Servicios de protección infantil: etapa de curatela
Servicios de protección infantil (CPS)
Aquí, aprenda qué esperar durante la fase de tutela de un caso que involucra a los Servicios de protección infantil. Entienda los plazos, los resultados posibles y los derechos de familia.
Un caso puede transferirse a la unidad de tutela después de la fase de investigación o fase FBSS. Si se transfiere el caso, se le asignará otro asistente social y supervisor de la unidad de tutelas del DFPS. La fase de tutela del proceso del DFPS indica que el DFPS tiene la tutela administrativa temporal de su hijo y puede tratar de terminar sus derechos parentales en el futuro.
Este artículo fue escrito por la Asistencia Legal del Noroeste de Texas y la línea de asistencia telefónica para familias en el Centro de Servicios Legales de Texas.
¿Qué es una tutela?
Tutela es el término legal de custodia. Para obtener una orden de tutela, una persona o el DFPS debe presentar una Demanda que afecta la relación padre-hijo (SAPCR). Si el DFPS solicita el traslado legal del menor, eso significa que le pedirán al tribunal que se nombre al DFPS como tutor administrativo temporal del menor. Generalmente, un tutor administrativo tiene el derecho para decidir dónde y con quién vivirá un menor.
Antes de que el DFPS pida al tribunal ser nombrado como tutor administrativo temporal del menor, el asistente social y el supervisor del DFPS deberían conversar sobre la necesidad legal de separar al menor con un abogado que represente al DFPS. Si el DFPS solicita la remoción legal formal de uno de los padres y un padre no puede pagar la contratación de un abogado, el padre puede tener derecho a representación legal designada por el tribunal. Lea El abogado de los padres: su derecho a representación legal en casos que involucran a los CPS y El derecho a un abogado en casos de derecho de familia.
La tutela administrativa temporal en el contexto del proceso de los CPS significa que el DFPS tendrá la custodia temporal de su hijo. El DFPS puede pedir ambos derechos, tomar decisiones sobre la salud y educación de su hijo. Para que usted vuelva a tener la custodia del menor, como requisito, el DFPS también pedirá que el tribunal le ordene completar un plan de servicio.
¿Por qué el DFPS le pide al tribunal que termine mis derechos parentales?
Cuando el DFPS pide que lo nombren tutor administrativo temporal de un menor, debe presentar también una petición. Una petición es un documento legal que empieza la demanda que afecta la relación padre-hijo. La petición puede incluir un texto en el que se solicite que se anulen los derechos de un padre sobre su hijo. Sin embargo, esto no significa que los derechos de un padre sobre su hijo se terminen automáticamente. Si un padre o madre no completa sus servicios y otros requisitos de las órdenes judiciales, es posible que los CPS le pidan al tribunal que dé por terminados los derechos legales del padre o la madre sobre su hijo en una audiencia o en un juicio final.
Nombramiento de un tutor ad litem o abogado ad litem
Durante la audiencia contenciosa de 14 días o antes de que se celebre, el tribunal nombrará a un tutor o abogado ad litem, o a ambos, para que representen al menor. El abogado ad litem y el tutor ad litem pueden ser la misma persona o pueden ser diferentes individuos. Un abogado ad litem representará los objetivos expresos del menor o lo que el menor dice que quiere. Un tutor as litem representará lo que él cree que es el interés superior del niño.
Si CASA, que significa Defensores Especiales Designados por el Tribunal, está disponible en su área, el juez puede asignar a CASA como tutor ad litem de su hijo. Si CASA no está disponible, el juez también puede nombrar tutor ad litem a un adulto competente con conocimientos, habilidades y capacitación relevantes. El nombramiento de CASA o de un tutor independiente ad litem está autorizado por las leyes de Texas.
El papel de CASA o un tutor independiente ad litem es presentar informes al juez sobre la salud, la seguridad, el bienestar y, lo más importante, lo que cree que es el interés superior del niño. El tutor ad litem tiene derecho a revisar todos y cada uno de los escritos iniciales, asistir a las audiencias y revisar la información sobre el menor que, de otro modo, sería confidencial, como el historial médico o de estudios. Además, el tutor ad litem puede encontrarse con el menor sin el consentimiento de los padres. No es necesario que CASA o el tutor ad litem independiente estén autorizados para ejercer la abogacía.
El abogado ad litem puede ser designado para representar al niño en procedimientos judiciales y garantizar la protección de los derechos del niño o en una doble capacidad como tutor y abogado ad litem. En una doble función, el abogado ad litem representa tanto el interés superior del niño como los objetivos expresados del niño ante el tribunal. A diferencia del nombramiento de un tutor ad litem independiente, la doble función de un abogado ad litem y tutor ad litem solo puede ser desempeñada por un abogado autorizado.
