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Guía para inmigrantes detenidos: VAWA, visas U, visas T

Derechos y leyes sobre inmigración

Este artículo explica las defensas contra la deportación para supervivientes de un delito o de violencia doméstica.

Este artículo escrito por los Servicios Diocesanos para Migrantes y Refugiados brinda información para ayudarlo a decidir si puede ser elegible para obtener la exención de expulsión («traslado») en caso de ser víctima de un delito o abuso.

¿Qué es la ayuda por la Ley de Violencia Contra la Mujer para las víctimas de violencia doméstica?

Si usted o su hijo han sido abusados física o psicológicamente por un cónyuge o padre ciudadano de los EE. UU. o residente permanente legal (LPR), puede reunir los requisitos para cancelar la expulsión o cambiar el estado sin necesitar que su cónyuge o padre abusivo lo patrocine.

Existen dos formas de ayuda para las víctimas de violencia doméstica: la petición por derecho propio que brinda la Ley de Violencia Contra la Mujer (VAWA) y la cancelación de la expulsión para los casos de residentes no permanentes conforme a la regla especial para cónyuges y niños maltratados (conocida como Cancelación de expulsión VAWA).

Una petición por derecho propio VAWA (I-360) le permite solicitar una visa de inmigración familiar si puede demostrar que estuvo casado con un ciudadano de los EE. UU. o LPR psicológica o físicamente abusivo. La VAWA le permite solicitar este beneficio sin que su cónyuge abusivo participe en el proceso. Incluso puede estar divorciado o ser viudo.

El juez de inmigración en un procedimiento de deportación no puede considerar una petición por derecho propio I-360. El USCIS es el único encargado de revisar estas peticiones. Pero si tiene un I-360 que ha sido aprobado, puede presentarla en el tribunal de inmigración para conseguir un cambio de estado. Contrate un abogado si es elegible para presentar un I-360. Algunas agencias sin fines de lucro ayudan a las víctimas de delitos a solicitar beneficios VAWA.

¿Cuándo se considera una opción la Regla especial de cancelación de expulsión para cónyuges y niños maltratados?

La cancelación de expulsión para cónyuges y niños maltratados (cancelación de deportación VAWA) es un beneficio que puede solicitar en el tribunal de inmigración. Para poder hacerlo, deberá demostrar que:

  1. ha sido maltratado o ha estado sujeto a una crueldad extrema por su cónyuge o padre ciudadano de EE. UU. o LPR.
  2. ha estado físicamente presente en los EE. UU. por al menos 3 años.
  3. tiene buena conducta moral.
  4. no ha violado determinados artículos de las leyes de inmigración.
  5. su expulsión les causará a usted, sus hijos o su padre/madre una dificultad extrema.

Las pruebas y la información que se tendrán en cuenta son muy similares a las pruebas e información requeridas para las otras formas de cancelación de expulsión. Aquí será necesario que brinde más documentos y pruebas relacionados con el abuso. Contrate a un abogado para que lo ayude con la cancelación de expulsión VAWA, que requiere el formulario EOIR-42B

No es necesario denunciar el abuso a las fuerzas policiales. Sin embargo, denuncias policiales, informes de incidentes, cartas de refugios para víctimas de violencia doméstica u otras pruebas del abuso que brinden terceros pueden ayudar en su caso. Es probable que tenga que testificar sobre el abuso. Si le otorgan la solicitud para la cancelación de expulsión VAWA, obtendrá el estado de LPR.

¿Qué tipo de visa puede obtener una víctima de delito?

Si ha sido víctima de un delito estando en los Estados Unidos, podría ser elegible para obtener un permiso temporario para vivir y trabajar en el país.

El estado U de no inmigrante, también conocido como visa U, es para las siguientes personas:

  1. víctimas de delitos
  2. quienes denunciaron ese delito a las fuerzas policiales
  3. quienes cooperaron en la investigación o el proceso judicial del delito, y
  4. víctimas que sufrieron maltrato físico o mental como resultado del delito.

Para solicitar una visa U, necesita que una agencia de cumplimiento de la ley le firme un formulario de certificación U (formulario I-918B). Al completar el formulario en su nombre, la fuerza de seguridad confirma que usted fue la víctima del delito y que está ayudando con la investigación o el proceso judicial. Una vez que su formulario I-918B esté completo, presente el formulario I-918 con las pruebas necesarias y entregue la solicitud al USCIS. Solo puede concederse una cantidad limitada visas U al año, y hay una acumulación de casos pendientes.

