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Bienes gananciales

Divorcio

Este artículo explica los bienes gananciales en virtud de la ley de Texas.
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Los bienes gananciales son bienes compartidos por los cónyuges. Aprenda por qué la fecha en que se adquirió el bien o la deuda es importante para determinar quién recibe qué bien en un divorcio y quién es responsable de las deudas.

¿Qué son los bienes gananciales?

Según la ley de Texas, todos los bienes y todas las ganancias de ambos cónyuges adquiridos durante el matrimonio se consideran bienes gananciales (bienes de propiedad conjunta de los cónyuges). No importa con los ingresos de quién se pagaron los bienes o a nombre de quién está en el título, el contrato, la cuenta o el pagaré, siempre que se haya comprado entre la fecha del matrimonio y la fecha del divorcio y no haya sido un regalo, una herencia o una liquidación de lesiones personales.

Algunos ejemplos de bienes gananciales incluyen:

  • ingresos del empleo, incluidos todos los sueldos, los salarios, las propinas y las horas extras;
  • una casa u otro bien inmueble comprado durante el matrimonio;
  • Vehículos comprados durante el matrimonio (independientemente del nombre del cónyuge que figure en el título);
  • contribuciones individuales a la jubilación, 401K u otras cuentas de jubilación realizadas a partir de la fecha del matrimonio;
  • compensación por desempleo y pago por salarios caídos;
  • Saldo de cuentas corrientes y de ahorro, independientemente de si la cuenta es única o conjunta.

¿Qué son los bienes propios?

Todo lo adquirido durante un matrimonio son bienes gananciales, a menos que un cónyuge pueda probar (o los cónyuges acuerden) que son bienes propios. Los bienes propios son bienes que se poseían antes del matrimonio o que se adquirieron durante el matrimonio como regalo, a través de una herencia o como parte de un acuerdo por lesiones personales.

Algunos ejemplos de bienes propios incluyen:

  • la casa de un cónyuge comprada antes del matrimonio;
  • el automóvil de un cónyuge obsequiado por sus padres;
  • joyas que un cónyuge le obsequió al otro cónyuge;
  • contribuciones de jubilación hechas a la cuenta de jubilación de un cónyuge antes del matrimonio;
  • herencia de uno de los cónyuges;
  • acuerdo por lesiones personales de un cónyuge como consecuencia de un accidente automovilístico en el que resultó lesionado.

Reembolso: Una casa o un automóvil comprado antes del matrimonio es un bien propio. Pero si los pagos de la garantía hipotecaria o del automóvil que son bienes propios se hicieron con fondos de bienes gananciales después del matrimonio, el cónyuge no propietario puede solicitar el reembolso del dinero gastado para pagar los bienes propios del otro cónyuge.

¿Cómo dividirá el tribunal nuestros bienes?

El tribunal no está obligado a dividir los bienes conyugales en partes iguales. El tribunal solo está obligado a hacer una división "justa y correcta", considerando:

  • las necesidades de los niños (si las hay),
  • la educación y la capacidad de ingresos del cónyuge,
  • Culpa en la ruptura del matrimonio (si se indica en la demanda de divorcio),
  • quién tiene la custodia de los hijos, y
  • cualquier otro factor que el tribunal considere relevante.

Si los cónyuges acuerdan una división de bienes y deudas, el tribunal generalmente aprobará el acuerdo como “justo y correcto”. El cónyuge a quien se les otorgan los bienes generalmente es responsable de la deuda que traen aparejados (por ejemplo, el pago de un automóvil o una garantía hipotecaria).

¿Cómo dividirá el tribunal nuestras deudas?

Las deudas conyugales son las deudas que se crean o los pasivos en los que se incurre durante el matrimonio. Pueden incluir el saldo de un pagaré de automóvil, una garantía hipotecaria, tarjetas de crédito, préstamos personales, préstamos estudiantiles, deudas médicas y otros pasivos. El tribunal no está obligado a dividir la deuda en partes iguales en caso de divorcio. Sólo se requiere hacer una división justa y correcta según las circunstancias de las partes.

Ambos cónyuges son responsables de las deudas y pasivos del matrimonio, independientemente de qué cónyuge lo creó o del nombre que figure en el título o el pagaré. Un automóvil comprado a crédito durante el matrimonio es un bien ganancial. Un tribunal de divorcio puede otorgar el automóvil (y el saldo adeudado) a uno de los cónyuges, pero no tiene la facultad de eliminar el nombre del otro cónyuge del contrato que creó la deuda. El acreedor todavía puede solicitarle el pago al otro cónyuge. Lo mismo ocurre con los contratos de tarjetas de crédito, los contratos hipotecarios y otras deudas. Si su cónyuge abrió una cuenta usando su información sin su conocimiento o consentimiento, puede considerarse fraude o robo de identidad.

Verifique sus cuentas y el estado de su crédito yendo a www.annualcreditreport.com para obtener su informe de crédito anual gratuito.

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