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Pasos que se deben seguir para solicitar una orden de no divulgación - Eliminar sus antecedentes penales

Antecedentes penales de adultos

Los antecedentes penales pueden tener carácter privado mediante la interposición de una orden de no divulgación.
Descripción general

Descripción general de la guía

Esta guía lo ayuda a sellar sus antecedentes penales en Texas. Para conocer la diferencia entre eliminar y sellar, consulte Eliminación de antecedentes vs. No divulgación en Texas.

Existen muchos tipos de órdenes de no divulgación y cada una debe solicitarse de acuerdo a su propia ley. Utilice la Guía de preparación para una orden de no divulgación para ayudarse a decidir para cuál medida calificaría.

Si su delito fue cometido en el condado de Harris, consulte Eliminar antecedentes en el condado de Harris de The Beacon.

Consejos para la búsqueda

Lea sobre Orden de no divulgación vs. eliminación de antecedentes en Texas. La eliminación de antecedentes ofrece una mayor protección contra terceros que revisen sus antecedentes penales, pero es más difícil cumplir los requisitos.

Obtenga información sobre los diferentes tipos de órdenes de no divulgación.

Preguntas frecuentes sobre los antecedentes penales de adultos

Una orden de no divulgación oculta sus antecedentes penales de la vista del público. Quienes conserven sus antecedentes penales, como la corte, no están autorizados a mostrárselos a nadie que no esté autorizado a verlos por ley.

En la mayoría de las circunstancias, una orden de no divulgación también le permite negar que el delito o la detención haya ocurrido. Esto incluye cuando solicite trabajo, vivienda, préstamos, estudios, licencias, entre otros. El único momento en que debe admitir el delito o la detención es si le preguntan al respecto en un futuro proceso penal.

Sin embargo, sea consciente de que las fuerzas policiales, el gobierno federal y la mayoría de las entidades que conceden licencias profesionales pueden ver su expediente sellado. Ciertos empleadores privados, como los bancos y las empresas involucradas en infraestructura crítica, también podrán ver los antecedentes de los postulantes y de los empleados.

No. Una orden de no divulgación solo se aplica a un delito en particular. Para archivar más de un delito, solicite una orden de no divulgación para cada uno.

Hay muchos tipos de órdenes de no divulgación. Cada tipo de orden de no divulgación tiene sus propios requisitos. Utilice la Guía de preparación para una orden de no divulgación para conocer qué tipo de medida puede aplicarse a su situación.

Las fuerzas policiales y el gobierno federal pueden ver su expediente sellado. Muchas entidades profesionales otorgantes de licencias también pueden acceder a su expediente, incluidas las siguientes entidades:

Si bien algunas entidades pueden ver los antecedentes penales sellados, una orden de no divulgación proporciona una protección significativa. Por ejemplo, mantienen en confidencialidad su información sellada frente a propietarios, prestamistas, admisiones escolares y la mayoría de los empleadores.

En la mayoría de los casos, sí. Puede negar el delito, salvo en futuros procesos penales. Sin embargo, sea consciente de que las fuerzas policiales, el gobierno federal y muchas entidades que conceden licencias pueden verlo. Algunos empleadores privados, como los bancos y las empresas involucradas en infraestructura crítica, también pueden ver sus antecedentes penales sellados.

Usted siempre puede elegir admitir que un delito sucedió si cree que es lo que corresponde.

La eliminación de antecedentes elimina el delito de su expediente. Esto hace que no se pueda ver en casi todos los casos. La eliminación de antecedentes difiere de una orden de no divulgación. Una orden de no divulgación solo sella un delito de su expediente para que no lo vean personas no autorizadas.

Las opciones de la eliminación de antecedentes son más limitadas. Consulte la Guía de eliminación de antecedentes para obtener más información.

Muchos tipos de órdenes de no divulgación exigen que cumpla supervisión comunitaria. Hay dos tipos de supervisión comunitaria.

  • Vigilancia comunitaria: a menudo se la denomina condena condicional. El tribunal lo condena y le hace cumplir ciertas condiciones como parte de su castigo. Tendrá que reunirse con un oficial de supervisión de condena condicional, pasar pruebas de detección de drogas, realizar servicio comunitario, evitar problemas legales por un tiempo determinado, entre otros. La condena condicional se diferencia de la supervisión comunitaria por sentencia diferida en que la primera se aplica después de una condena.
  • Supervisión comunitaria por sentencia diferida: este término suele acortarse a "sentencia diferida". Se parece a la supervisión comunitaria común, salvo que se aplica en reemplazo de una condena. Si cumple todos los requisitos, se desestima su caso y nunca recibirá una condena.