Ubicación del menor
El DFPS está obligado a ubicar a un menor con un familiar o amigo de la familia, si el menor puede ser entregado sin peligro a esa persona. Si el padre o la madre tiene un amigo o miembro de la familia que está dispuesto a actuar como familia de acogida y brindar una ubicación para el menor, el progenitor puede informar al tribunal en la audiencia inicial. Para aceptar que actúe como familia de acogida, por lo general, el DFPS exige que el miembro de la familia no tenga antecedentes penales ni de DFPS y que posea un estudio del hogar aprobado. Si un progenitor ofrece una opción de ubicación alternativa en una audiencia, el juez puede ordenar al DFPS que lleve a cabo un estudio del hogar para determinar si ese amigo o miembro de la familia que sugiere el progenitor es una opción apropiada para ser designada.
El padre o la madre puede sugerir amigos o miembros de la familia para que actúen como familia de acogida en cualquier momento luego de la audiencia inicial. Si el padre o la madre desea sugerir a un amigo o miembro de la familia como familia de acogida, puede ser provechoso notificar al DFPS y al tribunal cualquier propuesta lo antes posible en el caso.
DFPS debe tratar de notificar al padre dentro de las 24 horas posteriores a cualquier cambio en la ubicación del niño. Si el niño está en un centro residencial, el DFPS debe avisar a los padres con 48 horas de anticipación antes de trasladar al niño a un centro diferente.
Audiencia inicial
Si el tribunal nombra al DFPS como el curador administrativo temporal en la audiencia inicial o luego de una audiencia de remoción contenciosa, se emitirán órdenes temporales. Un progenitor puede solicitar el nombramiento de una tutela temporal con derecho de visita, lo que le permite tener algunos derechos y deberes mencionados en la orden judicial. La orden temporal incluirá órdenes relacionadas con los servicios que un progenitor debe completar para obtener la restitución del menor.
La orden puede incluir la participación del padre o la madre en servicios destinados a abordar el motivo por el cual se trasladó al menor. Por ejemplo, el asesoramiento, la evaluación de drogadicción, etc., son algunos de los servicios que un progenitor puede ser ordenado a buscar. A diferencia de los servicios de seguridad familiar (FBSS) o exigencias previas del DFPS, la participación en estos servicios no es opcional, ya que el tribunal la ordenó. El incumplimiento de la orden puede llevar a que el tribunal limite o rescinda los derechos del padre o la madre sobre el menor. Las órdenes dirigidas a los servicios pueden cambiar a lo largo del caso. Una orden temporal también puede incluir lo siguiente:
- Manutención de niños temporal
- Régimen de visitas programado con el menor para los padres, hermanos, o ambos
- Si los familiares o amigos con relaciones preexistentes con el menor deben ser evaluados de manera formal para la ubicación
- Evaluaciones médicas y psicológicas para el menor
Audiencia de estado (60 días después del traslado)
Dentro de los 60 días desde la fecha del traslado habrá otra audiencia en la que se exige la asistencia de los padres. La única excepción es si el tribunal encuentra circunstancias agravantes.
Otro aspecto de la audiencia de estado es que permite que las partes involucradas discutan si los familiares o amigos son adecuados para ser considerados para la ubicación del menor. Si uno de los padres tiene familia o amigos que están dispuestos a cuidar del menor durante el proceso del DFPS, debe discutir con su abogado si esas personas deben ser propuestas como opciones de ubicación.
Finalmente, en la audiencia de estado, el asistente social presentará al tribunal el plan de permanencia para su hijo y le pedirá que apruebe los planes de servicio que se han creado para usted, otros tutores o padres, y el niño (consulte también el Manual del Departamento de Servicios para la Familia y de Protección de Texas en 5510). En todos los casos, hay al menos dos metas de permanencia que componen el plan de permanencia, una meta de permanencia primaria y concurrente (consulte el Manual del Departamento de Servicios para la Familia y de Protección de Texas en 6212). En la audiencia de estado, el asistente social presentará al tribunal los objetivos de permanencia que se identificaron como apropiados en su caso.
El objetivo de permanencia principal es por el cual trabaja el DFPS. El objetivo de permanencia concurrente es un respaldo en caso de que el objetivo de permanencia principal sea inalcanzable. Hay cuatro categorías principales de objetivos de permanencia según lo dispuesto por las leyes estatales y federales.
