Cómo hacer la entrega legal de los documentos judiciales iniciales: derecho de familia (Guía)
Familia, divorcio e hijos
Descripción general
Descripción general de la guía
Advertencia: La información y los formularios de esta guía no reemplazan el asesoramiento y el consejo de un abogado.
Esta guía le indica cómo entregar los documentos judiciales iniciales en un asunto de derecho de familia.
Preguntas frecuentes sobre el divorcio
Sí. Cada persona nombrada como demandada en su petición (el formulario que presenta para iniciar su caso) debe ser entregado con los documentos judiciales iniciales.
Excepción: no es necesario entregar al demandado los documentos iniciales de la corte si completa y firma de manera voluntaria lo siguiente:
-
Un formulario de la respuesta original del demandado.
-
Un formulario de renuncia al derecho de recibir notificación legal (renuncia específica). (Este formulario se debe firmar ante un notario).
Cada parte demandada debe ser notificada de los documentos judiciales iniciales, que incluyen:
- La citación (obtenga este formulario en la oficina del secretario cuando presente su caso).
- una copia de la petición (el formulario que presenta para iniciar el caso); y
- una copia de cualquier otro formulario que presente con la petición.
No. Usted debe arreglar para que un oficial, alguacil o notificador privado notifique los documentos judiciales iniciales. Es posible que tenga que pedirle al secretario del distrito que emita la citación para que usted se la pueda dar al oficial, alguacil o notificador privado.
Puede hacer que un alguacil, sheriff, notificador privado o el secretario judicial notifiquen a la parte demandada utilizando uno de estos métodos.
-
Notificación personal.
-
Notificación por correo certificado con acuse de recibo.
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Notificación sustitutiva por orden judicial.
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Notificación por redes sociales.
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Notificación por publicación (sin hijos).
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Servicio por publicación (con niños).
Notificar al demandado puede ser complicado. Si tiene alguna duda, consulte con un abogado.
Este método es el mejor
El agente de policía, alguacil o notificador privado:
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Entregará los documentos judiciales iniciales a la parte demandada en persona.
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Completará un formulario de constancia de diligenciamiento que indique fecha y lugar en que se notificó a la parte demandada.
-
presenta la constancia de diligenciamiento completa ante la corte o se la envía a usted para que la presente ante la corte. (La constancia de diligenciamiento prueba que la parte demandada fue notificada).
La parte demandada no está obligada a firmar nada.
El secretario (u oficial):
-
Enviará por correo registrado o certificado los documentos judiciales iniciales a la parte demandada, con acuse de recibo.
-
Si la parte demandada firma el acuse de recibo (o "tarjeta verde") y se lo devuelve al secretario, el secretario (u oficial) completará el formulario de constancia de diligenciamiento que indica cuándo y dónde fue notificada la parte demandada.
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presentará la constancia de diligenciamiento completa ante la corte o se la enviará a usted para que la presente.
Puede pedirle permiso al juez para notificar a su cónyuge de otra forma si el oficial, alguacil o notificador privado:
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Han intentado notificar a su cónyuge en persona o por correo certificado sin éxito.
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Puede confirmar que su cónyuge vive, trabaja o puede ser encontrado en el lugar donde se intentó realizar la notificación.
Debe presentar una moción de notificación sustitutiva y una declaración jurada de la Regla 106(b) del alguacil, oficial o notificador privado. Si el juez está seguro de que su cónyuge puede estar en el lugar donde se intentó notificar, el juez puede firmar una orden de notificación sustituta que autoriza al oficial, alguacil o notificador privado a:
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dejar una copia de los documentos iniciales de divorcio a cualquier persona mayor de 16 en el lugar especificado en la declaración jurada o
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autorizar la notificación por otra vía que sea razonablemente efectiva para notificar a su cónyuge del divorcio.
Es posible atender a alguien a través de las redes sociales. Consulte Notificación por redes sociales para obtener más información sobre este método de notificación.
La notificación sustituida por las redes sociales está autorizada por el artículo 17.033 del Código de Prácticas y Recursos Civiles de Texas.