El Departamento de Seguridad Pública le enviará una copia de su orden de no divulgación a una cantidad de agencias para que sepan que deben mantener sus antecedentes sellados. Sin embargo, es posible que el DPS no pueda enviar una copia a cada organismo que tenga su información. Los organismos que no reciban una copia de la orden no sellarán sus antecedentes.

Esto significa que usted tiene que enumerar todos los organismos con los que haya interactuado durante su caso. Si es posible, incluya una dirección de correo electrónico para cada uno. Estos son algunos ejemplos, entre otros:

  • El Departamento de Justicia Penal de Texas: División de Asistencia de Justicia Comunitaria
  • La Oficina de Administración Judicial: División de expedientes electrónicos
  • El cuerpo policial que lo detuvo
  • La Oficina del Oficial de Juzgado de Primera Instancia de cualquier estado donde estuvo preso
  • La fiscalía (fiscal del condado, fiscal del distrito y fiscal contratado si corresponde)
  • Algún secretario o tribunal involucrado en su causa, excepto en la que presentó su petición
  • El juez que supervisó su lectura formal de la acusación
  • Cualquier organismo o persona que haya emitido una orden de arresto, como un agente de policía si decomisó una fianza
  • La Oficina de Servicios Personales si la causa implicó una fianza personal
  • Servicios de asesoramiento del condado o la ciudad
  • El tesorero del estado o la municipalidad donde se tramitó su causa
  • La administración de la escuela, si su delito implicó a la policía de la institución
  • Las oficinas de condena condicional
  • Los coordinadores del servicio comunitario
  • La Comisión de Consumo de Tabaco y Alcohol si se trata de un delito relacionado con el documento de identidad o el alcohol
  • La Oficina Estatal de Audiencias Administrativas para DWI
  • Los departamentos de tecnologías de la información o aquellos que guarden expedientes de cualquiera de estos organismos
  • Cualquier empresa de comercio de datos que sabe que tienen sus datos

La lista de organismos que necesita enumerar puede variar de manera significativa según la naturaleza y la ubicación de su delito. Si no enumera algún organismo, puede enviarle después una copia certificada de la orden.

Las órdenes de no divulgación no tienen efecto en los medios de comunicación. Usted puede intentar pedirles que eliminen lo mencionado sobre su delito, pero no tienen la obligación de hacerlo.

No es fácil sellar o eliminar sus antecedentes penales. Le recomendamos que contrate un abogado para que lo ayude si es posible. La representación de alcance limitado es una forma de hacer que la contratación de un abogado sea más asequible.

Instrucciones y formularios

Estas instrucciones son para obtener una orden de no divulgación en virtud del artículo 411.072 solamente. Consulte la Guía de preparación para una orden de no divulgación y la Guía de eliminación de antecedentes para obtener más opciones.

Pasos de la lista de verificación

Utilice la Guía de preparación para una orden de no divulgación para consultar si reúne los requisitos.

Una vez que su causa sea desestimada o se dicta su sobreseimiento, puede solicitar una orden de no divulgación 180 días después de dictada una sentencia diferida en su causa. (Esto sucede 180 días después de que comience su sentencia diferida, no cuando la completa).

Si su causa no se desestimó hasta transcurridos 180 días, puede sellar su expediente al momento de la desestimación. Tenga en cuenta que la mayoría de las causas tardan más de 180 días en ser desestimadas.

No todas las causas necesitan una audiencia judicial para ser desestimadas y no todos los tribunales están preparados para dictar de manera automática órdenes de no divulgación, aunque haya una audiencia para la desestimación. Es posible que deba recurrir al tribunal otra vez a solicitar su orden si no la obtiene en el momento de la desestimación.

Debe presentar pruebas ante el tribunal que demuestren que reúne los requisitos en virtud del artículo 411.072. Puede hacerlo completando la carta modelo. Si es posible, también adjunte su escrito de resolución de sentencia diferida junto con los documentos de desestimación y sobreseimiento.

También tendrá que completar el formulario de la orden. El juez firmará la orden para sellar su expediente. Asegúrese de adjuntar una lista de cada organismo que pueda tener una copia de sus antecedentes penales. Si es posible, incluya una dirección de correo electrónico correspondiente a cada entidad.

Formularios:

Formularios guiados (recomendado)

Formularios en PDF

Si su causa ya se desestimó, presente la carta y la orden sin firmar ante el secretario del tribunal que desestimó su caso después de completar la sentencia diferida. El monto del arancel asciende a $28.00. Pregúntele al secretario si necesita fijar una audiencia. No todos los jueces exigen una.

