte la recibió. La tarjeta verde debe estar firmada por la otra parte. El recibo blanco y la tarjeta verde son su prueba.

    Fax. Si envió el aviso de audiencia final por fax, la página de confirmación del fax es su prueba;

    Correo electrónico. Si envió el aviso de audiencia final por correo electrónico, imprímalo junto con cualquier otro correo electrónico que haya recibido como respuesta de la otra parte. Los correos electrónicos son su prueba.

    Servicio de entrega comercial (como FedEx o UPS). Si envió la notificación de audiencia final mediante entrega comercial (como FedEx o UPS), el recibo firmado por el servicio de entrega comercial es su prueba.

  9. Paso 9: prepárese para el tribunal.

    Hable con un abogado para saber cómo prepararse para su audiencia contenciosa. Debe dar su testimonio al juez cuando vaya al tribunal para terminar el caso. Usted tendrá que testificar sobre cada uno de los puntos de su formulario de petición. Recuerde, todo lo que dice en la corte debe ser cierto y correcto. Se lo puede acusar de un delito si miente en la corte.

    Lea Consejos para la sala del tribunal para obtener más información sobre cómo acudir a la corte.

    Cada audiencia es diferente. Recuerde: Siempre es mejor tener un abogado si su caso es contencioso.

Luego de que el juez firme la orden de cambio de nombre de un menor, vuelva a la oficina del secretario.

Presente (entregue) la orden de cambio de nombre de un menor firmada por el juez. Su caso no es definitivo hasta que lo haga.

Mientras esté allí, obtenga del secretario al menos cinco copias certificadas del formulario de la orden de cambio de nombre de un menor firmadas por el juez. El secretario le cobrará una tarifa por las copias certificadas.

Necesitará copias certificadas de la orden para cambiar el testamento del menor en su (1) tarjeta de seguridad social, (2) certificado de nacimiento, (3) pasaporte, (4) registros escolares, etc. Cada organismo testamento solicitar una copia certificada de la orden. También necesitará una copia certificada de la orden para sus registros.

Usted es responsable de notificar a los organismos correspondientes del nuevo nombre del menor. Lleve una copia certificada de la Orden de cambio de nombre de un menor a las siguientes agencias:

Cada organismo necesitará una copia certificada de la orden. También necesitará una copia certificada de la orden para sus registros.

Formularios requeridos

Advertencia: La información y los formularios de esta guía no reemplazan el asesoramiento y el consejo de un abogado. Un abogado está capacitado para proteger sus derechos legales. Aunque decida representarse a sí mismo, intente hablar con un abogado sobre su caso antes de presentar cualquier documento. Visite el Directorio de ayuda legal para encontrar un abogado. Lea también cómo trabajar con un abogado privado.

Estas instrucciones explican los pasos para cambiar el nombre de un menor si usted y los otros padres o madre, curadores o tutores legales del menor acuerdan presentar juntos la solicitud de cambio de nombre. Cada paso incluye un enlace al formulario o los documentos necesarios para ese paso.

  • Use estas instrucciones si: Los niños tienen un padre o padres vivos (cuyos derechos parentales no se han terminado), curadores designados por la corte o tutores legales que están de testamento con el cambio de nombre y firmarán los formularios legales necesarios.
  • No utilice estas instrucciones si: Las partes no están de acuerdo con el cambio de nombre del menor.

Pasos de la lista de verificación

Complete estos formularios:

  • Petición para el cambio de nombre de un menor (Grupo E). Con este formulario se le solicita al juez que cambie el nombre de su hijo. Usted, los padres del niño y cualquiera deben firmar este formulario en virtud de sanción de perjurio. Esto significa que mentir en este formulario es un delito.
    • Usted es el "demandante". El otro padre del niño es el "codemandante".
    • Escriba sus respuestas con tinta azul o negra. No deje espacios en blanco.
  • Orden para cambiar el nombre de un menor (Grupo E). Le solicitará al juez que firme este formulario para cambiar el nombre del menor. Debe completarlo antes de ir al tribunal. Complete todos los espacios en blanco excepto los siguientes:
    • fecha de la sentencia,
    • La firma del juez.
    • Nombre del juez.
    • Este formulario también debe estar firmado por usted y los otros demandantes.