Consulte en su tribunal. Consulte el sitio web del tribunal para conocer cuáles son las reglas y procedimientos locales. Consulte este tema con un abogado que ejerza la profesión en su jurisdicción.
Si el servicio en persona no ha dado resultado, pregunte al juez si puede notificar a alguien mediante un método alternativo. A esto se lo llama servicio alternativo. Si usted puede demostrar al juez que el método alternativo que ha propuesto notificará a la otra parte de manera exitosa, es posible que el juez lo permita. El Colegio de Abogados puede demostrar que las redes sociales son el mejor método alternativo debido a las cuestiones de privacidad y al hecho de que puede garantizar que la persona a quien está destinada la notificación realmente la reciba.
Las redes sociales también pueden ser útiles para acumular evidencias de que usted sabe dónde se encuentra la otra parte. Si puede verificar que la cuenta de las redes sociales es la cuenta de la otra parte, el juez puede utilizar la evidencia que usted tiene para permitir que la notificación se envíe a la ubicación que figura en las redes sociales.
Las nuevas reglas sobre las notificaciones por medio de las redes sociales entraron en vigor el 31 de diciembre de 2020.
Este método de notificación se utiliza si no puede encontrar al demandado (después de intentarlo por todos los medios), y no hay niños implicados. Lea Notificación por publicación (cuando no puede encontrar a su cónyuge en un divorcio sin hijos) para obtener más información.
Este método de notificación se utiliza si no puede encontrar al demandado (después de intentarlo por todos los medios), y hay niños implicados. Consulte más información en Servicio por publicación (cuando no encuentra al otro progenitor). La citación se realiza tanto por el periódico como por una página web de información pública del ámbito estatal.
Como regla general, solo los documentos de presentación inicial (citación, petición y cualquier otro documento que presente con la petición) deben ser notificados por un oficial, alguacil, notificador privado o secretario judicial. Usted mismo puede notificar el resto de los documentos.
Envíe a cada parte demandada una copia de cualquier documento que presente en el caso. Si la parte demandada tiene un abogado, envíe una copia al abogado en su lugar. Puede utilizar cualquiera de estos métodos de entrega:
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entrega en mano,
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Correo electrónico
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correo ordinario o correo certificado, con acuse de recibo,
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servicio de entrega comercial (por ejemplo FedEx),
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fax, o
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servicio electrónico a través de eFileTexas. (Nota: este método se exige si usted presenta la petición de forma electrónica (presentación electrónica), y el correo electrónico de la parte demandada o del abogado de la parte demandada está en el archivo del administrador de archivos electrónicos).
Excepción: Si usted presenta una petición modificada y la parte demandada no presentó una respuesta, usted debe hacer lo siguiente:
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Pedir al secretario que vuelva a entregar la citación y adjunte una copia de su petición modificada.
-
Pedir que la parte demandada sea notificada por un alguacil, oficial o notificador privado (con la nueva citación y la petición modificada).
Instrucciones y formularios
Instrucciones y formularios
Pasos de la lista de verificación
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Un formulario de la respuesta original del demandado.
-
Un formulario de renuncia al derecho de recibir notificación legal (renuncia específica). (Este formulario se debe firmar ante un notario).
Puede obviar el resto de los pasos si cada parte demandada completó y firmó de manera voluntaria una respuesta o renuncia a la notificación.
Cada parte demandada debe ser notificada de los documentos judiciales iniciales, que incluyen:
-
La citación (obtenga este formulario en la oficina del secretario cuando presente su caso).
-
Una copia de la petición (el formulario que presenta para iniciar el caso).
-
una copia de cualquier otro formulario que presente con la petición.
Seleccione el método de notificación que mejor se aplique a su caso.
Puede hacer que un alguacil, sheriff, notificador privado o el secretario judicial notifiquen a la parte demandada utilizando uno de estos métodos.
-
Notificación personal.
-
Notificación por correo certificado con acuse de recibo.
-
Notificación sustitutiva por orden judicial.