Si su caso no ha sido desestimado todavía, puede presentar la carta ante el secretario del tribunal al momento de la desestimación o 180 días después de que comenzó su sentencia diferida, lo que ocurra con posterioridad. La fecha de desestimación suele ser la posterior.

Si usted es una persona de bajos recursos, puede presentar una declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales (exención del pago de aranceles). Se le solicitará al tribunal que lo exima del pago del arancel. Presente la exención del pago de aranceles y la carta al mismo tiempo.

El juez revisará sus antecedentes penales y decidirá si reúne los requisitos para sellar el delito en virtud del artículo 411.072. Si el juez decide que los reúne, debe emitir una orden de no divulgación.

Luego, la orden de no divulgación se envía al Departamento de Seguridad Pública, que notifica a los organismos que usted haya incluido en su solicitud. Si es posible, asegúrese de incluir una dirección de correo electrónico por cada entidad para facilitar este proceso.

Es posible que quiera comunicarles a las empresas privadas de comprobación de antecedentes que conservan información suya que eliminen su expediente de la base de datos. Comuníquese con la Fundación para la Justicia Continua para obtener ayuda y consejos sobre cómo proceder.

Formularios requeridos

Estas instrucciones son para obtener una orden de no divulgación en virtud del artículo 411.0725 solamente. Consulte la Guía de preparación para una orden de no divulgación y la Guía de eliminación de antecedentes para obtener más opciones.

Pasos de la lista de verificación

Utilice la Guía de preparación para una orden de no divulgación para consultar si reúne los requisitos.

Delitos graves

Si el delito es un delito grave, debe esperar cinco años tras la desestimación y el sobreseimiento para presentar su solicitud.

Delitos menores

Debe esperar dos años tras la desestimación y el sobreseimiento para los siguientes delitos menores:

No hay período de espera para otros delitos menores. Puede presentar su solicitud ni bien el tribunal desestime y sobresea su causa.

Complete la petición. Si es posible, adjunte una copia de su sobreseimiento y desestimación.

El formulario de la petición también posee una opción para comunicarle al tribunal que usted adjuntó una lista de todas sus condenas y sentencias diferidas con las fechas de cada una. Si elige esta opción, asegúrese de adjuntar la lista. Solo tiene que proporcionar esta lista si la menciona en el formulario. Es opcional.

También tendrá que completar el formulario de la orden. El juez firmará la orden para sellar su expediente. Asegúrese de adjuntar una lista de cada organismo que pueda tener una copia de sus antecedentes penales. Si es posible, incluya una dirección de correo electrónico correspondiente a cada entidad.

Formularios:

Formularios guiados (recomendado)

Formularios en PDF

Presente la petición y la orden sin firmar ante el secretario del tribunal que le impuso una sentencia diferida. Pregúntele al secretario si necesita fijar una audiencia.

Si usted es una persona de bajos recursos, puede presentar una declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales (exención del pago de aranceles). Se le solicitará al tribunal que lo exima del pago del arancel de presentación. Presente la exención del pago de aranceles y la carta al mismo tiempo.

Usted debe entregarle al fiscal una copia de la petición que presentó. Comuníquese con la fiscalía para preguntar de qué forma quieren que la envíe. Es posible que prefieran su envío por correo electrónico, correo certificado u otro método.

Presente el formulario de la constancia de notificación ante el secretario del tribunal para comunicarle a este último que envió la petición al fiscal.

El fiscal decidirá si quiere impugnar su solicitud para que le otorguen una orden de no divulgación. El fiscal debería enviarle por correo una copia de cualquier impugnación que se presente. Si el fiscal presenta una impugnación, consulte con un abogado.

Si se fija una audiencia, usted debe asistir. El juez decidirá si sellar o no sus antecedentes en virtud del artículo 411.0725. Prepárese para explicar la razón por la cual sellar su expediente obra en favor de los intereses de la justicia.

Si se le concede, el secretario debería mandar la orden de no divulgación al Departamento de Seguridad Pública y a todos los organismos que enumeró en su solicitud. Usted debe hacer un seguimiento para asegurarse de que así sea.

Es posible que quiera comunicarles a las empresas privadas de comprobación de antecedentes que conservan información suya que eliminen su expediente de la base de datos. Comuníquese con la Fundación para la Justicia Continua para obtener ayuda y consejos sobre cómo proceder.

Formularios requeridos

Estas instrucciones son para obtener una orden de no divulgación en virtud del artículo 411.0726 solamente. Consulte la Guía de preparación para una orden de no divulgación y la Guía de eliminación de antecedentes para obtener más opciones.

