Régimen seguro de visitas al niño sin orden judicial
Servicios de protección infantil (CPS)
Si usted considera que el otro padre significa un peligro para el menor, puede actuar de muchas maneras. Los padres deben actuar para garantizar la protección del menor ante cualquier daño. No hay órdenes judiciales que determinen quién tiene al menor y cuándo, los padres tienen los mismos derechos sobre el menor.
¿Cuáles son mis derechos del régimen de visitas si no cuento con una orden judicial por mi hijo?
Si no hay una orden judicial, no hay reglas para el régimen de visitas. Ambos padres tienen los mismos derechos sobre el menor. La ley espera que los padres estén de acuerdo en cómo trabajar en conjunto para criar al menor en función de su interés superior.
Este no siempre es el caso. Si un progenitor quiere mantener alejado al menor del otro, no hay manera de que haya un régimen de visitas. Si un progenitor quiere que el menor vuelva el domingo a la noche, pero el otro no está de acuerdo, no hay manera de exigir que el menor vuelva un día y a un horario determinado. El hecho de no tener reglas puede causar situaciones desafiantes a menos que ambos padres estén dispuestos a respetarlas y cumplirlas.
Si no hay una orden judicial, ningún padre puede presentar una medida de ejecución. Solamente se puede aplicar una medida de ejecución si se viola una orden judicial.
¿Qué derechos y obligaciones tienen los padres cuando no hay una orden judicial?
Los derechos y las obligaciones de un progenitor se encuentran en el artículo 151.001 del Código Familiar de Texas. Aquí están incluidos los siguientes derechos y obligaciones:
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Dirigir la formación moral o religiosa del menor.
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Elegir la residencia principal del menor.
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Tener la posesión física del menor.
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Cuidar al menor.
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Tener control de la vida del menor (es decir, asegurarse de que va a la escuela, de que no infringe la ley y que, en general, cumple las reglas).
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Proteger al menor de casos de abuso, negligencia o cualquier tipo de daño.
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Disciplinar de manera razonable al menor.
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Mantener al menor al garantizarle alimento, indumentaria, vivienda, cuidado médico y dental, y educación.
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Tomar decisiones educativas por el menor.
¿Qué significa la obligación que tiene un padre o una madre de proteger a su hijo?
Los padres deben tomar medidas para proteger a sus hijos de cualquier daño. Los accidentes suceden, y un progenitor no puede prevenir todo tipo de daño. Sin embargo, un progenitor nunca debería abusar física, emocional ni mentalmente de un menor. Asimismo, un progenitor debería garantizar una supervisión adecuada para un menor según su edad, madurez y cualquier necesidad particular.
Un padre o una madre no protege si pone a su hijo en una situación (o si no retira a su hijo de una situación), que debería saber que no es segura, y el niño resulta herido o dañado. Un ejemplo sería un progenitor que deja a su bebé con un amigo alcoholizado y, por ende, incapaz de supervisar al menor de manera adecuada. Otro ejemplo sería un progenitor que sigue viviendo con una pareja que es físicamente abusiva con él o el menor.
Si un padre no protege a su hijo, ese menor puede salir dañado, los CPS puede involucrarse y esa falla se puede utilizar en su contra en un tribunal. En casos extremos, un tribunal puede anular el derecho sobre su hijo a un padre.
La obligación de proteger a veces implica que el padre o la madre tome medidas protectoras si sabe que le han hecho daño al niño. Estas medidas pueden incluir el hecho de sacar al menor de la situación y reportarla ante las autoridades respectivas, como la policía, los Servicios de protección infantil (CPS) y el tribunal.
¿Qué debo hacer si estoy preocupado en cuanto a la seguridad que garantiza el otro padre, pero no hay una orden judicial?
Si usted considera que el otro padre representa un peligro para el niño, puede actuar de muchas maneras:
- Informar a CPS
- Llamar a la policía.
- Solicitar una orden judicial.
- Solicitar una orden de restricción temporal (TRO)
- Solicitar una orden de protección
Hable con un abogado si no sabe cómo continuar o si cree que la mejor decisión es no hacer nada al respecto.
¿Cómo consigo un régimen de visitas por orden judicial?
Muchas familias optan por conseguir órdenes judiciales para establecer reglas claras a seguir por cada padre. Para más información sobre cómo solicitar una orden judicial, vaya a necesito una orden de custodia. Soy el padre o la madre del menor.
Otra forma de obtener una orden judicial es solicitar el servicio a través de la Oficina del Procurador General de Texas. La función del fiscal general es garantizarle una manutención a los menores, aunque la ley de Texas generalmente solicita una orden de custodia cuando se exige una manutención de niños.