-
Notificación por redes sociales.
-
Notificación por publicación (sin hijos).
-
Servicio por publicación (con niños).
Notificar al demandado puede ser complicado. Si tiene alguna duda, consulte con un abogado.
Notificación personal (Este método es el mejor).
El agente de policía, alguacil o notificador privado:
-
Entregará los documentos judiciales iniciales a la parte demandada en persona.
-
Completará un formulario de constancia de diligenciamiento que indique fecha y lugar en que se notificó a la parte demandada.
-
presenta la constancia de diligenciamiento completa ante la corte o se la envía a usted para que la presente ante la corte. (La constancia de diligenciamiento prueba que la parte demandada fue notificada).
La parte demandada no está obligada a firmar nada.
Vea las Reglas de Procedimiento Civil de Texas 106(a)(1).
Continúe con el siguiente paso si este método de notificación no se ajusta a sus circunstancias.
Notificación por correo certificado o registrado con acuse de recibo.
El secretario (u oficial):
-
Enviará por correo registrado o certificado los documentos judiciales iniciales a la parte demandada, con acuse de recibo.
-
Si la parte demandada firma el acuse de recibo (o "tarjeta verde") y se lo devuelve al secretario, el secretario (o alguacil) completará un formulario de constancia de diligenciamiento que diga cuándo y dónde fue notificado el demandado.
-
presentará la constancia de diligenciamiento completa ante la corte o se la enviará a usted para que la presente.
Vea las Reglas de Procedimiento Civil de Texas 106(a)(2).
¡Atención! Solamente debería utilizar la notificación por correo registrado o certificado si sabe que la parte demandada firmará la carta certificada. Si alguien más firma la carta o la parte demandada no firma su nombre exactamente como está escrito en la petición, usted deberá abonar otro arancel y notificar a la parte demandada de otra forma.
Continúe con el siguiente paso si este método de notificación no se ajusta a sus circunstancias.
Notificación sustitutiva por orden judicial
Puede pedirle permiso al juez para notificar a su cónyuge de otra forma si el oficial, alguacil o notificador privado:
-
Han intentado notificar a su cónyuge en persona o por correo certificado sin éxito.
-
Puede confirmar que su cónyuge vive, trabaja o puede ser encontrado en el lugar donde se intentó realizar la notificación.
Debe presentar una moción de notificación sustitutiva y una declaración jurada de la Regla 106(b) del alguacil, oficial o notificador privado. Si el juez está seguro de que su cónyuge puede estar en el lugar donde se intentó notificar, el juez puede firmar una orden de notificación sustituta que autoriza al oficial, alguacil o notificador privado a:
-
Dejar una copia de los documentos iniciales de divorcio a cualquier persona mayor de 16 en el lugar especificado en la declaración jurada.
-
autorizar la notificación por otra vía que sea razonablemente efectiva para notificar a su cónyuge del divorcio.
Vea las Reglas de Procedimiento Civil de Texas 106(b).
Si el tribunal autoriza la notificación sustitutiva, comuníquese con la oficina del secretario del distrito para asegurarse de que sepan que la citación debe volver a emitirse y que es necesario que un oficial o notificador notifique a la parte demandada de esta manera. La oficina del secretario debe tener formularios para solicitar la notificación.
Continúe con el siguiente paso si este método de notificación no se ajusta a sus circunstancias.
Servicio por redes sociales
Es posible atender a alguien a través de las redes sociales. Lea Notificación por redes sociales para obtener más información sobre esta forma de notificación. Consulte el artículo 17.033 del Código de Prácticas y Recursos Civiles de Texas.
Continúe con el siguiente paso si este método de notificación no se ajusta a sus circunstancias.
Notificación por publicación (sin hijos)
Este método de notificación se utiliza si no puede encontrar a la parte demandada (después de intentarlo por todos los medios) y no hay niños implicados. Lea Notificación por publicación (cuando no puede encontrar a su cónyuge en un divorcio sin hijos) para obtener más información.
Continúe con el siguiente paso si este método de notificación no se ajusta a sus circunstancias.
