Resolución de un caso antes del juicio
Procedimientos de la corte (Procedimiento civil)
Se puede finalizar un caso antes del juicio mediante la presentación de una moción ante la corte. Por lo general, las mociones que pueden usarse para finalizar un caso antes del juicio incluyen absoluciones, desestimaciones, acuerdos, sentencias sumarias y en rebeldía.
Petición para desistir
Si el demandante no ha presentado ante la corte todas sus pruebas, excepto las pruebas de refutación, este puede finalizar el caso al presentar una notificación de petición para desistir ante el secretario judicial. Aprenda cómo en Cómo desestimar un caso que presentó.
Consulte el artículo 162, 163 de las Reglas de Procedimiento Civil de Texas.
Desestimación
El tribunal puede desestimar un caso si el demandante no lo presentó de manera correcta o no siguió las Reglas de Procedimiento Civil de Texas. Consulte el artículo 165a de las Reglas de Procedimiento Civil de Texas.
Con frecuencia, esto puede suceder cuando se desestima un caso por falta de acusación si no se ha tomado ninguna medida en el caso.
Lea Cómo retener o restituir un caso desestimado por la corte.
Acuerdo
Por lo general, las partes pueden llegar a un acuerdo y resolver una parte o la totalidad de un caso antes de ir a juicio en un acuerdo de conciliación. Si este es el caso, se recomienda que un abogado con licencia lea el acuerdo antes de finalizarlo.
Consulte Mediación.
Sentencia sumaria
Cuando no existen disputas sobre los hechos relevantes del caso y, conforme esos hechos relevantes, no hay evidencia para respaldar el reclamo o la defensa del caso, el juez puede conceder una moción para sentencia sumaria y decidir sobre el caso antes del juicio.
Consulte el artículo 166a de las Reglas de Procedimiento Civil de Texas.
Sentencia en rebeldía
El juez puede dictar una sentencia en rebeldía a favor del demandante cuando la parte demandada ha recibido una citación, pero no presenta una contestación o la parte demandada ha presentado una contestación, pero no se presenta al juicio.
Artículos 85, 99, 237 y 239 de las Reglas de Procedimiento Civil de Texas.
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