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Cómo buscar ayuda de la FEMA después de una catástrofe

Asistencia en casos de catástrofe

Estas son las cosas que necesita saber para solicitar la ayuda de la FEMA.

Conozca cómo solicitar asistencia de FEMA luego de una catástrofe. Cualquier persona que haya sufrido una pérdida puede solicitarla. Deberá proporcionar información, como su número de seguro social, su domicilio, etc. Un inspector evaluará el daño. El monto de dinero que reciba dependerá del tipo y la cantidad de daño registrado. Si no está de acuerdo con la decisión de FEMA, puede apelar.

Quién debe realizar la solicitud

Cualquier persona que haya sufrido una pérdida relacionada con una catástrofe, incluidos propietarios, inquilinos, conductores y trabajadores que hayan perdido sus empleos. Una solicitud por hogar. Solo un miembro del hogar, que puede ser un menor de edad, debe tener un estado Inmigratorio legal. Debe vivir en uno de los condados declarados como área de catástrofes.

Solicitud

Por teléfono al 800-621-3362 o en el sitio web www.disasterassistance.gov. Necesitará lo siguiente:

  • el número de seguro social de un miembro de la familia, incluso puede ser de un menor de edad;
  • el domicilio actual y el anterior a la catástrofe;
  • número de teléfono;
  • tipo de seguro, si lo tuviera;
  • total de ingreso anual por hogar;
  • número de cuenta bancaria; y
  • una descripción de las pérdidas a causa de la catástrofe.

Tenga a mano el número de solicitud que le brinda FEMA. Debe tomar fotografías de las pérdidas causadas por la catástrofe tan pronto como sea posible y tenerlas disponibles en su móvil en el momento de la inspección.

Inspección

Los inspectores son contratistas independientes temporarios, no empleados de FEMA. Algunos son buenos durante la inspección, otros no. Usted debe estar presente al momento de la inspección. El monto de dinero que reciba dependerá del tipo y la cantidad de daño que haya registrado el inspector. Los inspectores solo registran el tipo y la cantidad de daño y no dejan registro del porqué de sus decisiones. Entonces, para lograr una inspección precisa, debe hacer lo siguiente:

  • Insistir de manera educada para que el inspector vea todo el daño causado por la catástrofe, aun si el inspector está en un apuro.
  • Pedirle al inspector que le muestre exactamente el tipo y la cantidad de daños que haya registrado en relación con la catástrofe y qué medida registró como el nivel más alto del agua en su vivienda.
  • Si el inspector no registra algún daño que usted considera que es producto de la catástrofe, debe preguntar si puede darle una buena explicación de por qué no registró ese daño.
  • Considerar usar su teléfono para registrar un video de la inspección y tomar nota de su experiencia con la persona encargada de la inspección inmediatamente después de que haya finalizado, que puede ser útil luego si necesita apelar.

Decisión

Dentro de los 10 días posteriores a la inspección, FEMA enviará una carta al domicilio en el que se encuentre después de la catástrofe. En la carta se indicarán los códigos de FEMA para sus decisiones (es decir, "No subvencionable-Daños insuficientes") y la cantidad de dinero que FEMA ingresará en su cuenta bancaria, si procede. La carta no explicará cómo ha calculado FEMA la cuantía de la ayuda que presta, y puede que no le permita entender por qué ha denegado la ayuda.

Apelación

Tiene 60 días para apelar si no está de acuerdo con la decisión de la FEMA. FEMA requiere que usted explique por qué apela, aunque FEMA no haya explicado por qué denegó la ayuda. No podrá conocer a fondo los motivos de la decisión de FEMA si antes no solicita su "expediente" por escrito. Así que, envíe lo antes posible una solicitud por escrito de su expediente a la dirección que figura en la carta de decisión de FEMA. De lo contrario, es posible que su expediente no llegue antes de que finalice el plazo de apelación. Si puede, adjunte a su apelación lo siguiente:

(a) Fotografías de los daños causados por la catástrofe;

(b) Declaraciones de vecinos o funcionarios públicos u otras personas que tengan conocimiento de los daños;

(c) Comprobantes de pago u otros documentos financieros que demuestren cuándo se repararon o sustituyeron por última vez los artículos dañados; y

(d) Un presupuesto firmado por un contratista que indique el costo de la reparación de los daños causados por la catástrofe.

Presupuesto

Es probable que FEMA rechace su apelación, a menos que la respalde con el presupuesto de un contratista de obras.

FEMA prefiere presupuestos de un contratista:

(a) que haya inspeccionado físicamente la propiedad;

(b) que limite el presupuesto a los daños causados por la catástrofe (es decir, parte de un tejado si la catástrofe no dañó todo el tejado); y

(c) que esté disponible para hablar con FEMA.

Es posible que no encuentre a ningún contratista dispuesto a darle ese presupuesto. Si no, deberá explicar a FEMA en su apelación con quién intentó comunicarse y por qué no pudo obtener un presupuesto, incluso si tenía dinero para pagar a un contratista para que le hiciera un presupuesto.

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