Aclaración: solamente el progenitor legal tiene derecho sobre un menor cuando no hay una orden judicial de por medio. Determinar un padre legal puede ser más complejo que decidir quién es una madre legal. Vaya a necesito una orden de paternidad.
¿Qué sucede si llamo a CPS en esta situación?
Si usted cree que un niño es víctima de abuso o negligencia por parte del otro padre o madre, o de otro cuidador, puede denunciarlo ante los CPS. El servicio de Investigaciones de Protección Infantil es una parte de la agencia del estado de Texas que investiga acusaciones sobre casos de abuso y negligencia infantil. Por lo general, solo investigan si consideran que un niño ha sido víctima de abuso o negligencia, o está en riesgo de daño. Si un niño está seguro y protegido en un hogar, y el padre o la madre que representa un peligro no tiene acceso a verlo, Investigaciones de Protección infantil puede optar por no hacer nada al respecto. Sin embargo, si el niño está a cargo de alguien que se considera peligroso, Investigaciones de Protección Infantil puede tomar medidas para garantizar la seguridad del niño.
¿Qué sucede si llamo a la policía?
Si usted cree que se está cometiendo un delito o que un menor está en riesgo de daño inmediato, puede llamar a la policía local y pedirle que haga un control de bienestar o que responda ante una situación delictiva. Puede llamar al 9-1-1 ante un caso de emergencia y al 3-1-1 ante un caso que no es de emergencia.
Si no hay ningún delito o si el menor no está en riesgo inmediato, no le corresponde a la policía decidir con quién debería vivir o irse el menor. En general, en estos casos la policía no interviene y le sugiere a la familia que lleve el caso al tribunal de derecho de familia. Si un menor parece estar en riesgo, es muy común que la policía informe a los CPS.
¿Debería solicitar la custodia por orden judicial?
A veces, la mejor manera de proteger a un menor es solicitar una orden judicial con reglas determinadas para garantizar su seguridad. Algunos ejemplos pueden ser órdenes que:
- Solicitan que las visitas del otro padre estén supervisadas o se lleven a cabo en un lugar público.
- Le permiten pedir un análisis de drogas del otro padre antes de la visita.
- Determinan que el otro padre no puede conducir si el menor está dentro del auto.
Para conseguir este tipo de órdenes, debe contar con pruebas suficientes para convencer al juez de que es para el interés superior del menor.
Si bien es posible conseguir una orden judicial a través de Manutención de Niños en la Oficina del Fiscal General de Texas, en general este proceso no es rápido y no sirve en casos de emergencia. Es posible presentar una demanda que afecta la relación entre padres e hijos por usted mismo o con ayuda de un abogado.
¿Qué sucede si solicito una orden de restricción temporal (TRO)?
Una Orden de restricción temporal (o TRO) puede utilizarse para proteger a un menor ante un caso de emergencia, cuando ese menor se encuentra en riesgo de daño inmediato e irreparable. Se solicita una TRO junto con una Petición de SAPCR original o una Petición para modificar una orden. Un juez puede otorgarla en el mismo día que se solicita y está destinada a mantener al menor a salvo por un periodo de tiempo corto mientras que el progenitor confiable se prepara para una audiencia sobre la orden de custodia temporal y de régimen de visitas.
¿Qué sucede si solicito una orden de protección?
Una orden de protección se utiliza en situaciones muy peligrosas, en las cuales el menor ha sido víctima de violencia doméstica, abuso físico o sexual. Si un menor fue víctima de violencia familiar, cualquier integrante adulto de la familia o del hogar puede solicitar una orden de protección en representación del menor. Si el menor ya ha sido víctima de varios delitos, cualquier adulto puede solicitar una orden de protección en representación del menor. Puede solicitarse por sí sola (a diferencia de las TRO). Una orden de protección también puede utilizarse para proteger a un adulto, incluido el otro padre o madre, que ha sido víctima de violencia familiar, acoso o agresión sexual.
¿Qué sucede si no hago nada mientras que el otro padre representa un peligro para el menor?
Si el menor está con usted y el otro padre no tiene manera de llevárselo (por ejemplo, retirándolo de la escuela), una opción puede ser no hacer nada al respecto. Si no hay una orden judicial emitida, el otro padre no tiene manera de obligarlo a que le entregue al menor para una visita. Si va al tribunal, es posible que el otro padre consiga el derecho al régimen de visitas estipulado por una orden judicial. Sin embargo, esta es una decisión arriesgada. Asimismo, no hacer nada al respecto no impide que el otro padre o madre acuda al tribunal para solicitar una orden judicial.
Hable con un abogado si tiene dudas sobre los riesgos graves que conlleva no hacer nada al respecto. Comuníquese con la Línea de asistencia telefónica para familias para hablar con un abogado experto en cuestiones de CPS.
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