Pasos de la lista de verificación

Utilice la Guía de preparación para una orden de no divulgación para consultar si reúne los requisitos.

Debe esperar dos años tras el sobreseimiento y la desestimación de su causa antes de presentarse.

Complete la petición. El término "prueba" puede significar cosas distintas en cortes diferentes, pero, en general, usted debe adjuntarcopias certificadas de:

  • Su sentencia judicial (sentencia diferida)
  • Su pedido de desestimación y sobreseimiento
  • Sus antecedentes penalesdel Departamento de Seguridad Pública de Identogo
  • Su auto de procesamiento o informe acusatorio (documento formal de la acusación penal)

El tribunal que lo acusó puede darle una copia certificada del informe acusatorio. El tribunal que le otorgó una sentencia diferida puede darle una copia certificada de su sentencia judicial. El tribunal que resolvió su causa puede darle una copia certificada de su escrito de desestimación o sobreseimiento. Estos escritos pueden emanar de la misma corte o no.

Puede obtener una copia certificada de sus antecedentes penales de Identogo, que colabora con el Departamento de Seguridad Pública para brindar dichos expedientes.

Es probable que usted tenga que abonar un arancel por cada documento certificado.

También tendrá que completar el formulario de la orden. El juez firmará la orden para sellar su expediente. Asegúrese de adjuntar una lista de cada organismo que pueda tener una copia de sus antecedentes penales. Si es posible, incluya una dirección de correo electrónico correspondiente a cada entidad.

Formularios:

Formularios guiados (recomendado)

Formularios en PDF:

Presente la petición y la orden sin firmar ante el secretario del tribunal que le impuso una sentencia diferida. Pregúntele al secretario si necesita fijar una audiencia.

Si usted es una persona de bajos recursos, puede presentar una declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales (exención del pago de aranceles). Se le solicitará al tribunal que lo exima del pago del arancel. Presente la exención del pago de aranceles y la carta al mismo tiempo.

Usted debe entregarle al fiscal una copia de la petición que presentó. Comuníquese con la fiscalía para preguntar de qué forma quieren que la envíe. Es posible que prefieran su envío por correo electrónico, correo certificado u otro método.

Presente el formulario de la constancia de notificación ante el secretario del tribunal para comunicarle a este último que envió la petición al fiscal.

Si se fija una audiencia, usted debe asistir. El juez decidirá si sellar o no sus antecedentes en virtud del artículo 411.0726. Prepárese para explicar la razón por la cual sellar su expediente obra en favor de los intereses de la justicia.

Si se le concede, el secretario debería mandar la orden de no divulgación al Departamento de Seguridad Pública y a todos los organismos que enumeró en su solicitud. Usted debe hacer un seguimiento para asegurarse de que así sea.

Es posible que quiera comunicarles a las empresas privadas de comprobación de antecedentes que conservan información suya que eliminen su expediente de la base de datos. Comuníquese con la Fundación para la Justicia Continua para obtener ayuda y consejos sobre cómo proceder.

Formularios requeridos

Estas instrucciones son para obtener una orden de no divulgación en virtud del artículo 411.0727 solamente. Consulte la Guía de preparación para una orden de no divulgación y la Guía de eliminación de antecedentes para obtener más opciones.

Pasos de la lista de verificación

Utilice la Guía de preparación para una orden de no divulgación para consultar si reúne los requisitos.

Debe esperar dos años tras completar el programa judicial de tratamiento para veteranos para presentar su solicitud.

Complete la petición. Si es posible, adjunte pruebas de que completó dicho programa.

También tendrá que completar el formulario de la orden. El juez firmará la orden para sellar su expediente. Asegúrese de adjuntar una lista de cada organismo que pueda tener una copia de sus antecedentes penales. Si es posible, incluya una dirección de correo electrónico correspondiente a cada entidad.

Formularios:

Formularios guiados (recomendado)

Formularios en PDF

Presente la petición y la orden sin firmar ante el secretario del tribunal que lo incorporó al programa. Pregúntele al secretario si necesita fijar una audiencia.

Si usted es una persona de bajos recursos, puede presentar una declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales (exención del pago de aranceles). Se le solicitará al tribunal que lo exima del pago del arancel. Presente la exención del pago de aranceles y la carta al mismo tiempo.

Usted debe entregarle al fiscal una copia de la petición que presentó. Comuníquese con la fiscalía para preguntar de qué forma quieren que la envíe. Es posible que prefieran su envío por correo electrónico, correo certificado u otro método.

