Sí, puede. Esto dependerá del condado donde tramite su caso. Primero, consulte el sitio web del secretario del distrito o del condado correspondiente a su condado.
Si prepara su propia citación, las reglas son muy específicas sobre lo que debe incluirse en una citación válida. La regla 176 de las Reglas de Procedimiento Civil de Texas aborda qué incluir en las citaciones si su caso tramita ante un tribunal de distrito o de condado. La regla 500.8 de las Reglas de Procedimiento Civil de Texas aborda lo que debe incluirse en una citación si su caso tramita ante un juzgado de paz.
Como mínimo, la citación debe indicar:
- La citación debe emitirse en nombre del Estado de Texas
- El tipo de demanda. El tipo de demanda es aquel que figura en el encabezado de la demanda, que puede encontrarlo en la petición original (como "En el matrimonio de...", "En interés de los siguientes hijos..." o el nombre del Demandante contra el nombre del Demandado)
- El número de causa
- El tribunal que entiende en la causa
- Un espacio para que el tribunal pueda completar la fecha en que se emitió la citación
- La persona a la que se dirige la citación
- El tiempo, el lugar y la naturaleza de la acción requerida por la persona objeto de la citación, como comparecer para testificar en un juicio o deposición, producir documentos u otros elementos
- La parte, y el abogado, en caso de que corresponda, a cuya petición se emitió la citación.
- La firma de la persona que emite la citación. Si no cuenta con la representación de un abogado, necesitará la firma del secretario o el juez.
- Finally, the subpoena should always include the statement: “Failure by any person without adequate excuse to obey a subpoena served upon that person may be deemed a contempt of court from which the subpoena is issued and may be punished by fine or confinement, or both.” This statement can be found in Texas Rule of Civil Procedure 176.8(a) (the rule for district and county courts) and Texas Rules of Civil Procedure 500.8(c)(7) (the rule for justice of the peace courts).
Si bien no es una exigencia, la citación también puede tener un espacio donde el testigo pueda firmar la aceptación de la citación. El testigo no está obligado a firmar la citación, la cual seguirá siendo procedente sin esta firma.
La citación también puede incluir una sección donde la persona que entrega la citación puede hacer una declaración escrita con detalles para demostrar que la citación se entregó de forma fehaciente. Así como la firma del testigo, esta información no es obligatoria, pero incluirla es lo mejor.