Servicio por publicación (con niños).
Este método de notificación se utiliza si no puede encontrar a la parte demandada (después de intentarlo por todos los medios) y hay niños implicados. Consulte más información en Servicio por publicación (cuando no encuentra al otro progenitor). La citación se realiza tanto por el periódico como por una página web de información pública del ámbito estatal.
Formularios requeridos
-
Renuncia de notificación únicamente (renuncia específica) [Grupo A o D de divorcio]
FM-DivAD-103
Utilícelo si usted es el demandado en un divorcio y decide renunciar a la notificación legal que de otro modo se exigiría. Léala con atención. -
Renuncia de notificación únicamente (renuncia específica) [Grupo B de divorcio]
FM-DivB-103
Utilícelo si usted es el demandado en un divorcio y decide renunciar a la notificación legal que de otro modo se exigiría. Léala con atención. -
Renuncia de notificación únicamente (renuncia específica) [Conjunto C de divorcio]
FM-DivC-103
Utilícelo si usted es el demandado en un divorcio y decide renunciar a la notificación legal que de otro modo se exigiría. Léala con atención. -
Renuncia al derecho de recibir notificación legal exclusivamente (renuncia específica) [Modificación]
FM-Mod1-103
Utilícelo para renunciar voluntariamente al servicio de alguacil cuando se lo demande por la modificación de una orden de custodia o manutención de Texas. -
Renuncia al derecho de recibir notificación legal exclusivamente (renuncia específica) [Cambio de nombre de un menor]
FM-NCC2-103
Para que la parte demandada renuncie a los requisitos de notificación en un caso de cambio de nombre de un menor. -
Renuncia de notificación del demandado únicamente (renuncia específica) [Paternidad errónea]
FM-Pat2-103
Una persona demandada en un caso de paternidad errónea puede presentar este formulario si desea renunciar a la notificación. -
Renuncia de notificación del demandado únicamente (renuncia específica) [Paternidad]
FM-Pat1-103
Una persona demandada en un caso de paternidad puede presentar este formulario si desea renunciar a la notificación. -
Renuncia de notificación únicamente (renuncia específica) [SAPCR]
FM-SAPCR-103
Utilícelo para renunciar a su derecho a ser notificado en un caso de SAPCR. -
Renuncia de notificación del demandado únicamente [Demanda de impugnación de reconocimiento o negación de paternidad]
FM-Pat3-103
Una persona demandada en un caso para impugnar el reconocimiento o la negación de paternidad puede presentar este formulario si desea renunciar a su derecho de recibir la notificación legal. -
Respuesta original del demandado [Grupo A o D de divorcio]
FM-DivAD-102
Si lo demandan por divorcio, utilícela para responder y participar en el divorcio. -
Respuesta original del demandado [Grupo B de divorcio]
FM-DivB-102
Utilice este formulario para responder a una petición de divorcio con hijos menores de edad. -
Respuesta original del demandado [Conjunto C de divorcio]
FM-DivC-102
Si lo demandan por divorcio, utilice esta información para responder y participar en la demanda. La orden de custodia de los hijos por separado debe estar completa. -
Respuesta original del demandado [Modificación]
FM-Mod1-102
Formulario de respuesta utilizado para la respuesta original a una demanda que busca cambiar una orden de custodia, régimen de visitas o manutención de Texas. -
Respuesta original del demandado [Paternidad errónea]
FM-Pat2-102
Una persona demandada en un caso de paternidad errónea puede presentar este formulario como respuesta. -
Respuesta original del demandado [SAPCR]
FM-SAPCR-102
Si fue notificado con una SAPCR, utilice este formulario para responder y participar en el caso. -
Moción de notificación sustitutiva
CB-MSS-100
Este es el formulario para la moción de notificación sustitutiva. Se debe utilizar con el artículo: Cómo hacer la entrega legal de los documentos judiciales iniciales (derecho de familia) -
Orden para notificación sustitutiva
CB-MSS-101
Este es el formulario para la Orden de notificación sustitutiva
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