Presente el formulario de la constancia de notificación ante el secretario del tribunal para comunicarle a este último que envió la petición al fiscal.

Si se fija una audiencia, usted debe asistir. El juez decidirá si sellar o no sus antecedentes en virtud del artículo 411.0727. Prepárese para explicar la razón por la cual sellar su expediente obra en favor de los intereses de la justicia.

Si se le concede, el secretario debería mandar la orden de no divulgación al Departamento de Seguridad Pública y a todos los organismos que enumeró en su solicitud. Usted debe hacer un seguimiento para asegurarse de que así sea.

Es posible que quiera comunicarles a las empresas privadas de comprobación de antecedentes que conservan información suya que eliminen su expediente de la base de datos. Comuníquese con la Fundación para la Justicia Continua para obtener ayuda y consejos sobre cómo proceder.

Formularios requeridos

Estas instrucciones son para obtener una orden de no divulgación en virtud del artículo 411.0728 solamente. Consulte la Guía de preparación para una orden de no divulgación y la Guía de eliminación de antecedentes para obtener más opciones.

Pasos de la lista de verificación

Utilice la Guía de preparación para una orden de no divulgación para consultar si reúne los requisitos.

Debe esperar un año para presentar la solicitud en cualquiera de los siguientes casos:

  • La fecha de desestimación o sobreseimiento de su causa si completó la sentencia diferida
  • La fecha en que completó su sentencia, incluido el pago de todas las multas y el resarcimiento monetario si fue condenado

Complete la petición. Si es posible, adjunte pruebas de su condena o sentencia diferida.

También deberá completar el formulario de la orden de no divulgación. El juez firmará la orden para sellar su expediente. Asegúrese de adjuntar una lista de cada organismo que pueda tener una copia de sus antecedentes penales. Si es posible, incluya una dirección de correo electrónico correspondiente a cada entidad.

Formularios:

Formularios guiados (recomendado)

Formularios en PDF

Presente la petición y la orden sin firmar ante el secretario del tribunal que le impuso la supervisión comunitaria, ya sea una condena condicional o una sentencia diferida. Pregúntele al secretario si necesita fijar una audiencia.

Si usted es una persona de bajos recursos, puede presentar una declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales (exención del pago de aranceles). Se le solicitará al tribunal que lo exima del pago del arancel de presentación. Presente la exención del pago de aranceles y la carta al mismo tiempo.

Usted debe entregarle al fiscal una copia de la petición que presentó. Comuníquese con la fiscalía para preguntar de qué forma quieren que la envíe. Es posible que prefieran su envío por correo electrónico, correo certificado u otro método.

Presente el formulario de la constancia de notificación ante el secretario del tribunal para comunicarle a este último que envió la petición al fiscal.

Si se fija una audiencia, usted debe asistir. El juez decidirá si sellar o no sus antecedentes en virtud del artículo 411.0728. Prepárese para explicar la razón por la cual sellar su expediente obra en favor de los intereses de la justicia.

Si se le concede, el secretario debería mandar la orden de no divulgación al Departamento de Seguridad Pública y a todos los organismos que enumeró en su solicitud. Usted debe hacer un seguimiento para asegurarse de que así sea.

Es posible que quiera comunicarles a las empresas privadas de comprobación de antecedentes que conservan información suya que eliminen su expediente de la base de datos. Comuníquese con la Fundación para la Justicia Continua para obtener ayuda y consejos sobre cómo proceder.

Formularios requeridos

Estas instrucciones son para obtener una orden de no divulgación en virtud del artículo 411.0729 solamente. Consulte la Guía de preparación para una orden de no divulgación y la Guía de eliminación de antecedentes para obtener más opciones.

Pasos de la lista de verificación

Utilice la Guía de preparación para una orden de no divulgación para consultar si reúne los requisitos.

Complete la petición. Si es posible, adjunte pruebas de que completó dicho programa.

También tendrá que completar el formulario de la orden. El juez firmará la orden para sellar su expediente. Asegúrese de adjuntar una lista de cada organismo que pueda tener una copia de sus antecedentes penales. Si es posible, incluya una dirección de correo electrónico correspondiente a cada entidad.

Formularios:

Formularios guiados (recomendado)

Formularios en PDF

No hay período de espera para una orden de no divulgación en virtud del artículo 411.0729. Sin embargo, debe haber completado el programa de capacitación de veteranos y la supervisión comunitaria, ya sea la sentencia diferida o la condena condicional.

