¿Tiene una vieja infracción de tránsito que no puede pagar? - Ticket Help Texas
Multas judiciales y de tránsito
Este material fue creado por el Proyecto de Defensa Justa de Texas y Texas Appleseed. Acceda a las herramientas y a los recursos relacionados en TicketHelpTexas.org.
Un agradecimiento especial para el Proyecto de Defensa Justa de Texas y Texas Appleseed por este artículo.
Primero, coordine una cita para hablar con el juez.
Comuníquese con el secretario del tribunal y explíquele su situación.
- Algunos tribunales tienen "registros de ingreso" en los que cualquier persona con multas pendientes de pago puede acercarse a hablar con el juez sin una cita previa.
- En otras ocasiones, deberá programar una con un horario y fecha determinada.
Otra opción posible es por medio del envío de una carta o correo electrónico dirigido al juez en el que le detalle los acontecimientos y le solicite un horario determinado para presentarse. Esta es, probablemente, la mejor opción si vive lejos de la corte.
¿El juez puede reconsiderar mi capacidad de pago?
Incluso si el tribunal estableció anteriormente que debe pagar la multa, tiene el derecho de tener al menos una audiencia adicional en la que el tribunal está obligado a reconsiderar su capacidad de pago.
¿Qué sucede si me ordenan el pago de una "fianza"?
Si usted no se presentó cuando debía hacerlo, algunos tribunales le solicitarán que pague una "fianza" para programar una audiencia.
- Generalmente, el monto de la fianza duplica al de la multa. Este monto se cobra para asegurarse de que se presente en la corte y se devuelve cuando usted lo haga.
- El tribunal no lo puede obligar a pagar una fianza si no puede hacerse cargo del monto. Comuníquele al secretario que necesita una fianza bajo palabra, ya que no está en condiciones de abonar ese monto. Una fianza bajo palabra es la promesa de presentarse en una fecha futura, pero no exige el pago ese día.
- Si el tribunal insiste en que pague una fianza para hablar con el juez y usted no puede hacerlo, diríjase a Documentos y formularios y descargue la carta de fianza bajo palabra.
- El tribunal no debería exigirle el pago de una fianza si ya se presentó en la corte y recibió la condena, pero nunca pagó el monto que se le ordenó.
¿Qué necesita saber el juez?
Cuando llegue al tribunal, explíquele al juez que no puede pagar la multa, pero quiere resolver lo que debe. Si aún no ha recibido la condena, necesitará declarar su inocencia o culpabilidad en este momento. Diríjase a ¿Qué sucede la primera vez que me presento frente al tribunal? para recibir opciones de alegato. Si desea recibir la sentencia ese mismo día y debatir penas sustitutivas, necesitará declararse culpable o abstenerse de hacerlo. Si se declara inocente, estará obligado a volver a juicio.
Las penas sustitutivas que están disponible para usted son las mismas que están disponibles para cualquier persona, entre las que se incluye un plan de pago, el servicio a la comunidad o una exención. Esto se mantiene sin importar cuánto tiempo haya transcurrido, incluso si no se presentó a la corte o si ya fue sentenciado a una pena alternativa que no cumplió. Para conocer otras alternativas, diríjase a Recibí una infracción de tránsito que no puedo pagar y Me han obligado a pagar un monto que no puedo saldar.
El juez solamente puede considerar su capacidad de pago en el momento actual.
El juez no puede obligarlo a demostrar cuánto dinero ganó ni tampoco comprobar su incapacidad de pago en el momento en que recibió la infracción de tránsito.
En cambio, el juez considerará únicamente la capacidad actual de pago, es decir, el momento en el que se presenta en la corte, para decidir si puede otorgarle una sentencia sustitutiva.
¿Seré arrestado si me presento en la corte?
Incluso si usted tiene órdenes de arresto pendientes relacionadas con estas infracciones de tránsito u otros delitos sancionados con multa, usted no debe ser arrestado o encarcelado si se presenta voluntariamente ante el tribunal para tratar de resolver lo que debe.
Sin embargo, si tiene órdenes judiciales por delitos más graves (como, por ejemplo, delitos graves o delitos menores de clase A o B), podrían arrestarlo por esos cargos.