Respuesta a casos de modificación

Este artículo responde preguntas frecuentes sobre cómo responder a casos de modificación.

Si lo notifican con una demanda de modificación, debe leer los documentos con atención de inmediato. El próximo paso dependerá de la manera en que lo notifiquen. testamento tiene la opción de presentar una respuesta, una reconvención o no hacer nada. Pero si no cumple el plazo o no hace nada, la otra parte puede terminar con el caso sin notificarlo.

¿Qué es un caso de modificación?

Un caso de modificación se utiliza para pedir al juez el cambio de una orden vigente de custodia, régimen de visitas, manutención de niños, asistencia médica u odontológica.

Cualquiera de los padres puede presentar un caso de modificación. La persona que presenta o inicia el caso se denomina “demandante”. La persona que recibe la notificación del caso y que tiene que responder se denomina “demandado”.

¿Qué debo hacer si me notifican de documentos judiciales en un caso de modificación?

Primero, lea atentamente los documentos de modificación de inmediato.

Haga estas preguntas: ¿Hay fechas para las audiencias? ¿Hay una orden permanente? ¿El juez firmó una orden de restricción temporal? Si este es el caso, lea estos artículos:

En segundo lugar, calcule el plazo para presentar una respuesta.

  • Puede usar la calculadora de plazos de TexasLawHelp, pero verifique la fecha de esta manera:
  • Encuentre el día en el que lo notificaron con los papeles de la modificación en un calendario. Empiece desde el día siguiente, cuente 20 días más (incluidos los fines de semana y feriados), y luego vaya al próximo lunes. Debe presentar una respuesta ante el tribunal en o antes de esta fecha a las 10 a. m. Si no presenta una respuesta antes de la fecha límite, el peticionario puede terminar la modificación sin usted.

    Nota: Si el día 20 es lunes, vaya al lunes siguiente. Si los tribunales están cerrados el día en que vence la respuesta, entonces la respuesta vence el siguiente día en que los tribunales estén abiertos.

Tercero, hable con un abogado. Un abogado de derecho de familia le puede explicar sus opciones y ofrecerle asesoramiento sobre su situación particular. Puede contratar a un abogado de derecho de familia solo para que lo asesore. O bien, puede consultar un abogado de manera gratuita en la clínica legal. Si necesita ayuda para encontrar un abogado, puede usar nuestro Directorio de ayuda legal para buscar un servicio de referencia de abogados, una oficina de ayuda legal o un centro de autoayuda en su área.

¿Qué significa ser "notificado" con documentos judiciales?

A menos que usted acepte cambiar la orden existente y firmar una Renuncia de Notificación, el peticionario (la persona que presentó el caso de modificación) debe notificarle los documentos judiciales iniciales.

Entre los documentos judiciales iniciales se encuentran los siguientes:

  • una citación (un formulario emitido por el tribunal para notificar oficialmente a la parte demandada del caso) y
  • una copia de la Petición para modificar la relación padre-hijo (el formulario presentado por el peticionario para iniciar el caso).

Los documentos judiciales iniciales también incluirán lo siguiente (si corresponde en su caso):

  • Otros formularios que haya presentado el peticionario al comienzo del caso, y
  • Cualquier orden que haya firmado el juez al comienzo del caso

Si usted es la parte demandada, hay varias maneras en que puede recibir la citación y petición para modificar la relación entre padres e hijos

  • Un alguacil, oficial o notificador privado puede notificarlo en persona. (Si lo notifican en persona, no tendrá que firmar nada con testamento).
  • El secretario judicial, el alguacil, el agente de policía, el alguacil o el notificador privado lo pueden notificar por correo certificado o registrado (con acuse de recibo). (Las notificaciones por correo certificado solo son válidas si firma el acuse de recibo que demuestre que recibió la carta).
  • Puede recibir la notificación por correo o publicación si el peticionario no puede encontrarlo. Esto significa que la citación se publicará en el juzgado, en un periódico o en el sitio web de citación por publicación del estado.
  • Se le puede notificar de cualquier otra forma aprobada por el juez. Por ejemplo, si el alguacil, el oficial o el notificador privado no puede notificarlo en persona o por correo certificado, pero puede confirmar la dirección de su casa o de su trabajo, el juez podría ordenar que la citación y la petición: (1) se coloquen en su puerta, (2) se dejen con cualquier persona mayor de 16 años en su casa o trabajo, o (3) que se le envíen por correo a su hogar o trabajo por correo regular.

