Custodia y tutela de menores
Custodia de menores y régimen de visitas
En Texas, la palabra legal para custodia de menores es “tutela”. Este artículo habla sobre la custodia de menores (tutela) en Texas, los diferentes tipos de tutelas, cómo iniciar o contestar en un caso sobre custodia y más.
¿Qué es la custodia?
En Texas, la palabra legal para custodia es “tutela”. Las palabras “custodia” y “tutela” describen su relación con el menor cuando existe una orden judicial.
¿Qué sucede si no tengo una orden judicial?
Solamente una orden judicial puede crear una custodia legal. Sin una orden judicial, no hay nada que un juez pueda hacer cumplir. Cada padre o madre es libre de llevarse al menor en cualquier momento. Lea los Derechos de los padres cuando no hay una orden de custodia para obtener más información sobre sus derechos y deberes.
¿Qué es un tutor?
Una persona que tiene la custodia de un menor por medio de una orden judicial se llama “tutor”.
Existen tres tipos de personas con tutela:
- tutela conjunta;
- curador único; y
- tutor con derecho de visita.
¿Qué es un curador conjunto?
La ley de Texas dice que los padres generalmente deben ser nombrados tutores conjuntos. Una tutela conjunta significa que los padres comparten la toma de decisiones para la mayoría de las cuestiones, incluso educación y cuidado de la salud. Lea el artículo 153.074 del Código de Familia de Texas para conocer todos los derechos y deberes de los padres durante la tenencia. Esto no significa que el tiempo del menor se divide en partes iguales entre los padres. Una orden de tenencia establecerá cuándo cada uno de los padres tendrá derecho a estar con el menor. Lea el Régimen de visitas de menores y las órdenes de tenencia para obtener más información sobre las órdenes de tenencia.
En la mayoría de las órdenes de tutela conjunta, uno de los padres tendrá el derecho exclusivo de decidir dónde vivirá el menor (generalmente, dentro de una determinada zona geográfica). Dicho padre o madre es el “padre o madre con custodia” y, por lo general, el menor vive principalmente con esa persona. El otro padre o madre es el “padre o madre sin custodia”.
En algunas órdenes de tutela conjunta, ninguno de los padres tendrá el derecho exclusivo de decidir dónde vive el niño, pero la residencia del niño estará restringida a un área geográfica determinada, como una zona de asistencia escolar o un condado.
La ley dice que los padres no deben ser nombrados tutores conjuntos si existe un historial o patrón de violencia por parte de uno de los padres contra el otro padre.
¿Qué es un curador único?
Si hay motivos suficientes para hacerlo, un padre o una madre (o a veces personas que no son los padres) pueden ser designados como curador único. El curador único ejerce el derecho exclusivo de tomar la mayoría de las decisiones sobre el menor.
Las razones por las que un juez podría nombrar a un padre (o no padre) curador único incluyen:
- violencia familiar por parte del otro padre;
- abuso infantil o abandono por parte del otro padre;
- abuso de alcohol o drogas por parte del otro padre;
- ausencia del otro padre en la vida del menor.
Lea el artículo 153.132 del Código de Familia de Texas para conocer la lista de los derechos y deberes del curador único.
¿Qué es un tutor con derecho de visita?
Si se nombra a uno de los padres como el único tutor principal, el otro padre generalmente se nombra como tutor con derecho de visita.Si se nombra a una persona que no es el padre como curador único, ambos padres generalmente serán nombrados tutores secundarios. El tutor con derecho de visita todavía tiene los derechos de un padre o una madre, pero no tendrá la última palabra en la mayoría de las decisiones. Lea los subcapítulos D y E del capítulo 153 del Código de Familia de Texas para conocer sobre los derechos, deberes y pautas de un tutor con derecho de visita.
¿Tendrá en cuenta el juez la violencia familiar a la hora de tomar una decisión sobre la custodia en mi caso?
Sí. Los jueces en Texas deben tener en cuenta la violencia familiar al momento de tomar decisiones para la custodia y el régimen de visitas. Lea los artículos 153.004 y 153.005Código de Familia de Texas, para conocer en detalle qué toma en cuenta la corte en los casos con antecedentes de violencia familiar.
Si el otro padre ha sido violento o abusivo, es importante hablar con un abogado sobre su caso. Es posible que pueda obtener ayuda legal gratis. Llame a alguna de las organizaciones que se enumeran a continuación para recibir más información:
- Línea Telefónica Nacional contra la Violencia Doméstica disponible las 24 horas al 800-799-SAFE7233) o
- Víctimas de delitos, 888-343-4414
En caso de emergencia, llame al 911. Más información en la sección Protección contra la violencia o el abuso de este sitio web.
¿Cómo puedo obtener una orden de custodia?
El juez puede ordenar la custodia o tutela en:
- un caso de divorcio;
- una resolución judicial que afecta la relación padre-hijo (caso SAPCR);
- un caso de paternidad;
- un caso de orden de protección por violencia familiar.
¿Qué formularios puedo utilizar para solicitar una orden de custodia?
TexasLawHelp.org tiene guías con instrucciones y formularios "Hágalo usted mismo (DIY)" que puede utilizar para solicitar una orden de custodia.
- Si usted y el otro padre o madre están casados y quieren divorciarse, utilice necesito el divorcio. Tenemos hijos menores de 18. El juez emitirá órdenes de custodia, régimen de visitas, manutención de niños y asistencia médica como parte del divorcio.
- Utilice necesito una orden de custodia. Soy el padre del niño (SAPCR). si:
- (1) Usted y el otro padre o madre no están casados (o no quieren el divorcio).
- (2) Usted y el otro padre o madre firmaron un reconocimiento de paternidad.
- (3) No hay órdenes existentes sobre el menor.
