Cómo notificar los documentos iniciales del divorcio
Procedimientos de la corte (Procedimiento civil)
Entregar a su cónyuge los papeles iniciales del divorcio es uno de los pasos más importantes del proceso. No podrá finalizar su divorcio si no hace todo lo posible por notificar a su cónyuge, a menos que este firme voluntariamente una renuncia a la notificación o respuesta. Infórmese sobre el procedimiento para notificar a su cónyuge con los papeles iniciales del divorcio y qué hacer si no puede encontrar a su cónyuge.
Se incluyen los formularios tratados en este artículo.
¿Mi cónyuge tiene que ser notificado con la documentación inicial de divorcio?
Sí. Si presenta una demanda de divorcio, su cónyuge debe ser notificado con los papeles iniciales del divorcio.
Excepción: no es necesario notificar a su cónyuge con los papeles iniciales del divorcio si rellena y firma voluntariamente:
- Un formulario de respuesta original de la parte demandada.
- Un formulario de renuncia al derecho de recibir notificación legal (este formulario debe firmarse ante notario).
Si su cónyuge completa y firma voluntariamente una respuesta o renuncia de servicio, el resto del artículo no aplica a su caso.
¿Qué documentación debo entregar?
Su cónyuge debe ser notificado con los documentos iniciales del divorcio, que incluyen:
- La citación (obtenga este formulario en la oficina del secretario cuando presente su caso);
- Una copia de la demanda original de divorcio; y
- Una copia de cualquier otro formulario que haya completado junto con su demanda original de divorcio.
¿Puedo ser el notificador?
No. Usted debe hacer que un agente de policía, alguacil o notificador privado entregue los papeles iniciales del divorcio. O bien, puede solicitar al secretario judicial que gestione la notificación de dichos papeles.
¿Cómo puedo notificar a mi cónyuge?
Puede hacer que un agente de la policía, un alguacil, un notificador privado o el secretario del tribunal entreguen a su cónyuge los papeles iniciales del divorcio utilizando uno de estos métodos.
- Atención personal (este método es el mejor). El alguacil, oficial o notificador privado: entregará los documentos iniciales de divorcio a su cónyuge en persona; completará un formulario de constancia de diligenciamiento que dice cuándo y dónde fue notificado su cónyuge; y presentará la devolución de notificación completada ante el tribunal o se la enviará a usted para que la presente ante el tribunal. (La constancia de diligenciamiento es la prueba de que su cónyuge fue notificado). Su cónyuge no tendrá que firmar nada. Consulte las Reglas de Procedimiento Civil de Texas 106(a)(1).
- Notificación por correo certificado o registrado, con acuse de recibo. El secretario (o alguacil) enviará los papeles iniciales del divorcio a su cónyuge por correo certificado con acuse de recibo. Si su cónyuge firma y devuelve el acuse de recibo (o "tarjeta verde") al secretario judicial, el secretario judicial (o alguacil) completará un formulario de constancia de diligenciamiento que indique cuándo y dónde fue notificado su cónyuge y archivará la devolución de notificación completada en el tribunal o se la enviará a usted para que la presente. Consulte las Reglas de Procedimiento Civil de Texas 106(a)(2).
¡Atención! Solo debe utilizar el servicio por correo registrado o certificado si sabe que su cónyuge firmará la carta certificada. Si otra persona firma la carta o su cónyuge no firma su nombre exactamente como está escrito en su demanda original de divorcio, usted tendrá que pagar otros honorarios y hacer que su cónyuge sea notificado de otra manera. - Notificación sustitutiva por orden judicial. Usted puede solicitar al juez permiso para notificar a su cónyuge de otra manera si el agente de policía, el alguacil o el notificador privado han intentado notificar a su cónyuge en persona o por correo certificado sin éxito; y puede confirmar que su cónyuge vive, trabaja o puede ser encontrado en el lugar donde se intentó la notificación.
Debe presentar una moción de notificación sustitutiva y una declaración jurada de la Regla 106(b) del alguacil, oficial o notificador privado. Si el juez está seguro de que su cónyuge puede ser encontrado en el lugar donde se intentó notificar, el juez puede firmar una orden de notificación sustitutiva que autorice al alguacil, oficial o notificador privado a dejar una copia de los documentos iniciales del divorcio a cualquier persona mayor de 16 en el lugar especificado en la declaración jurada o autorizar la notificación de cualquier otra manera que sea razonablemente eficaz para notificar el divorcio a su cónyuge. Regla de Procedimiento Civil de Texas 106(b). - Notificación por publicación (solo si no tiene hijos). Este método de notificación se utiliza si no encuentra a su cónyuge (después de haberlo buscado mucho), y no hay niños de por medio. Más información en: Notificación por publicación (cuando no encuentra a su cónyuge en un divorcio sin hijos).
- Servicio por publicación (con hijos de por medio). Este método de notificación se utiliza si no encuentra a su cónyuge (después de haberlo buscado mucho) y hay niños de por medio. Consulte más información en Servicio por publicación (cuando no encuentra al otro progenitor).
Conseguir que su cónyuge sea notificado puede ser complicado. Si tiene alguna duda, consulte con un abogado.
¿Cómo hago la notificación del resto de documentos judiciales que presente?
Como regla general, solo los documentos iniciales del divorcio (citación, petición y cualquier otro papel que presente con la petición), demanda deben ser notificados por un alguacil, oficial, servidor de proceso privado o secretario de la corte. Usted mismo puede notificar el resto de los documentos.
Envíe a su cónyuge una copia de cualquier otro documento que presente en el caso. Si su cónyuge tiene abogado, envíe una copia al abogado. Puede utilizar cualquiera de estos métodos de entrega:
- entrega en mano,
- Correo electrónico
- Correo ordinario o correo certificado, con acuse de recibo,
- servicio de entrega comercial (por ejemplo FedEx),
- fax, o
- servicio electrónico a través de eFileTexas. (Nota: Este método es requerido si presenta electrónicamente (E-File) la petición y la dirección de correo electrónico de su cónyuge (o del abogado de su cónyuge) está archivada en eFileTexas).
Excepción: si presenta una petición enmendada de divorcio y su cónyuge no ha presentado una respuesta, debe hacer que su cónyuge sea notificado con la petición enmendada. Siga estos pasos:
- Pida al secretario que vuelva a entregar la citación y adjunte una copia de su petición modificada, y
- Pedir que la parte demandada sea notificada por un alguacil, oficial o notificador privado (con la nueva citación y la petición modificada).
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