Instrucciones para presentar una respuesta a una petición de recurso de habeas corpus
Si le entregan una petición de recurso de habeas corpus y la persona que presentó el caso (el "demandante") alega que usted tiene a un niño ilegalmente, a usted se le llama el "demandado" en el caso.
Un demandado tiene derecho a presentar una respuesta a la petición antes de la audiencia que fije el juez. Una respuesta le dirá al juez que no está de acuerdo con el demandante y le explicará por qué no cree que deba restituirle el niño al demandante.
Las razones por las que un demandado puede no tener que restituir un niño al demandante generalmente se dividen en 2 categorías:
- El demandante en realidad no tiene un derecho de tenencia superior sobre el niño. Esto podría deberse a que el demandante está equivocado sobre qué derecho tiene él o ella, o qué derechos tiene usted; podría deberse a que el demandante se equivoca acerca de si existe una orden judicial o qué orden judicial es válida actualmente. También podría deberse a que no se le notificó o no se le dio la oportunidad de ir a la corte sobre la orden en la que se basa el demandante. Si puede probar que realmente tiene el derecho superior de tenencia del niño, el juez debe denegar la solicitud del demandante de que se le restituya el niño.
- No cree que el demandante deba recuperar al niño porque este representa un peligro para el niño, o el demandante le ha entregado el niño durante al menos 6 meses antes de que se presentara el caso. En estas situaciones, el juez generalmente tiene discreción (es decir, una elección) sobre si restituir el niño al demandante o dejar que el niño se quede con usted.
Pasos de la lista de verificación
Si usted es el demandado, primero se enterará del caso porque se le entregará una copia de la petición de recurso de habeas corpus del demandante, la orden de emisión de un recurso de habeas corpus y el recurso de habeas corpus. Debe revisar todos los documentos cuidadosamente. Los documentos le dirán quién es el demandante, quién es el niño en cuestión y por qué el demandante cree que tiene un derecho de tenencia superior sobre el niño. Los documentos también le indicarán la fecha, la hora y el lugar en que se fijó una audiencia. El recurso de habeas corpus es una orden que dice que debe asistir a la corte ese día y debe traer al niño con usted.
Si no cree que deba restituir los niños al demandante, puede completar la respuesta con las razones por las que cree que restituir los niños sería incorrecto o inseguro.
En la sección “2. Defensas”, puede seleccionar una o más razones por las que cree que no debería tener que restituir al niño. (Consulte las preguntas frecuentes en estas herramientas para obtener más información sobre las defensas). Si no está seguro de si alguna de las opciones se aplica a usted, debe hablar con un abogado.
Si cree que realmente tiene el derecho superior de posesión del niño, puede obtener documentos legales que lo demuestren. (Consulte las preguntas frecuentes para obtener más información sobre qué documentos pueden ser útiles). Los documentos se pueden adjuntar como anexos a su respuesta. Por ejemplo, si el demandante adjuntó una orden judicial incorrecta con respecto a la tenencia del niño, puede adjuntar una copia certificada de la orden de tenencia correcta.
Consejo: Debido a que las órdenes judiciales pueden ser largas y complicadas, es una buena idea resaltar o marcar las secciones que explican quién tiene el derecho superior de tenencia del niño para que el juez pueda revisarlo más fácilmente.
Recuerde que la respuesta debe presentarse ante el secretario antes de la fecha en que se fije la audiencia. Debe entregar una copia de la respuesta al demandante para que sepan por qué cree que no se debe restituir al niño.
El enfoque de la audiencia de habeas corpus es muy reducido: se limita a quién tiene un derecho superior sobre la tenencia del niño. Solo en circunstancias muy limitadas, como cuando usted ha alegado que existe una cuestión inmediata grave sobre el bienestar del niño, o cuando el demandante le ha cedido el cuidado del niño durante al menos seis meses, debe presentar evidencia adicional sobre el bienestar del niño.
Prepare cualquier evidencia que crea que necesita presentar. Si planea testificar, practique lo que quiere decir.
En la audiencia, tanto el peticionario como usted tendrán la oportunidad de explicar lo que quieren y presentar cualquier evidencia que respalde su posición.
¡Es muy importante que asista a esta audiencia! Si no lo hace, está violando una orden judicial. El juez podría declararlo en desacato al tribunal y podría haber sanciones que incluyen multas, honorarios o incluso tiempo en la cárcel. Además, si no asiste, el juez no podrá escuchar su versión de los hechos.
Si el tribunal determina que el peticionario tiene el derecho superior de tenencia, el tribunal DEBE conceder la restitución del niño al peticionario en las siguientes circunstancias:
1) El demandante tiene el derecho superior de tenencia bajo una orden judicial y
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- El peticionario no ha renunciado a la tenencia del niño durante al menos 6 meses antes de que se presentara el caso, y
- No hay una cuestión inmediata seria sobre el bienestar del niño.
2) El demandante tiene el derecho superior de tenencia por ley como progenitor y
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- Usted no es progenitor del niño, y
- No hay SAPCR pendiente, y
- El peticionario no ha renunciado a la tenencia del niño durante al menos 6 meses antes de que se presentara el caso, y
- No hay una cuestión inmediata seria sobre el bienestar del niño.
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El tribunal tiene discreción (lo que significa que el juez puede decidir qué hacer) para restituir o no restituir al niño en las siguientes circunstancias, incluso si el demandante tiene el derecho superior de tenencia:
- El demandante renunció a la tenencia del niño durante al menos 6 meses antes de que se presentara el caso, o
- Existe una cuestión inmediata seria sobre el bienestar del niño, o
- Está pendiente un SAPCR y ya se les ha notificado a las partes que se fija una audiencia de medidas temporales para la misma hora que la audiencia de recurso de habeas corpus. Nota: Si ya hay un SAPCR pendiente en su situación, debe hablar con un abogado antes de intentar usar este kit.
Si el juez le ordena que restituya el niño al demandante, debe seguir la orden judicial o corre el riesgo de ser declarado en desacato al tribunal. Las sanciones por desacato pueden incluir multas, honorarios o tiempo en la cárcel. El juez dará órdenes específicas sobre dónde y cuándo se debe restituir el niño al demandante. Podría ser inmediatamente después de la corte, o podría ser en un momento o fecha posterior. Es importante que entienda claramente la orden del juez.
Si el tribunal niega la restitución del niño al demandante sobre la base de una cuestión grave e inmediata de bienestar, o porque el demandante restituyó al niño luego de seis meses, debe hablar con un abogado acerca de si debe presentar un SAPCR original o modificación para obtener las órdenes de tutela apropiadas para el niño. Si el niño ha sido abusado o descuidado o está en peligro de abuso o negligencia por parte del demandante, y usted no puede pagar un abogado, puede comunicarse con la línea de asistencia telefónica para familias para obtener información legal gratuita.
Si el niño ha sido abusado o descuidado o está en peligro de abuso o negligencia por parte del demandante, y usted no puede pagar un abogado, puede comunicarse con la línea de asistencia telefónica para familias para obtener información legal gratuita.