Otras formas:

Haga una copia de cada uno de los siguientes:

  • Su petición completa para cambiar el nombre de un menor (firmada por usted, los otros padres, curadores y tutores legales).
  • Su declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales (si no puede pagar los honorarios de presentación), y
  • El consentimiento completo del menor para el cambio de nombre (si su hijo tiene 10 años o más).

No necesita copias del formulario de la hoja informativa de casos civiles si los presenta en persona.

Presente (entregue) su petición completa y otros formularios iniciales adicionales al secretario del tribunal de distrito (o al secretario del tribunal del condado, según el condado específico) en el condado donde vive el menor.

Nota: Consulte con el secretario del tribunal del condado donde vive el menor para saber en qué corte del condado se presentan casos de cambio de nombre. Según el condado, los casos de cambio de nombre se presentan en el tribunal de distrito o en el tribunal de condado.

En la oficina del secretario:

  1. Entregue sus formularios judiciales completos (y copias), excepto el formulario de la orden para cambiar el nombre de un menor. No entregue el formulario de la orden todavía. Usted le presentará el formulario de la orden al juez cuando vaya a la corte.
  2. Pague los honorarios de presentación o presente la declaración completa de imposibilidad de pago de costos judiciales si no puede pagar los honorarios.
  3. El secretario judicial escribirá su "número de causa" y "número de tribunal" en la parte superior de la primera página de su petición para cambiar el nombre de un menor y otros formularios. (Escriba estos números en la parte superior de su formulario de orden para cambiar el nombre de un menor).
  4. El secretario “sellará” sus copias con la fecha y la hora. El secretario judicial se quedará con los originales y le devolverá sus copias.
  5. Pregúntele al secretario si:
    • Existen reglas o procedimientos locales que debe conocer para su caso.
    • Cuándo puede presentarle al juez su propuesta de la orden para cambiar el nombre de un menor. Es posible que pueda presentarle la orden al juez ese mismo día. O quizás tenga que volver otro día.
  1. Acuda a la corte para finalizar su caso. Lea Consejos para la sala del tribunal para obtener más información sobre cómo acudir a la corte.
  2. Cuando llegue a la sala del tribunal, informe al secretario del juez que está allí y entréguele los siguientes documentos:
    • Su orden propuesta completa para el cambio de nombre de un menor (firmada por usted, los otros padres, curadores y tutores legales).
    • La copia sellada de su petición para el cambio de nombre de un menor.
    • La copia sellada de consentimiento del menor para el cambio de nombre (si corresponde).
  3. Siéntese hasta que el juez llame su caso.
  4. Cuando el juez llame su caso, diríjase hacia el frente de la sala del tribunal y párese frente al estrado del juez.
    • El juez le pedirá que levante la mano derecha y jure que dirá la verdad.
    • Informe al juez que usted y el otro padre del niño solicitan el cambio de nombre de un menor.
    • Esté preparado para decirle de forma breve al juez por qué cree que el cambio de nombre es lo mejor para su hijo.
  5. El juez escuchará lo que tenga que decir y revisará sus formularios.
  6. Si todo está en orden y el juez está de acuerdo con que el cambio de nombre de su hijo es lo mejor para el niño, el juez firmará la Orden para cambiar el nombre de un menor.

Una vez que el juez firme su Orden para cambiar el nombre de un menor, debe volver a la oficina del secretario.

  1. Presente (entregue) la orden firmada para el cambio de nombre de un menor. Su caso no será definitivo hasta que lo haga.
  2. Presente el formulario de información sobre la demanda que afecta la relación familiar completado.
  3. Obtenga del secretario varias copias certificadas, al menos cinco, de la orden. Deberá pagar una pequeña tarifa por cada copia certificada.

    Es testamento necesita copias certificadas de la orden para cambiar el nombre del menor en su tarjeta de seguridad social, certificado de nacimiento, pasaporte, registros escolares, etc.

    Cada organismo testamento querer conservar una copia certificada de la orden. También necesitará una copia certificada de la orden para sus registros.

Usted es responsable de notificar a los organismos correspondientes del nuevo nombre del menor. Lleve una copia certificada de la Orden de cambio de nombre de un menor a las siguientes agencias:

Cada organismo necesitará una copia certificada de la orden. También necesitará una copia certificada de la orden para sus registros.

Formularios requeridos

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