Este artículo de Estrella del Paso brinda información para ayudarlo a decidir si podría ser elegible para el alivio de la deportación ("remoción").
¿Qué es el "alivio"?
Alivio es el término utilizado para describir un beneficio de inmigración. Para saber si califica, consulte los requisitos necesarios para obtener cada beneficio. En general, debe cumplir todos los requisitos. Esto significa que, incluso si cumple cuatro de los cinco requisitos, es probable que no obtenga su beneficio. Que le concedan el beneficio significa, en líneas generales, que puede quedarse en Estados Unidos; sin embargo, hay excepciones.
Para solicitar la dispensa, por lo general se presenta una solicitud ante el juez de inmigración, que fijará una audiencia individual para decidir sobre su caso. Este artículo brinda un panorama general de algunas de las formas más comunes de dispensa.
¿Un ciudadano estadounidense puede ser deportado?
Ser un ciudadano estadounidense es la mejor defensa contra la deportación porque las leyes de inmigración de este país establecen, en forma expresa, que los ciudadanos no pueden ser deportados.
Si está a punto de ser deportado, hay dos maneras en las que puede conseguir la ciudadanía estadounidense:
- Nacimiento en los Estados Unidos (comúnmente conocida como ciudadanía por derecho de nacimiento)
- A través de un padre o abuelo que sea ciudadano estadounidense (ciudadanía adquirida y ciudadanía derivada).
Si usted cree que puede ser un ciudadano estadounidense y se encuentra en medio de un proceso de deportación (expulsión), contacte a un abogado de inmigración o a un representante acreditado para que lo ayude lo antes posible.
Hay otras maneras de obtener la ciudadanía estadounidense, pero la ciudadanía por derecho de nacimiento, la adquirida y la derivada pueden ser el camino más útil para usted si se enfrenta a una expulsión. Lea Ciudadanía: Respuestas a preguntas comunes.
¿Qué es la "ciudadanía estadounidense adquirida"?
La ciudadanía estadounidense adquirida surge cuando uno de sus padres es ciudadano estadounidense, ya sea por nacimiento o naturalización. Es decir, le transmite su ciudadanía a usted. Para "adquirir" la ciudadanía estadounidense, su padre o su madre debe haber sido ciudadano estadounidense antes de su nacimiento. Sus padres pueden adquirir la ciudadanía estadounidense a través de sus padres (es decir, sus abuelos) y, luego, usted puede adquirirla a través de ellos.
Para probar que usted adquirió la ciudadanía estadounidense, debe demostrar (entre otras cosas) que su padre o madre ciudadano/a estadounidense vivió en el país antes de su nacimiento durante la cantidad de años exigida. Los requisitos excluyentes, incluida la cantidad de años que su padre o madre debe haber residido en Estados Unidos, dependen de su año de nacimiento.
Si se encuentra en proceso de expulsión, pero cree que puede ser un ciudadano estadounidense, contrate a un abogado o representante acreditado para que lo represente.
¿Qué es la "ciudadanía estadounidense derivada"?
La ciudadanía estadounidense derivada surge cuando:
- Se convierte en residente permanente legal antes de cumplir 18 años, y
- Uno de sus padres se convierte en ciudadano estadounidense por naturalización antes de cumplir 18 años.
En función de su año de nacimiento, la ley puede exigir que ambos padres se hayan naturalizado antes de que usted cumpla 18 años.
Al igual que la ciudadanía adquirida, su año de nacimiento determina los requisitos, que pueden ser complicados.
¿Cómo se llega a ser un residente permanente legal (LPR) por medio de la familia?
El proceso de solicitud del estatus de Residente Permanente Legal (LPR) se llama ajuste de estatus (o proceso consular, si la persona no puede estar físicamente presente en los Estados Unidos para solicitarlo). Solo algunos miembros de la familia pueden presentar una petición en su nombre para solicitar que se le conceda la residencia permanente legal.
Conforme a la ley de inmigración, los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar el ajuste de estado en nombre de:
- Su cónyuge
- Sus hijos
- Sus padres
- Sus hermanos
Es posible que los residentes permanentes legales la soliciten para:
- Su cónyuge
- Sus hijos solteros (menores de 21 años)
¿Cómo es el proceso de "reajuste del estado migratorio" y qué familiares pueden ayudar?
El ajuste de estatus, que es el proceso de solicitud para convertirse en un residente permanente legal (LPR), es en realidad un proceso de dos partes.
La forma en que ingresó a los EE. UU., así como su relación familiar, determinarán si puede solicitar el estado LPR en los Estados Unidos a través del ajuste de estatus, o si debe regresar a su país de origen para solicitar el estado LPR (consulte el proceso consular, a continuación). Si ingresó a los Estados Unidos legalmente, con una visa o permiso, y tiene un familiar directo en este país que pueda patrocinarlo, puede solicitar el reajuste del estado migratorio mientras permanece en el país.