Demuestre que está dispuesto a cooperar, que ya está cooperando o que ha cooperado con las fuerzas de seguridad en la investigación o proceso judicial del delito. Al igual que con las peticiones propias VAWA, el juez de inmigración no tiene el poder para considerar u otorgar una solicitud de visa T o U. Presente estas solicitudes ante el USCIS.

Si se le concede el estado U de no inmigrante, obtendrá un permiso de trabajo de cuatro años. Después de vivir en EE. UU. con el estado U de no inmigrante durante tres años, podría ser elegible para obtener el estado de residente permanente legal.

¿Qué tipo de visa puede obtener una víctima de trata de personas?

Las visas T son para las víctimas de trata de personas. Las formas más comunes de trata son la trata sexual y la laboral. No se necesita una certificación de las fuerzas de seguridad para solicitar una visa T (esta visa es diferente de la visa U). Para solicitar una visa T, complete el formulario I-914 y presente las pruebas necesarias ante el USCIS.

Si se le otorga un estado T de no migrante, obtendrá un permiso de trabajo por cuatro años. Quienes tengan el estado T de no inmigrante podrán ser elegibles para solicitar el estado de LPR después de 3 años o una vez que la investigación o el proceso judicial sobre la trata haya finalizado, lo que sea que ocurra primero.

Tengo miedo de regresar a mi país natal. ¿Qué opciones tengo?

Asilo, retención de la expulsión y Convención contra la Tortura (CAT)

Si teme que le harán daño si regresa a su país, puede ser elegible para solicitar asilo, retención de la expulsión o protección conforme a la Convención contra la Tortura (CAT). La amenaza o el daño debe provenir del gobierno o de alguien que el gobierno no puede controlar o no controlará.

Para solicitar asilo y retención de la deportación, debe demostrar que la amenaza o el daño se deben a su raza, religión, nacionalidad, creencias políticas o pertenencia a un determinado grupo social. La ley del asilo es compleja, por lo que se recomienda una investigación profunda. Si piensa que reúne los requisitos para obtener asilo, contrate a un abogado o representante autorizado para que lo ayude con la solicitud.

Si existe una orden de expulsión en su contra, pero quiere solicitar asilo, retención de expulsión o protección conforme a la CAT, envíe un mensaje por escrito a su funcionario de deportación en el que le comunique que tiene miedo de regresar a su país de origen y que quiere solicitar esas formas de ayuda.

El juez de inmigración debe recibir su solicitud asilo dentro de un año a partir de su entrada en los EE. UU. Si el juez no recibe su solicitud dentro de ese periodo, puede que no sea elegible para la retención de expulsión o la protección conforme a la CAT (que son casos más difíciles de ganar que el asilo). Si obtiene asilo, puede dejar el centro de detención y solicitar un permiso de trabajo. Si gana el caso de asilo y luego permanece en los EE. UU. por un año, puede ser elegible para solicitar el estado de LPR.

¿Qué tipo de ayuda especial se encuentra disponible para las personas de El Salvador, Guatemala o los antiguos estados soviéticos?

Puede solicitar ayuda conforme a la Ley de Ajuste Nicaragüense y Ayuda a Centroamérica (NACARA) si es de El Salvador, de Guatemala o de los antiguos países del bloque soviético. También debe demostrar que ingresó en los EE. UU. en determinadas fechas y que se registró como miembro de la clase de demanda "ABC" u obtuvo un estado de protección temporal (TPS) antes de determinadas fechas en 1991.

Asimismo, debe demostrar que:

  1. ha vivido en los EE. UU. durante al menos siete años.
  2. no ha sido condenado por un delito agravado u otros delitos.
  3. Si es el cónyuge o hijo soltero de una persona que es elegible conforme a la NACARA, debe demostrar que le causaría una extrema dificultad si fuera deportado.

Si es elegible para la NACARA, complete y entregue el formulario I-881 al juez, junto con las pruebas de los requisitos mencionados anteriormente. Si obtiene la solicitud para NACARA, obtendrá el estado LPR. Si necesita ayuda, consulte a un abogado de inmigración.

¿Qué es el estado temporal protegido (TPS)?

Las personas de determinados países (incluidos El Salvador, Haití, Nicaragua, Somalia y Sudán) pueden vivir y trabajar en los Estados Unidos de manera temporal con un estado de protección temporal (TPS). Si es elegible para un TPS o necesita renovar su TPS, es probable que pueda detener temporalmente sus procedimientos de expulsión. Ciertas condenas delictivas no le permitirán ser elegible para obtener o renovar su TPS. Hable con un abogado para que lo ayude.

Los jueces de inmigración no tienen la autoridad para considerar las solicitudes de TPS. Si piensa que es elegible, complete y presente el formulario I-821. Si obtiene su solicitud para TPS, le otorgarán un permiso de trabajo.

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