- Reunificación familiar
- Adopción
- Familiar o persona idónea designada como curador administrativo permanente
- Otro acuerdo de hogar permanente planificado (APPLA)
Audiencias de permanencia (180 días después del traslado y posterior)
El propósito principal de esta audiencia es discutir el plan de servicio que el asistente social ha desarrollado para los padres,
En la audiencia de permanencia inicial, el juez querrá saber si los padres han comenzado sus planes de servicio y han cumplido con las órdenes del tribunal. Si el padre o la madre ha completado alguno de los servicios, debe llevar la documentación consigo al tribunal o, si corresponde, entregarla al abogado antes de la audiencia de permanencia. En esta audiencia se pueden agregar o quitar servicios comunitarios del plan de servicio. Si ha habido avances significativos en el caso y es apropiado, el juez puede ordenar que el niño regrese a casa en este momento. Si el tribunal lo aprueba, el menor también puede volver a su hogar con uno de los padres antes de la audiencia de permanencia inicial.
La ley de Texas requiere que el tribunal lleve a cabo una audiencia de revisión de permanencia o audiencia de revisión al menos cada 120 días o cuatro meses. después de la audiencia de revisión de permanencia inicial. Sin embargo, las audiencias de revisión pueden celebrarse con una frecuencia superior a cuatro meses si una de las partes lo solicita o por moción del tribunal. En cada audiencia de revisión, el juez evaluará el progreso de todas las partes y si es apropiado o no regresar al niño al hogar de uno de los padres. El asistente social del DFPS presentará al tribunal un informe escrito sobre el progreso del caso antes de cada audiencia de revisión. El padre o la madre y su abogado tendrán derecho a obtener copias del informe presentado ante el tribunal antes de la audiencia.
Si usted es una persona que no es uno de los padres, un amigo o miembro de la familia que está interesado en brindar una ubicación para el menor que está actualmente en cuidado de crianza temporal, puede asistir a la audiencia de revisión e identificarse ante el abogado ad litem y tutor ad litem y el juez. También puede buscar consejería legal sobre cómo intervenir (involucrarse) en la demanda subyacente que afecta la relación padre-hijo. Debe cumplir con ciertos requisitos legales y solicitar autorización judicial para intervenir en este tipo de demanda.
Adaptado del Manual de CPS de la Asociación de Abogados Jóvenes de Texas.
Órdenes
Toda audiencia que es llevada a cabo por el DFPS, debe dar lugar a una orden por escrito. Las órdenes que se dictan durante una audiencia en un caso del DFPS son muy importantes. Si un padre no cumple con las órdenes dictadas por el tribunal durante un caso del DFPS, los derechos del padre o madre sobre su hijo pueden terminarse. El padre o la madre siempre debe exigir una copia de cualquier orden dictada durante un caso del DFPS. Si el padre o la madre no comprende o no puede cumplir la orden judicial, ese padre o madre debe discutir estos asuntos con su abogado.
Los cuidadores también deben discutir las órdenes dictadas en relación con el menor y cualquier orden de régimen de visitas con el asistente social y el abogado ad litem y el tutor ad litem del menor, para que el cuidador comprenda lo que se exige para el menor. La falta de cumplimiento de las órdenes de régimen de visitas o de las exigencias para el menor puede dar lugar a que se ubique al menor en otro hogar.
Reuniones de planificación de permanencia
De vez en cuando, a lo largo del proceso del DFPS, se llevarán a cabo reuniones conocidas como reuniones de planificación de permanencia, o PPM. En cada reunión, el padre o la madre tendrá la oportunidad de hablar sobre el progreso del caso fuera de la presencia del juez. El grupo también discutirá los obstáculos para completar el plan de servicio del padre o la madre y desarrollará estrategias para ayudar al padre o la madre a completar su plan de servicio y obtener la permanencia del menor. Estas reuniones suelen celebrarse de manera semiregular y, por lo general, se realizan justo antes o después de las audiencias de revisión de permanencia.
Fases de casos de los CPS
Este artículo, Servicios de protección infantil: fase de tutela, es el quinto de siete preparados originalmente por Asistencia Legal del Noroeste de Texas. Los demás artículos son:
- Servicios de protección infantil: cómo denunciar un abuso o un abandono
- Servicios de protección infantil: fase de investigación
- Servicios de protección infantil: fase de servicios de seguridad familiar
- Servicios de protección infantil: el proceso de remoción
- Servicios de protección infantil: audiencia final, revocación, extensión o regreso monitorizado
- Servicios de protección infantil: terminación de los derechos parentales
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