No. A menos que su orden judicial le niegue este derecho, puede visitar a su hijo durante el almuerzo descanso. También puede asistir a actividades escolares como excursiones, juegos y actuaciones.
Consulte Visitar a su hijo en la escuela y Código de Familia de Texas 153.073. El artículo 153.073(a)(6) del Código de Familia de Texas establece específicamente que los padres nombrados tutores tienen, en todo momento, el derecho de asistir a las actividades escolares, incluidos los almuerzos escolares, las actuaciones y las excursiones.