Derechos de los padres a participar en la educación de sus hijos
Familia, divorcio e hijos
A menos que su orden judicial le niegue estos derechos, usted tiene derecho a acceder a los registros escolares de su hijo, comunicarse con sus maestros, agregarse a la lista de contactos de emergencia, visitar a su hijo durante el almuerzo y asistir a las actividades escolares. Debe llevar una copia certificada de su orden a la escuela de su hijo para informarles sobre sus derechos. El Código de Familia de Texas y la orden estándar de posesión no incluyen el derecho a asistir a las actividades extracurriculares no escolares de su hijo.
El otro padre dice que no puede visitar a su hijo en la escuela. ¿Es correcto?
No. A menos que su orden judicial le niegue este derecho, puede visitar a su hijo durante la hora del almuerzo. También puede asistir a actividades escolares como excursiones, juegos y actuaciones.
Consulte Visitar a su hijo en la escuela y el el artículo 153.073 del Código de Familia de Texas. El artículo 153.073(a)(6) del Código de Familia de Texas establece específicamente que los padres nombrados tutores tienen, en todo momento, el derecho de asistir a las actividades escolares, incluidos los almuerzos escolares, las actuaciones y las excursiones.
No sé cómo le va a mi hijo en la escuela y el otro padre no me lo dice.
Tiene derecho a ver las calificaciones de su hijo y hablar con sus maestros. Es posible que no tenga este derecho si el tribunal ordena que la escuela no puede compartir las calificaciones de su hijo con usted.
Para ver los registros de su hijo en la escuela:
- Haga una copia de la orden de custodia (copia certificada, si está disponible). Lleve la orden a la escuela del niño para que la conserve.
- Pregunte en la oficina de la escuela cómo comparten las calificaciones con los padres y pídale a la oficina que las comparta con usted la próxima vez.
- Pida que agreguen su información de contacto a la lista de contactos de emergencia.
- Dígales a los maestros de su hijo que le gustaría saber cómo le está yendo a su hijo y que quiere ayudarlos a enseñarle a su hijo, si puede.
Consulte el Código de Familia de Texas 153.073(a)(3), 153.073(a)(6).
¿Puede el otro padre cambiar a mi hijo de escuela sin hablar conmigo al respecto?
A menos que su orden judicial le otorgue al otro padre el derecho exclusivo de tomar decisiones educativas, usted tiene derecho a discutir dónde irá su hijo a la escuela. Si el otro padre tarda demasiado en decirle que trasladó al niño a otra escuela, podría enfrentar una acción de cumplimiento y posiblemente ser declarado en desacato al tribunal o multado.
Consulte el Código de Familia de Texas 153.073(a)(3), 153.073(a)(6).
¿Puedo ir a las actividades escolares de mi hijo? El otro padre no me permite ir.
A menos que sus órdenes judiciales prohíban lo contrario, usted tiene derecho a asistir a cualquier actividad escolar, como:
- partidos de fútbol;
- recitales de baile;
- espectáculos de talentos;
- cualquier otra actividad escolar que haga su hijo.
El Código de Familia de Texas 153.073(a)(6) establece específicamente que los padres designados tutores tienen, en todo momento, el derecho de asistir a las actividades escolares, incluidos los almuerzos escolares, las actuaciones y las excursiones.
¿Cuáles son mis derechos como padre o madre?
Usted tiene derecho a lo siguiente:
- Obtener información del otro padre sobre la salud, la escuela y el bienestar de su hijo.
- Hablar con el otro padre sobre la salud, la escuela y el bienestar de su hijo.
- Mirar los registros escolares y médicos de su hijo.
- Hablar con el médico, dentista o terapeuta de su hijo.
- Hablar con los maestros y empleados de la escuela acerca de:
- el bienestar de su hijo;
- cómo le está yendo a su hijo en la escuela (incluidos los deportes y otras actividades).
- Ir a las actividades escolares de su hijo.
- Estar en la lista de contactos de emergencia de su hijo.
- Dar su consentimiento para la atención médica de su hijo durante una emergencia grave.
Usted no tiene estos derechos si la orden judicial dice que no los tiene. Sin embargo, si la orden judicial no dice nada de eso, usted tiene estos derechos.
Consulte el Código de Familia de Texas 153.073(a).
¿Tengo derecho a ir a las actividades extracurriculares no escolares del niño?
El Código de Familia de Texas y la orden estándar de posesión no incluyen el derecho a asistir a las actividades extracurriculares no escolares del niño, como partidos de fútbol o béisbol, reuniones de exploradores, recitales, etc.
Sin embargo, podría ser posible cambiar sus órdenes para permitirle asistir a estas actividades presentando una demanda de modificación.
¿Puedo demandar al otro padre por mantenerme alejado de la escuela del niño?
Muestre sus órdenes judiciales a un abogado para que lo ayude a entender cuáles son sus derechos. Si tiene derecho a ver a su hijo en la escuela, es posible que pueda hacer valer ese derecho con una moción para que lo hagan. Si su orden no incluye el derecho a ver a su hijo en la escuela, puede presentar una demanda de modificación.
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