Orden de expulsión
Familia, divorcio e hijos
Aquí, aprenda cómo hacer que un abusador abandone su hogar en Texas. Puede pedirle a la corte una orden de protección que incluya una orden de expulsión. Para obtener la orden, debe presentar una declaración jurada por escrito y testificar en persona sobre el abuso que ha sufrido. El juez querrá saber sobre cualquier escena de violencia familiar que haya ocurrido en los últimos 30 días y si existe un peligro claro de que vuelva a ocurrir. Si el juez otorga la orden, el abusador tiene que abandonar el hogar, pero no cambia el dueño de la propiedad.
¿Es posible obligar a un abusador a abandonar el hogar?
Sí. Es posible obligar a un abusador a abandonar el hogar. Solicite una orden de protección que pida específicamente una orden de expulsión.
Según el Código de Familia de Texas, cuando un solicitante pide una orden de protección ex parte, puede solicitar al tribunal que excluya al demandado de la residencia, supeditado a algunas limitaciones:
1. La residencia de la que se excluye al abusador es de propiedad conjunta o está alquilada por el solicitante y el abusador.
2. El solicitante posee o alquila la residencia por su cuenta.
3. El abusador posee y alquila la propiedad Y tiene la obligación de mantener al solicitante o a su hijo.
Consulte los artículos 83.006 y 85.021(2) del Código de Familia de Texas.
¿Qué es una orden de protección ex parte?
Una orden de protección ex parte es una orden de protección temporal emitida por el tribunal. Tiene una duración de veinte días, y puede extenderse más allá de veinte días en algunas circunstancias. "Ex parte" significa que el juez tomará una decisión sin hablar con el abusador ni darle aviso de la solicitud.
Para obtener una orden ex parte, el solicitante presenta una declaración jurada por escrito que cuenta la historia detallada de su abuso. El tribunal lee la declaración jurada y decide si existe un peligro claro y presente de violencia familiar.
Si un solicitante obtiene una orden de protección ex parte, tendrá una audiencia para pedirle al juez una orden de protección final que dure más tiempo.
¿Cómo le pido a la corte una orden de expulsión?
Para solicitar que una orden de protección ex parte incluya una disposición de expulsión, los solicitantes deben hacer lo siguiente:
- presentar una declaración jurada que describa los hechos y circunstancias, en detalle, que requieren que el demandado sea excluido de la residencia; y
- presentarse en persona para testificar en una audiencia y justificar la emisión de la orden sin notificación al demandado.
Consulte el artículo 83.006(a) del Código de Familia de Texas.
¿Qué querrá saber el juez antes de otorgar una orden de expulsión?
Antes de que el tribunal pueda emitir una orden de protección ex parte que excluya al demandado de la residencia, el tribunal debe considerar la declaración jurada y el testimonio. El tribunal debe saber que:
- la persona que solicita la orden de expulsión reside en las instalaciones o ha residido allí dentro de 30 días antes de la fecha de presentación de la solicitud;
- la persona excluida ha cometido violencia familiar contra un miembro del hogar dentro de los 30 días anteriores a la fecha de la solicitud; y
- existe un peligro claro y presente de que la persona a ser excluida pueda cometer violencia familiar contra un miembro del hogar.
Consulte el artículo 83.006(b) del Código de Familia de Texas.
¿El juez contactará al abusador antes de otorgar una orden de expulsión?
Es posible.
El tribunal puede suspender la audiencia por la orden temporal ex parte para comunicarse con el demandado por teléfono y brindarle la oportunidad de estar allí cuando se reanude la audiencia. Sin embargo, el tribunal debe reanudar la audiencia antes del final de la jornada laboral, sin importar si el demandado puede estar presente.
Consulte el artículo 83.006(a) del Código de Familia de Texas.
¿Tiene que ser propietario o alquilar la casa por su cuenta para excluir a un abusador de esa casa?
No. Una persona puede ser excluida de la ocupación de su residencia si:
- la residencia es de propiedad conjunta o está alquilada por la parte que recibe la tenencia exclusiva y hay otra parte a la que se le niega la tenencia;
- la residencia es propiedad o está alquilada por la parte que retiene la tenencia; o
- la residencia es propiedad o está alquilada por la parte a la que se le niega la tenencia y esa parte tiene la obligación de mantener a la parte o a un hijo de la parte a la que se le otorga la posesión de la residencia.
Consulte el artículo 85.21(2) del Código de Familia de Texas.
Si el juez otorga la orden de expulsión, ¿cambia la titularidad del inmueble?
No. La orden de protección ex parte dice quién puede usar la propiedad. No dice quién es dueño de la propiedad.
Consulte el artículo 85.023 del Código de Familia de Texas..
Si el juez otorga una orden de expulsión, ¿cómo hace para que el abusador se vaya?
Las autoridades policiales ayudarán. Nadie debe tratar de obligar a su abusador a irse por su cuenta.
El tribunal ordenará al alguacil, oficial o jefe de policía que proporcione un oficial para lo siguiente:
- ir con usted a la residencia cubierta por la orden;
- decirle al demandado que el tribunal lo ha excluido de la residencia;
- protegerlo mientras toma posesión de la residencia; y
- protegerlo si el abusador se niega a desalojar la residencia mientras usted reúne sus bienes personales necesarios.
Consulte el artículo 86.003 del Código de Familia de Texas..
¿Arrestarán a mi abusador por negarse a abandonar el hogar una vez que haya una orden de expulsión?
No. Los abusadores no pueden ser arrestados hasta que se emita una orden de protección final que los excluya de la propiedad. Si bien las autoridades policiales pueden pedirle a un abusador que se vaya, y protegerlo a usted en el proceso, no pueden arrestar a un abusador por negarse a irse bajo una orden de protección temporal ex parte.
Consulte el artículo 86.003 del Código de Familia de Texas.
¿Arrestarán a mi abusador por negarse a abandonar el hogar una vez que haya una orden de protección final?
Sí. Después de que se emita una orden de protección final que excluya a un abusador de la residencia, el tribunal ordenará al alguacil, oficial o jefe de policía que proporcione un oficial para lo siguiente:
- ir con usted a la residencia cubierta por la orden;
- decirle al abusador que la corte ha ordenado que sea excluido de la residencia;
- protegerlo mientras toma posesión de la residencia y el demandado reúne sus bienes personales necesarios.
Si el demandado se niega a desalojar la residencia, las autoridades policiales harán lo siguiente:
- remover al demandado de la residencia;
- arrestarlo por violar la orden judicial.
Consulte el artículo 86.004 del Código de Familia de Texas..
¿Qué términos legales describen a las partes en una solicitud de orden de protección?
El solicitante es la persona que presenta una solicitud de orden de protección ante el tribunal.
El demandado es la persona contra la cual se presenta la orden de protección.
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