Las Investigaciones de protección infantil y los Servicios de seguridad para las familias no derivarán en un cambio inmediato en su orden de custodia.
Si bien la política de los CPS establece que no están autorizados a infringir una orden judicial o a decirle a un padre o madre que infrinja una orden, es normal que los CPS soliciten al progenitor, de forma temporal, que autorice al menor a vivir fuera de su hogar o que acuerde, temporalmente, la suspensión del régimen de visitas hasta que el caso se resuelva.
Generalmente, esto se lleva adelante para proteger al menor y se denomina plan de seguridad o ubicación segura para padres e hijos (o PCSP). El progenitor puede decidir si está de acuerdo con el plan temporal, aunque puede cambiar de opinión en cualquier momento. Sin embargo, hacer esto podría traer consecuencias, como por ejemplo, se le exige al padre o madre que participe en los servicios o el niño es retirado de su hogar de forma legal.