Artículo 411.0735: orden de no de divulgación; condena por delitos menores sin posibilidad de condena condicional

Estas instrucciones son para obtener una orden de no divulgación en virtud del artículo 411.0735 solamente. Consulte la Guía de preparación para una orden de no divulgación y la Guía de eliminación de antecedentes para obtener más opciones.

Pasos de la lista de verificación

Utilice la Guía de preparación para una orden de no divulgación para consultar si reúne los requisitos.

Si su condena fue por un delito menor de clase C, puede presentar la solicitud ni bien complete su sentencia.

Si el delito no fue un delito menor de clase C, debe esperar dos años tras completar su sentencia.

Complete la petición. Si es posible, adjunte:

  • Una copia de su sentencia judicial
  • Pruebas de que completó su sentencia

También tendrá que completar el formulario de la orden. El juez firmará la orden para sellar su expediente. Asegúrese de adjuntar una lista de cada organismo que pueda tener una copia de sus antecedentes penales. Si es posible, incluya una dirección de correo electrónico correspondiente a cada entidad.

Formularios:

Formularios guiados (recomendado)

Formulario de petición en PDF

Formulario de pedido en PDF

Presente la petición y la orden sin firmar ante el secretario del tribunal que lo condenó. Pregúntele al secretario si necesita fijar una audiencia.

Si usted es una persona de bajos recursos, puede presentar una declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales (exención del pago de aranceles). Se le solicitará al tribunal que lo exima del pago del arancel. Presente la exención del pago de aranceles y la carta al mismo tiempo.

Usted debe entregarle al fiscal una copia de la petición que presentó. Comuníquese con la fiscalía para preguntar de qué forma quieren que la envíe. Es posible que prefieran su envío por correo electrónico, correo certificado u otro método.

Presente el formulario de la constancia de notificación ante el secretario del tribunal para comunicarle a este último que envió la petición al fiscal.

Si se fija una audiencia, usted debe asistir. El juez decidirá si sellar o no sus antecedentes en virtud del artículo 411.0735. Prepárese para explicar la razón por la cual sellar su expediente obra en favor de los intereses de la justicia.

Si se le concede, el secretario debería mandar la orden de no divulgación al Departamento de Seguridad Pública y a todos los organismos que enumeró en su solicitud. Usted debe hacer un seguimiento para asegurarse de que así sea.

Es posible que quiera comunicarles a las empresas privadas de comprobación de antecedentes que conservan información suya que eliminen su expediente de la base de datos.


Source URL: https://texaslawhelp.org/checklist/4110735-nondisclosure-conviction-without-probation-misdemeanors