Rescisión anticipada del contrato de alquiler para víctimas de violencia familiar
Órdenes de protección
Un inquilino que sufre violencia familiar (como lo define la ley) puede ser elegible para dejar sin efecto su contrato de alquiler sin sanción.
¿Puedo rescindir mi contrato de alquiler sin sanción?
Si usted o algún miembro de su familia es víctima de violencia familiar, como lo define el artículo 71.004 del Código de Familia de Texas, usted puede ser elegible para rescindir su contrato de alquiler sin sanción.
¿Dónde puedo encontrar la ley que rige este derecho?
El artículo 92.016 del Código de Propiedad de Texas le brinda a las víctimas de violencia familiar el derecho a "abandonar el inmueble y evitar la responsabilidad". Esto significa que una víctima de violencia familiar puede incumplir su contrato de alquiler residencial sin sanción y, en algunos casos, sin previo aviso.
¿Deberé abonar algún tipo de tasa o penalidad?
No. Una víctima no sería responsable del alquiler futuro ni de las tasas relacionadas con el incumplimiento del contrato de alquiler. El contrato de alquiler debe contener una cláusula especial para que el locador pueda cobrar el alquiler pendiente u otra suma de dinero pendiente de pago con anterioridad a la extinción del contrato. El contrato de alquiler debe indicar lo siguiente: "Los inquilinos pueden tener derechos legales especiales para rescindir el contrato de alquiler en forma anticipada en ciertas circunstancias que involucren violencia familiar o un despliegue o traslado militar". Sin embargo, si el contrato de alquiler no contiene esta cláusula, la víctima no es responsable del alquiler pendiente de pago al momento de la rescisión del contrato.
Si la víctima vive conmigo, ¿ambos somos elegibles?
La víctima debe vivir en su casa con el consentimiento del locador para estar protegida por la ley.
¿Qué sucede si mi locador no lo permite?
Los locadores que no permiten al inquilino incumplir el contrato de alquiler o que intentan obstaculizar, condicionar o restringir a la víctima infringen la ley y están sujetos a una sanción civil de un mes de alquiler más $500, daños y perjuicios, y deben pagar los honorarios de los abogados de la víctima.
¿Un locador puede confeccionar un contrato de alquiler que no permita a una víctima de violencia familiar incumplirlo?
No. Una víctima no puede renunciar a su derecho a desocupar el inmueble.
¿Cómo dejo sin efecto (termino) mi contrato de alquiler de manera anticipada?
Para rescindir su contrato de alquiler de manera anticipada, usted debe hacer lo siguiente:
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Cumplir con una o más de las siguientes enumeraciones:
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una medida cautelar temporaria, emitida como parte del proceso de divorcio que cumpla los términos del artículo 6.501 del Código de Familia de Texas;
- una orden temporal;
- una orden de protección emitida;
- una orden de protección de emergencia;
- una copia de la documentación de la violencia familiar contra el inquilino o un ocupante de:
- un profesional de servicios de atención médica autorizado que haya examinado a la víctima;
- un profesional de servicios de salud mental autorizado que haya examinado o evaluado a la víctima;
- un abogado defensor, como lo define el artículo 93.001 del Código de Familia de Texas que haya ayudado a la víctima.
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Debe entregar al locador una copia de uno de los documentos o de una las órdenes mencionadas con anterioridad.
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Debe notificar por escrito al locador de su intención de rescindir el contrato con al menos 30 días de antelación.
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Debe abandonar el departamento o la casa en la fecha establecida en la notificación escrita.
¿Tengo que notificar al locador con 30 días de antelación?
Sí. Sin embargo, si su agresor es un coinquilino u ocupante de su residencia, usted no tiene que enviarle al locador una notificación con 30 días de antelación. Usted complete el paso uno y dos y desocupe el departamento o la casa. Visite el Consejo de Violencia Familiar de Texas y lea su Aviso de desahucio con 30 días de antelación para obtener una plantilla.
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