Nota: Los documentos presentados por el peticionario más adelante en el testamento del caso generalmente se le enviarán por correo (correo ordinario) o por correo electrónico.

Consulte a un abogado si tiene alguna duda respecto a las notificaciones.

¿Qué opciones tiene para responder ante una modificación?

Decida cómo quiere responder.

¡Advertencia! Es importante hablar con un abogado antes de presentar una respuesta (o cualquier otro formulario) ante el tribunal si no vive en Texas o cree que la modificación debería transferirse a otro tribunal en Texas.

  • Opción 2: Presentar una respuesta y una contrapetición de modificación. Una contrapetición de modificación le dice al juez qué órdenes quiere que el juez dicte en su modificación. Si su modificación es impugnada, es posible que desee presentar (entregar) ambos documentos. Consulte Necesito responder a un caso de modificación para obtener instrucciones y formularios.
  • Opción 3: No hacer nada. Si le entregaron los documentos de modificación y no hace nada, la parte demandante puede terminar la modificación sin usted. This is called a “default judgment.” You will not have a say in any of the issues involved in the modification case and you will have to follow any orders entered by the judge.

Si tiene dudas sobre sus opciones, es importante que hable con un abogado.

¿Qué es una respuesta?

Una respuesta es un formulario legal, por lo general el primero, que presenta la parte demandada en un caso judicial. Presentar una respuesta ante un tribunal protege su derecho a opinar en los asuntos del caso.

Si presenta una respuesta, la parte demandante no podrá terminar el caso de modificación a menos que suceda lo siguiente:

  • usted y el peticionario (y cualquier otra persona nombrada como demandada en el caso) acuerdan y firman una orden judicial para modificar la relación padre-hijo, o
  • La parte demandante lo notifique por escrito de una fecha de audiencia contenciosa.

¿Cuánto cuesta presentar una respuesta?

Presentar una respuesta es gratuito.

El monto que se cobra por presentar una reconvención, por otro lado, depende de cuál sea la lista de honorarios del condado. Consulte el sitio web de su condado o pregúntele al secretario del condado o distrito. Si no puede pagar los honorarios, puede solicitar al tribunal que lo exima de pagarlos presentando una Declaración de incapacidad de pago.

¿Puedo presentar una respuesta si no me notificaron?

Sí. Cuando se acuerda una modificación, el demandado a menudo presentará voluntariamente un formulario de Respuesta Original del Demandado o un formulario de Renuncia de Notificación (Renuncia Específica). Si usted presenta voluntariamente una respuesta o una renuncia a la notificación, no será necesario que lo notifiquen formalmente.

Lea sobre los pasos de una modificación acordada aquí: Necesito cambiar una orden de custodia, régimen de visitas o manutención (Modificación).

¿Qué hago si no estoy de acuerdo con la modificación?

Si no está de acuerdo con lo que pide el demandante, debe presentar una respuesta antes del plazo establecido. Presentar una respuesta protege su derecho a opinar en el caso a medida que avanza.

¿Tendré que ir a la corte?

Depende. Si no está de acuerdo con la modificación, el caso será contencioso. Si el caso es contencioso, usted o el demandante tendrán que establecer una audiencia contenciosa para que el juez pueda tomar una decisión sobre la modificación.

¿Debo seguir cumpliendo la orden existente?

Sí. Debe cumplir con la orden existente hasta que el juez firme una nueva orden.


Source URL: https://texaslawhelp.org/article/responding-to-a-modification-case