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¿Qué es el capítulo 7 del Código de Concursos y Quiebras?

Quiebra

Este artículo explica los aspectos básicos del capítulo 7 del Código de Concursos y Quiebras.

En esta sección, obtenga información sobre algunos aspectos básicos el capítulo 7 sobre la quiebra, incluso en qué se diferencia de la quiebra del capítulo 13, quién puede presentarla, cuánto cuesta y cómo se calculan los pagos. El capítulo 7 es una forma de quiebra conocida como "liquidación", en la que un fiduciario designado por la corte vende sus activos para pagar a los acreedores; no obstante, algunos bienes no se pueden decomisar ni vender.

¿En qué se diferencia la quiebra del capítulo 7 de la quiebra del capítulo 13?

El capítulo 7 es una liquidación. El capítulo 13 es una reorganización.

En el capítulo 7, el fiduciario revisa los documentos de los deudores para saber si tienen bienes que se puedan vender para pagar a sus acreedores. Sin embargo, la mayoría de los bienes básicos que las personas poseen pueden protegerse del fiduciario mediante el uso de exenciones. Por lo tanto, en la mayoría de los casos del capítulo 7 para individuos (no empresas), no se liquida nada, ya que son casos sin bienes.

El capítulo 13 es un plan para pagar a los acreedores que propone el deudor. Los acreedores y el fiduciario pueden oponerse al plan propuesto. El juez de la quiebra decide si aprueba el plan (lo confirma) o no.

Una vez que se confirma el plan del capítulo 13, el plan confirmado es vinculante para el deudor y los acreedores; es decir, todos deben respetarlo. Solo hay una forma de cambiar los términos del plan del capítulo 13 confirmado. El deudor puede presentar una moción pidiéndole al juez de la quiebra que permita que se modifiquen los términos del plan del capítulo 13 confirmado. Por ejemplo, el deudor puede haber cambiado de trabajo y gana menos en el nuevo empleo, por lo que necesita reducir el monto del pago del plan del capítulo 13.

¿Cuánto tiempo lleva un caso de quiebra conforme al capítulo 7?

Un Capítulo 7 típico lleva unos tres meses de principio a fin.

¿Qué puede hacer un deudor con la deuda garantizada según el capítulo 7?

En el Capítulo 7, el deudor debe tomar decisiones sobre sus deudas garantizadas. Las deudas garantizadas son aquellas sobre las cuales los acreedores tienen garantía. La garantía es propiedad que el acreedor puede decomisar si el deudor no paga lo que se le debe.

Las tres opciones para un deudor del capítulo 7 en cuanto a sus acreedores garantizados son:

  • Rescatar: pagar al acreedor el valor de la garantía en una suma única dentro de aproximadamente 2.5 meses después de declararse en quiebra;
  • Reafirmar: firmar de manera voluntaria un acuerdo por separado para acordar la continuación de los pagos habituales del préstamo durante y después del caso o
  • Entregar: devolver la garantía al acreedor o permitir que el acreedor la recupere, por ejemplo, recuperar o ejecutar la hipoteca.

Capítulo 7 y deuda no garantizada

En el capítulo 7, las deudas no garantizadas (sin garantía) se cancelan (eliminan) al final del caso, a menos que sean "prioritarias" o deudas "deudas no cancelables" como manutención de niños, impuestos sobre la renta recientes o préstamos estudiantiles. Si el deudor tiene deudas por adelantos en efectivo significativos o artículos de lujo comprados poco antes de que se declarara la quiebra, el acreedor puede demandar para evitar que esas deudas se cancelen.

¿Quién puede presentar en virtud del capítulo 7?

El capítulo 7, si lo presenta una persona o una pareja casada, solo está disponible para personas cuyos ingresos están por debajo del ingreso medio para su situación y el tamaño de su familia. A partir del 1 de noviembre de 2016, el ingreso medio de los deudores de Texas era de $46,127 (grupo familiar de 1 personas), $60,935 (grupo familiar de 2 personas), $64,894 (grupo familiar de 3 personas), $75,885 (grupo familiar de 4 personas), y así sucesivamente, con un adicional de $8,400 por persona extra para grupos familiares de cinco o más.

¿Qué sucede si no puedo pagar los aranceles de presentación de la quiebra conforme el capítulo 7?

Si se presenta conforme el capítulo 7 y su ingreso es inferior al 150 % del nivel de pobreza, puede calificar para una exención de aranceles. Eso significa que no tendría que pagar aranceles judiciales de presentación. Los tribunales de quiebras actualizan la información sobre cuál es el 150 % del nivel de pobreza; este enlace ha sido actualizado a partir del 15 de enero de 2023.

Para obtener una exención de aranceles en un caso de quiebra en virtud del capítulo 7, solicítela ante la corte. El formulario se simplificó en 2015. Está disponible como un formulario que se puede completar en línea. La cuarta página de este documento se llama Orden sobre la solicitud de exención de aranceles de presentación del capítulo 7. Complételo y marque el casillero "concedido".

Si se rechaza su solicitud de exención del pago de aranceles, el tribunal le permitirá, en general, pagar los aranceles de presentación en cuotas. Espere un pago inicial de $50 a $75 y pague el saldo en tres o cuatro meses. También puede solicitar el pago de los aranceles de presentación en cuotas. Mientras no pueda pagar los aranceles de presentación en su totalidad, es probable que el tribunal le conceda una solicitud para pagarlos en cuotas.

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