Estado de contratista independiente
Recibir pago por trabajar
Aquí obtendrá más información sobre lo que significa ser contratista independiente. La condición de empleado depende de las condiciones de su trabajo, no de su cargo ni de su horario laboral. La ley dice que usted es un empleado a menos que su empleador pueda demostrar lo contrario.
¿Soy contratista independiente o empleado?
Si usted es un empleado o un contratista independiente depende de las condiciones de su trabajo, no de su cargo ni de su horario laboral. La ley dice que usted es un empleado a menos que su empleador pueda demostrar lo contrario. Es posible que su empleador lo haya clasificado por error como contratista independiente cuando en realidad es un empleado. Entre los trabajadores que suelen clasificarse erróneamente figuran los "temporales", los contratados, los obreros de la construcción, las sirvientas, los empleados domésticos, las niñeras, los jardineros y otros trabajadores que no tienen suficiente control sobre su trabajo como para ser "contratistas independientes".
La posibilidad de fijar su propio horario laboral no lo convierte en contratista independiente. Tampoco lo hace su cargo, sino que se trata de lo que hace.
¿Por qué mi clasificación laboral es importante?
Las leyes laborales federales y estatales solo se aplican a los empleados, no a los contratistas independientes. Si se lo clasifica erróneamente como contratista independiente, podría dejar de percibir el salario por horas extras u otras prestaciones laborales o pagar más impuestos. Los empleadores están obligados por ley a hacer lo siguiente:
- Pagar a los empleados el salario mínimo y las horas extras.
- Pagar a los empleados al menos dos veces al mes.
- Presentar una declaración de ingresos por cada período de pago en la que figuren las horas trabajadas y el salario bruto y neto.
- Presentar una declaración de salarios e ingresos W-2 al momento de pagar los impuestos.
- Pagar los impuestos sobre el trabajo y otros requisitos legales.
Los empleadores suelen clasificar erróneamente a los trabajadores para eludir estas leyes.
¿Qué sucede si no tengo certeza al respecto?
No hay un solo factor que determine su clasificación, sino que se trata de una combinación de factores.
Pregúntese a sí mismo lo siguiente:
- ¿Cuánto tiempo debe trabajar para su empleador? Probablemente, sea un empleado si se parece más a un trabajo fijo sin fecha de finalización.
- ¿Qué grado de control tiene su empleador sobre el trabajo que usted realiza? Si tiene control real sobre los aspectos significativos de su empleo, es decir, lo que hace y cómo lo hace, probablemente usted sea un contratista. Establecer su propio horario laboral no basta para ser un contratista independiente.
- ¿Obtiene ganancias o pérdidas con su trabajo? Si sus propias decisiones generan ganancias o pérdidas para el negocio, probablemente sea un contratista independiente. Decidir trabajar más horas por más sueldo no cuenta a efectos de pérdidas y ganancias. Tiene que ser ganancia o pérdida para la empresa, no para usted.
- ¿Es su trabajo "parte integral" de la empresa? Por ejemplo, si trabaja como carpintero para una empresa de construcción de casas residenciales, usted es integral para el negocio del empleador, no podrían hacerlo sin usted. Si la empresa se dedica a la decoración personalizada de tartas, su trabajo como pastelero es integral al negocio de su empleador. Entonces, si usted es una "parte integral", probablemente sea un empleado.
- ¿Su trabajo requiere "habilidades especiales e iniciativa"? Por habilidades especiales se entiende a las habilidades para tomar decisiones empresariales, no habilidades técnicas. Si su trabajo no implica tomar decisiones empresariales, probablemente sea un empleado.
Podría ser empleado aunque estén dadas las siguientes condiciones:
- Haya firmado un contrato en el que acepta trabajar como contratista independiente.
- Su empleador presentó un 1099-MISC en lugar de un formulario W-2 (declaración de salarios) ante el IRS.
- Le pagaron en efectivo o por trabajo.
- Tiene un horario laboral flexible.
¿Cómo puedo protegerme?
Si quiere recuperar salarios no pagados o tiene algún otro problema legal, es importante obtener información sobre la persona y la empresa que lo contrató:
- Información de contacto: consiga el nombre, la dirección y el número de teléfono de la persona que lo contrató. Anote la marca, el modelo y la matrícula de su vehículo.
- Trabajo: anote el lugar, las fechas y las horas que trabajó, el tipo de trabajo que hizo, lo que le pagaron y lo que le deben.
- Contrato por escrito: trate de conseguir un contrato por escrito que describa el trabajo, cuánto le pagarán y cuándo. Si el contrato no está por escrito, puede hacerse valer, pero es más difícil de probar. Su testimonio, los recibos de las compras relacionadas con el trabajo, sus notas sobre el trabajo y su registro de horario pueden servir para probar un contrato de trabajo verbal.
- Carta de demanda: escriba una "carta de demanda" a su empleador para exigir que le paguen lo que le deben. Envíe una copia por correo certificado con acuse de recibo y la otra copia por correo de primera clase a su empleador. Si el reclamo es inferior a $10,000*, puede presentar una demanda ante un tribunal de justicia (tribunal de casos menores) sin necesidad de contratar a un abogado. El Tribunal de Justicia es para las personas que no tienen o no pueden contratar un abogado.
*Tome en cuenta que a partir del 1 de septiembre de 2020, el monto máximo de dinero que se puede recibir por daños y perjuicios en un tribunal de casos menores aumentó de $10,000 a $20,000. Para obtener más información, mire este video delCentro de Capacitación del Tribunal de Justicia de Texas y lea las Reglas de Procedimiento Civil de Texas, parte 5.
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