Presente la petición y la orden sin firmar ante el secretario del tribunal que entendió en su causa. Pregúntele al secretario si necesita fijar una audiencia.

Si usted es una persona de bajos recursos, puede presentar una declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales (exención del pago de aranceles). Se le solicitará al tribunal que lo exima del pago del arancel. Presente la exención del pago de aranceles y la carta al mismo tiempo.

Usted debe entregarle al fiscal una copia de la petición que presentó. Comuníquese con la fiscalía para preguntar de qué forma quieren que la envíe. Es posible que prefieran su envío por correo electrónico, correo certificado u otro método.

Presente el formulario de la constancia de notificación ante el secretario del tribunal para comunicarle a este último que envió la petición al fiscal.

Si se fija una audiencia, usted debe asistir. El juez decidirá si sellar o no sus antecedentes en virtud del artículo 411.0729. Prepárese para explicar la razón por la cual sellar su expediente obra en favor de los intereses de la justicia.

Si se le concede, el secretario debería mandar la orden de no divulgación al Departamento de Seguridad Pública y a todos los organismos que enumeró en su solicitud. Usted debe hacer un seguimiento para asegurarse de que así sea.

Es posible que quiera comunicarles a las empresas privadas de comprobación de antecedentes que conservan información suya que eliminen su expediente de la base de datos. Comuníquese con la Fundación para la Justicia Continua para obtener ayuda y consejos sobre cómo proceder.

Formularios requeridos

Estas instrucciones son para obtener una orden de no divulgación en virtud del artículo 411.073 solamente. Consulte la Guía de preparación para una orden de no divulgación y la Guía de eliminación de antecedentes para obtener más opciones.

Pasos de la lista de verificación

Utilice la Guía de preparación para una orden de no divulgación para consultar si reúne los requisitos. Tenga en cuenta que no puede reunir los requisitos del artículo 411.073 para:

  • Delitos del crimen organizado conforme al Capítulo 71
  • Conducir en estado de ebriedad
  • Navegar en estado de ebriedad
  • Operar una atracción de feria en estado de ebriedad

Puede presentar su petición ni bien termine su supervisión comunitaria (condena condicional) a menos que su delito menor haya sido alguno de los siguientes:

Si su delito menor fue uno de los enumerados, debe esperar dos años tras la finalización de su condena condicional.

Complete la petición. Si es posible, también adjunte tanto la resolución que le impuso la condena condicional como la que muestre que completó su sentencia.

También deberá completar el formulario de la orden de no divulgación. El juez firmará la orden para sellar su expediente. Asegúrese de adjuntar una lista de cada organismo que pueda tener una copia de sus antecedentes penales. Si es posible, incluya una dirección de correo electrónico correspondiente a cada entidad.

Formularios:

Formularios guiados (recomendado)

Formularios en PDF

Presente la petición y la orden sin firmar ante el secretario del tribunal que le impuso la condena condicional. Pregúntele al secretario si necesita fijar una audiencia.

Si usted es una persona de bajos recursos, puede presentar una declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales (exención del pago de aranceles). Se le solicitará al tribunal que lo exima del pago del arancel de presentación. Presente la exención del pago de aranceles y la carta al mismo tiempo.

Usted debe entregarle al fiscal una copia de la petición que presentó. Comuníquese con la fiscalía para preguntar de qué forma quieren que la envíe. Es posible que prefieran su envío por correo electrónico, correo certificado u otro método.

Presente el formulario de la constancia de notificación ante el secretario del tribunal para comunicarle a este último que envió la petición al fiscal.

Si se fija una audiencia, usted debe asistir. El juez decidirá si sellar o no sus antecedentes en virtud del artículo 411.073. Prepárese para explicar la razón por la cual sellar su expediente obra en favor de los intereses de la justicia.

Si se le concede, el secretario debería mandar la orden de no divulgación al Departamento de Seguridad Pública y a todos los organismos que enumeró en su solicitud. Usted debe hacer un seguimiento para asegurarse de que así sea.

Es posible que quiera comunicarles a las empresas privadas de comprobación de antecedentes que conservan información suya que eliminen su expediente de la base de datos. Comuníquese con la Fundación para la Justicia Continua para obtener ayuda y consejos sobre cómo proceder.

Formularios requeridos

Estas instrucciones son para obtener una orden de no divulgación en virtud del artículo 411.0731 solamente. Consulte la Guía de preparación para una orden de no divulgación y la Guía de eliminación de antecedentes para obtener más opciones.

Pasos de la lista de verificación

Utilice la Guía de preparación para una orden de no divulgación para consultar si reúne los requisitos.