La primera parte del proceso es presentar una Petición I-130 para Familiar Extranjero ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). La petición I-130 debe presentarse en su nombre por parte de un familiar con ciudadanía estadounidense o LPR. Una vez que se aprueba la petición I-130, el USCIS enviará una notificación de la aprobación.
Hay un período de espera para muchas personas entre la aprobación del I-130 y el momento en que son realmente elegibles para solicitar el ajuste de estatus.
Las siguientes personas están clasificadas como familiares inmediatos y no están sujetas al período de espera. Pueden solicitar el reajuste del estado migratorio ni bien el USCIS apruebe la petición I-130. Incluso podrían presentar la petición I-130 y la solicitud de reajuste del estado migratorio en forma simultánea.
Las siguientes personas son familiares directos:
- Cónyuges de ciudadanos estadounidenses
- Padres de ciudadanos estadounidenses
- Hijos de ciudadanos estadounidenses que son solteros y menores de 21 años al momento de la presentación de la petición I-130
Si no entra en alguna de las categorías mencionadas con anterioridad, no puede solicitar un reajuste del estado migratorio hasta que su fecha de prioridad esté al día, es decir, hasta que el gobierno comience a trabajar en las peticiones presentas en la fecha en que usted presentó su petición o antes. Su fecha de prioridad estará en su Aviso de Aprobación I-130 (Formulario I-797).
La segunda parte del proceso: Una vez que el I-130 ha sido aprobado, puede solicitar el ajuste de estatus presentando el Formulario I-485.
¿Cómo me convierto en un LPR si ingresé a Estados Unidos indebidamente o no tengo un familiar directo que solicite mi residencia?
El proceso consular es la forma de solicitar convertirse en un LPR si ingresó a los EE. UU. sin permiso o no es familiar inmediato de un LPR o ciudadano. Debe regresar a su país natal y solicitar el estado LPR desde allí. Sin embargo, es posible que no tenga que regresar a su país de origen si alguien presentó un Formulario I-130 para usted (o a veces, para su cónyuge o sus padres) antes del 30 de abril de 2001, y/o si tiene un padre, cónyuge o hijo que es o fue miembro de las fuerzas armadas de los EE. UU.
Ciertos delitos y violaciones a la ley de inmigración pueden ocasionar que no sea elegible para solicitar el reajuste del estado migratorio o tramitar el proceso consular. Nuevamente, si se encuentra en medio de un proceso de expulsión y considera que reúne los requisitos para el reajuste de situación o el proceso consular, contrate a un abogado o representante acreditado para que lo ayude.
¿Qué es un "registro"? ¿Puedo usarlo para convertirme en un LPR?
Otra manera de permanecer en Estados Unidos si se encuentra en trámite su proceso de expulsión podría ser solicitar un registro. Con el registro, usted crea un antecedente legal de entrada que, de otro modo, no tendría. Usted puede ser elegible para solicitar un registro si puede probar que:
- Vivió en Estados Unidos de manera continua desde el 1 de enero de 1972;
- Nunca fue deportado;
- No está inhabilitado para obtener la ciudadanía;
- Tiene buena conducta moral;
- No es inadmisible por motivos relacionados con la persecución nazi o la actividad terrorista (entre otros motivos).
Algunos delitos lo inhabilitan para obtener el registro. Si se le concede la solicitud para obtener el registro, obtendrá el estado LPR.
¿Cuándo puedo considerar como una opción al "artículo 212(c) sobre suspensión de la deportación"?
Una forma para que los residentes permanentes legales permanezcan en los EE. UU. es la suspensión de la deportación 212(c) para los residentes permanentes legales.
Si usted es un LPR que se enfrenta a la expulsión de los EE. UU. debido a una condena penal que ocurrió antes del 1 de abril de 1997, es posible que califique para el artículo 212(c). En caso de aprobación, de acuerdo con lo previsto por el artículo 212(c), su condena se considera perdonada y puede permanecer en Estados Unidos.
A la hora de determinar si se le debe conceder el beneficio previsto por el artículo 212(c), el juez considerará factores como:
- Cantidad de años en que ha sido un LPR
- Su historial de empleo
- Su historial de pago de impuestos
- Sus lazos familiares
- Su salud
Un factor importante al solicitar el beneficio previsto por el artículo 212(c) es que el juez dispone de bastante flexibilidad a la hora de decidir si concede este beneficio o no. Solo porque demuestre que reúne todos los requisitos no significa que se le concederá este beneficio.
Usted debe demostrar que merece conservar su estado LPR. Al determinar si usted merece mantener su estado LPR, el juez considerará qué tan arrepentido está, cuántas condenas penales tiene, qué tan recientes son sus condenas penales, etc. Si cree que califica y desea solicitar el artículo 212(c), complete y envíe el Formulario I-191.
Si cree que reúne los requisitos para acceder al beneficio previsto por el artículo 212(c), contrate a un abogado o representante acreditado. Si se le concede el beneficio previsto por el artículo 212(c), puede conservar su residencia.