- El juez emitirá órdenes de custodia, régimen de visitas, manutención de niños y asistencia médica como parte de su orden de SAPCR (custodia).
- Utilice necesito una orden de paternidad si: (1) usted y el otro padre o madre no están casados y (2) usted y el otro padre o madre NO firmaron un reconocimiento de paternidad. El juez emitirá órdenes de custodia, régimen de visitas, manutención de niños y asistencia médica como parte de la orden de paternidad.
- Utilice necesito una orden de custodia. No soy el padre ni la madre del niño (resolución judicial que afecta la relación paterno-filial, SAPCR) si: (1) usted no es el padre o madre del menor y (2) no hay órdenes judiciales sobre el menor.
Si usted necesita ayuda para elegir la guía correcta, utilice Consultas para chatear con un estudiante de derecho o abogado de forma virtual.
Si necesita una orden de protección contra la violencia familiar, llame a la Línea Telefónica Nacional contra la Violencia Doméstica disponible las 24 horas al 800-799-SAFE (7233). Uno de sus asistentes podrá remitirlo para que reciba ayuda dentro de su comunidad.
Nota: las instrucciones de TexasLawHelp.org están escritas para los casos no contenciosos (acordados o en rebeldía). Si su caso es contencioso, lo mejor es contratar a un abogado o abrir una causa con la División de la Procuraduría General de Manutención de Niños de Texas.
¿Cómo puedo cambiar una orden de custodia?
Si ya existe una orden judicial, el juez puede cambiar la tutela (comúnmente conocida como “custodia”) en un caso de modificación. Lea el Cambio de una orden de custodia, régimen de visitas o manutención de niños para obtener más información.
¿Qué formularios puedo utilizar para cambiar una orden de custodia?
Utilice necesito cambiar una orden de custodia, régimen de visitas o manutención para recibir instrucciones y formularios "Hágalo usted mismo (DIY)".
Nota: las instrucciones de TexasLawHelp.org están escritas para los casos no contenciosos (acordados o en rebeldía). Si su caso es contencioso, los mejor es contratar a un abogado.
El padre o la madre de mi hijo (o alguien más) inició un caso de custodia. ¿Dónde puedo obtener un formulario de respuesta?
Puede utilizar necesito contestar un caso de custodia (SAPCR) con los formularios para hacer por su cuenta y las instrucciones. También, vea Cómo presentar una contestación en un caso de derecho de familia para obtener más ayuda.
¿Necesito un abogado que me ayude con mi caso de custodia?
Usted no necesita un abogado para presentar o contestar un caso de custodia. No obstante, los casos de custodia pueden ser complejos. Es una buena idea hablar con un abogado sobre su situación (incluso si decide no contratar a uno). Un abogado puede explicarle sus derechos y opciones.
Es sumamente importante hablar con un abogado si alguna de las siguientes situaciones se aplica a su caso.
- Teme por su seguridad o la de sus hijos.
- Su caso es contencioso (no acordado).
- El otro padre tiene un abogado.
- Su hijo tiene una discapacidad.
- Tiene dudas sobre la identidad del padre del menor.
Si necesita ayuda para encontrar un abogado, puede hacer lo siguiente:
- Use nuestro Directorio de ayuda legal para buscar un servicio de referencia de abogados, una oficina de ayuda legal o un centro de autoayuda en su área.
- Consulte nuestra página Eventos y clínicas legales para encontrar clínicas legales gratuitas en su área.
- Use la herramienta de Consultas para chatear con un abogado o estudiante de derecho.
¿Puedo contratar a un abogado solo para que me aconseje?
Sí. Puede contratar a un abogado de derecho de familia para que le brinde consejería legal, revise sus formularios, redacte un documento o lo ayude a prepararse para una audiencia. De esa manera, podrá manejar las otras partes de su caso usted mismo. La contratación de un abogado para un objetivo limitado se conoce como representación de alcance limitado.
¿Puede la Oficina del Procurador General (OAG) ayudarme a conseguir o cambiar una orden de custodia?
Tal vez. Para saber cuándo la OAG lo puede ayudar y cómo solicitar los servicios, visite el sitio web de la Oficina del Procurador General División de Manutención de Niños o llame al 800-252-8014.
¿Dónde puede leer sobre la ley que regula la custodia y el régimen de visitas?
Lea sobre la ley que regula la custodia (tutela) y el régimen de visitas (tenencia) en el Capítulo 153 del Código de Familia de Texas.
¿Todos los tutores deben aceptar que se emita el pasaporte de un menor?
La Ley Federal de Consentimiento entre los Padres establece que los padres acepten la emisión de pasaportes estadounidenses para los menores de 16, salvo que el padre o madre solicitante o tutor legal pueda demostrar que no se exige el consentimiento de ambos padres o tutores legales.
Los tribunales de Texas pueden ordenar que el padre o la madre o el tutor legal en particular ejerza el derecho exclusivo para solicitar, renovar o conservar los pasaportes de los menores. Esto le brinda al padre o a la madre la autoridad legal para demostrar que no se necesita el consentimiento del otro padre o madre o tutor legal para emitir un pasaporte en particular.
Si se designa a una de las partes como curador único y el tribunal no restringe los derechos de la tutela única en lo relativo a la emisión de pasaportes, entonces dicha persona tiene el derecho exclusivo de solicitar, renovar y conservar los pasaportes de los menores.
Las órdenes de custodia SAPCR y los decretos finales de divorcio en TexasLawHelp.org contienen disposiciones en las cuales los tribunales de Texas pueden argumentar sus decisiones sobre qué parte o partes deberían tener el derecho de dar su consentimiento sobre los pasaportes de los menores involucrados en el caso en cuestión.
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