Alcoholímetro por seis meses: si usted tuvo un dispositivo de bloqueo de arranque por alcohol (alcoholímetro) en su vehículo por al menos seis meses, debe esperar dos años tras completar la supervisión comunitaria (condena condicional) para presentar su solicitud.

Sin alcoholímetro: Si no tuvo un alcoholímetro en su vehículo por al menos seis meses, debe esperar cinco años tras completar la condena condicional para presentar su solicitud.

Complete la petición y la orden. El término "prueba" puede significar cosas distintas en cortes diferentes, pero, en general, usted debe adjuntarcopias certificadas de:

  • Su sentencia judicial (sentencia diferida)
  • Su pedido de desestimación y sobreseimiento
  • Sus antecedentes penalesdel Departamento de Seguridad Pública de Identogo
  • Su auto de procesamiento o informe acusatorio (documento formal de la acusación penal)

El tribunal que lo acusó puede darle una copia certificada del informe acusatorio. El tribunal que le otorgó una sentencia diferida puede darle una copia certificada de su sentencia judicial. El tribunal que resolvió su causa puede darle una copia certificada de su escrito de desestimación o sobreseimiento. Estos escritos pueden emanar de la misma corte o no.

Puede obtener una copia certificada de sus antecedentes penales del Departamento de Seguridad Pública.

Es probable que usted tenga que abonar un arancel por cada documento certificado.

También tendrá que completar el formulario de la orden. El juez firmará la orden para sellar su expediente. Asegúrese de adjuntar una lista de cada organismo que pueda tener una copia de sus antecedentes penales. Si es posible, incluya una dirección de correo electrónico correspondiente a cada entidad.

Formularios:

Formularios guiados (recomendado)

Formularios en PDF

Presente la petición y la orden sin firmar ante el secretario del tribunal que le impuso la condena condicional. Pregúntele al secretario si necesita fijar una audiencia.

Si usted es una persona de bajos recursos, puede presentar una declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales (exención del pago de aranceles). Se le solicitará al tribunal que lo exima del pago del arancel. Presente la exención del pago de aranceles y la carta al mismo tiempo.

Usted debe entregarle al fiscal una copia de la petición que presentó. Comuníquese con la fiscalía para preguntar de qué forma quieren que la envíe. Es posible que prefieran su envío por correo electrónico, correo certificado u otro método.

Presente el formulario de la constancia de notificación ante el secretario del tribunal para comunicarle a este último que envió la petición al fiscal.

Si se fija una audiencia, usted debe asistir. El juez decidirá si sellar o no sus antecedentes en virtud del artículo 411.0731. Prepárese para explicar la razón por la cual sellar su expediente obra en favor de los intereses de la justicia.

Si se le concede, el secretario debería mandar la orden de no divulgación al Departamento de Seguridad Pública y a todos los organismos que enumeró en su solicitud. Usted debe hacer un seguimiento para asegurarse de que así sea.

Es posible que quiera comunicarles a las empresas privadas de comprobación de antecedentes que conservan información suya que eliminen su expediente de la base de datos. Comuníquese con la Fundación para la Justicia Continua para obtener ayuda y consejos sobre cómo proceder.

Formularios requeridos

Estas instrucciones son para obtener una orden de no divulgación en virtud del artículo 411.0735 solamente. Consulte la Guía de preparación para una orden de no divulgación y la Guía de eliminación de antecedentes para obtener más opciones.

Pasos de la lista de verificación

Utilice la Guía de preparación para una orden de no divulgación para consultar si reúne los requisitos.

Si su condena fue por un delito menor de clase C, puede presentar la solicitud ni bien complete su sentencia.

Si el delito no fue un delito menor de clase C, debe esperar dos años tras completar su sentencia.

Complete la petición. Si es posible, adjunte:

  • Una copia de su sentencia judicial
  • Pruebas de que completó su sentencia

También tendrá que completar el formulario de la orden. El juez firmará la orden para sellar su expediente. Asegúrese de adjuntar una lista de cada organismo que pueda tener una copia de sus antecedentes penales. Si es posible, incluya una dirección de correo electrónico correspondiente a cada entidad.

Formularios:

Formularios guiados (recomendado)

Formularios en PDF

Presente la petición y la orden sin firmar ante el secretario del tribunal que lo condenó. Pregúntele al secretario si necesita fijar una audiencia.

Si usted es una persona de bajos recursos, puede presentar una declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales (exención del pago de aranceles). Se le solicitará al tribunal que lo exima del pago del arancel. Presente la exención del pago de aranceles y la carta al mismo tiempo.