¿Cómo puedo evitar mi deportación si soy un LPR con antecedentes penales?
Si usted es un LPR que violó ciertas leyes de inmigración o cometió determinados delitos, podría perder su residencia y ser expulsado (deportado) de Estados Unidos.
El beneficio más común que buscan los LPR es la cancelación de expulsión para los LPR, que puede permitirle conservar su residencia. Si es un LPR y puede demostrar lo que se enumera a continuación, es posible que reúna los requisitos para la cancelación de la expulsión para personas LPR:
- Fue LPR por al menos cinco años;
- En la fecha en que usted cometió el delito que da lugar a su deportación, había vivido en Estados Unidos de forma continua, durante al menos siete años, tras haber sido admitido legalmente y
- No ha sido condenado por un delito grave agravado según lo define la ley federal.
Un delito grave agravado se define de manera diferente bajo la ley federal que bajo la ley estatal. La que importa es la definición federal de un delito grave agravado. Una larga lista de delitos se consideran delitos graves agravados. Los más comunes son homicidio, violación, agresión sexual a un menor, tráfico de drogas, algunos delitos violentos y delitos de robo graves.
Contrate a un abogado si usted es un LPR condenado por la comisión de un delito. La evaluación sobre si su delito es agravado es un aspecto fundamental de su causa. Si el juez considera que uno de sus delitos es un delito grave agravado y usted no califica para obtener otro beneficio que le permita permanecer en Estados Unidos, será deportado. En esas circunstancias, los jueces de inmigración no pueden considerar ningún beneficio para usted.
¿Cómo puedo evitar mi deportación si soy un LPR con antecedentes penales que no por delitos graves agravados?
Si usted es un LPR con una condena penal que no es un delito grave agravado, presente el Formulario EOIR42A al juez de inmigración. Usted tendrá que mostrar pruebas para respaldar su solicitud. El juez tendrá en cuenta varios aspectos a la hora de decidir si se le debe conceder la cancelación de la expulsión, incluidos:
- La cantidad de tiempo que ha sido un LPR
- Su historial de empleo
- Su historial de pago de impuestos
- Sus lazos familiares
- Su salud
Al igual que con las solicitudes del beneficio previsto por el artículo 212(c), el juez dispone de bastante flexibilidad a la hora de decidir si se le debe conceder este beneficio. Puede que usted cumpla todos los requisitos, pero eso no significa que obtendrá el beneficio. Usted debe demostrar que merece conservar su estado LPR.
Al momento de determinar si usted merece mantener su estado LPR o no, el juez tendrá en cuenta qué tan arrepentido está, cuántas condenas tiene y qué tan recientes son, además de los factores mencionados con anterioridad.
¿Cuándo se encuentra disponible la cancelación de la expulsión para residentes temporarios?
La cancelación de expulsión para residentes no permanentes ("10 años") es una forma de alivio que las personas suelen considerar como una solicitud de residencia en función de la cantidad de años que ha vivido en los Estados Unidos. Puede que suene fácil cumplir los requisitos de este beneficio, pero no lo es.
Si usted no es un LPR y solicita la cancelación de la expulsión, debe probar que:
- Ha vivido en los Estados Unidos continuamente durante al menos los últimos 10 años;
- Tiene un cónyuge, padre o hijo que es ciudadano estadounidense o residente permanente legal que sufriría dificultades excepcionales y en extremo poco comunes si usted fuera expulsado;
- Tiene buena conducta moral; y
- No cometió ciertos delitos.
Demostrar los requisitos 1, 3 y 4 es sencillo. El juez evaluará estos requisitos, en gran medida, en función de su documentación.
Sin embargo, demostrar el requisito número 2 es difícil. Las dificultades contempladas en dicho requisito deben ser "excepcionales y, en extremo, poco comunes". Esto significa que las dificultades que las familias experimentan tras una separación, incluidos el desgaste emocional de separarse y las dificultades financieras, no serán suficientes. Debe demostrar que las dificultades que su familia enfrentará serán peores que aquellas que atraviesa una familia en caso de separación. Hable con un abogado de inmigración para obtener ayuda.
¿Es un delito volver a entrar a Estados Unidos tras ser deportado?
Sí. Es un delito volver a entrar a Estados Unidos sin permiso tras ser deportado. Si se lo declara culpable en un tribunal federal, puede ser condenado a 20 años de prisión, como máximo.
¿Puedo irme de Estados Unidos de manera voluntaria en lugar de ser deportado?
Si no es elegible para ninguna forma de alivio de la expulsión, pero desea regresar a los Estados Unidos legalmente algún día, considere solicitar la salida voluntaria. No calificará para la salida voluntaria si ha sido condenado por ciertos delitos, si se le concedió la salida voluntaria en el pasado o si tiene deportaciones previas. Si se le concede la salida voluntaria, debe abandonar Estados Unidos y pagar su propio viaje de regreso a su país natal.
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