Usted debe entregarle al fiscal una copia de la petición que presentó. Comuníquese con la fiscalía para preguntar de qué forma quieren que la envíe. Es posible que prefieran su envío por correo electrónico, correo certificado u otro método.

Presente el formulario de la constancia de notificación ante el secretario del tribunal para comunicarle a este último que envió la petición al fiscal.

Si se fija una audiencia, usted debe asistir. El juez decidirá si sellar o no sus antecedentes en virtud del artículo 411.0735. Prepárese para explicar la razón por la cual sellar su expediente obra en favor de los intereses de la justicia.

Si se le concede, el secretario debería mandar la orden de no divulgación al Departamento de Seguridad Pública y a todos los organismos que enumeró en su solicitud. Usted debe hacer un seguimiento para asegurarse de que así sea.

Es posible que quiera comunicarles a las empresas privadas de comprobación de antecedentes que conservan información suya que eliminen su expediente de la base de datos. Comuníquese con la Fundación para la Justicia Continua para obtener ayuda y consejos sobre cómo proceder.

Formularios requeridos

Estas instrucciones son para obtener una orden de no divulgación en virtud del artículo 411.0736 solamente. Consulte la Guía de preparación para una orden de no divulgación y la Guía de eliminación de antecedentes para obtener más opciones.

Pasos de la lista de verificación

Utilice la Guía de preparación para una orden de no divulgación para consultar si reúne los requisitos.

Alcoholímetro por seis meses: Si usted tuvo un dispositivo de bloqueo de arranque por alcohol (alcoholímetro) en su vehículo por al menos seis meses, debe esperar tres años tras completar la supervisión comunitaria (condena condicional) para presentar su solicitud.

Sin alcoholímetro: Si no tuvo un alcoholímetro en su vehículo por al menos seis meses, debe esperar cinco años tras completar la condena condicional para presentar su solicitud.

Complete la petición. Debe probar su elegibilidad. El término "prueba" puede significar cosas distintas en tribunales diferentes, pero, en general, usted debe adjuntarcopias certificadas de:

  • Su sentencia judicial (sentencia diferida)
  • Su pedido de desestimación y sobreseimiento
  • Sus antecedentes penalesdel Departamento de Seguridad Pública de Identogo
  • Su auto de procesamiento o informe acusatorio (documento formal de la acusación penal)

El tribunal que lo acusó puede darle una copia certificada del informe acusatorio. El tribunal que le otorgó una sentencia diferida puede darle una copia certificada de su sentencia judicial. El tribunal que resolvió su causa puede darle una copia certificada de su escrito de desestimación o sobreseimiento. Estos escritos pueden emanar de la misma corte o no.

Puede obtener una copia certificada de sus antecedentes penales del Departamento de Seguridad Pública.

Es probable que usted tenga que abonar un arancel por cada documento certificado.

También tendrá que completar el formulario de la orden. El juez firmará la orden para sellar su expediente. Asegúrese de adjuntar una lista de cada organismo que pueda tener una copia de sus antecedentes penales. Si es posible, incluya una dirección de correo electrónico correspondiente a cada entidad.

Formularios:

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Formularios en PDF

Presente la petición y la orden sin firmar ante el secretario del tribunal que lo condenó. Pregúntele al secretario si necesita fijar una audiencia.

Si usted es una persona de bajos recursos, puede presentar una declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales (exención del pago de aranceles). Se le solicitará al tribunal que lo exima del pago del arancel. Presente la exención del pago de aranceles y la carta al mismo tiempo.

Usted debe entregarle al fiscal una copia de la petición que presentó. Comuníquese con la fiscalía para preguntar de qué forma quieren que la envíe. Es posible que prefieran su envío por correo electrónico, correo certificado u otro método.

Presente el formulario de la constancia de notificación ante el secretario del tribunal para comunicarle a este último que envió la petición al fiscal.

Si se fija una audiencia, usted debe asistir. El juez decidirá si sellar o no sus antecedentes en virtud del artículo 411.0736. Prepárese para explicar la razón por la cual sellar su expediente obra en favor de los intereses de la justicia.

Si se le concede, el secretario debería mandar la orden de no divulgación al Departamento de Seguridad Pública y a todos los organismos que enumeró en su solicitud. Usted debe hacer un seguimiento para asegurarse de que así sea.

Es posible que quiera comunicarles a las empresas privadas de comprobación de antecedentes que conservan información suya que eliminen su expediente de la base de datos. Comuníquese con la Fundación para la Justicia Continua para obtener ayuda y consejos sobre cómo proceder.

Formularios requeridos

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