TRO, medidas cautelares y órdenes temporales en casos de emergencia en la custodia de menores

En este artículo se analizan las acciones para varias órdenes temporales en situaciones de emergencia en las que el DFPS podría estar involucrado.

En situaciones de emergencia en las que podría involucrarse el Departamento de Servicios para la Familia y de Protección (DFPS o CPS), es posible que pueda solicitar órdenes temporales, órdenes de restricción temporales (TRO) y órdenes judiciales temporales. Conozca cada una de estas acciones y lo que necesitará para solicitar cada una de ellas.

¿Qué es una orden de restricción temporal?

Una orden de restricción temporal (TRO) es una orden judicial que dice que una persona no debe hacer ciertas cosas que probablemente causen un daño que no se puede arreglar.

En un caso de custodia de menores, una TRO puede ser una orden judicial que le dice a una persona que no haga ciertas cosas, como hacerle daño a un niño, irse del estado con un niño o estar cerca de un niño.

¿Cuándo es apropiada una orden de restricción temporal (TRO) en un caso de custodia?

Hay varias situaciones en las que se puede presentar una orden de restricción temporal, pero esta herramienta está diseñada solo para una situación de emergencia en la que:

  • un niño ha sufrido un daño o está en riesgo de sufrirlo, y
  • una orden de protección no es lo más adecuado para proteger a un niño.

El kit de TRO de la línea de asistencia telefónica para familias es útil en una situación de emergencia cuando se necesita una orden judicial para proteger a un niño rápidamente, pero el niño no califica para una orden de protección.

Si bien la mayoría de los demás asuntos de derecho de familia requieren que notifique legalmente a todos los demás padres o tutores antes de que pueda programar una audiencia y hablar con un juez, se puede otorgar una TRO "ex parte", lo que significa que no necesita notificar con antelación al otro padre que le está solicitando al juez una TRO. Esto significa que un juez puede otorgar una TRO muy rápidamente, a menudo el mismo día que usted la solicita.

Una TRO solo es válida por 14 días, por lo que puede funcionar como una solución rápida para abordar una situación de emergencia y le da más tiempo para notificar a los padres u otros tutores, recopilar evidencia adicional y programar otra audiencia para hablar con un juez.

La próxima audiencia debe programarse dentro de los 14 días posteriores a la fecha en que el juez otorgue su TRO y testamento ser su oportunidad de pedirle al juez que convierta la TRO en una medida cautelar temporal y que emita órdenes temporales adicionales para custodia, régimen de visitas y manu­ten­ción de niños. La próxima audiencia también es la oportunidad que tiene el otro padre o curador de ir a la corte y contarle al juez su versión de los hechos y pedir algo diferente.

¿Una orden de protección podría ser mejor para un niño que una TRO?

Si un niño ha sido víctima de abuso físico, abuso sexual o violencia familiar y tiene miedo de que le hagan daño de nuevo o de que puedan volver a hacerle daño, una orden de protección puede ser otra opción legal disponible. Una orden de protección puede brindar una mejor protección que una TRO porque es penalmente ejecutable.

Pero no todas las situaciones de abuso infantil o negligencia infantil cumplen con todos los requisitos para que un tribunal pueda otorgar una orden de protección. Si tiene preguntas sobre si una orden de protección es más adecuada para proteger a un niño, hable con un abogado. Utilice el Directorio de ayuda legal para encontrar ayuda para encontrar uno. El Línea de asistencia telefónica para familiasKit TRO es útil en una situación de emergencia cuando se necesita una orden judicial para proteger a un niño rápidamente, pero el niño no califica para una orden de protección.

Lea Necesito una orden de protección para informarse sobre las órdenes de protección.

¿Quién puede presentar una moción de TRO?

Cualquier persona que tenga legitimación para presentar una demanda que afecta la relación padre-hijo ("SAPCR"), una modificación o una acción de cumplimiento puede presentar una moción de TRO. Para obtener información sobre la legitimación, puede consultar los kits de SAPCR original, modificación o ejecución en TexasLawHelp. Lea también la introducción a las herramientas Órdenes de restricción temporales, medidas cautelares temporales y órdenes temporales en casos de emergencia sobre la custodia de menores.

Una TRO no se puede presentar por sí sola. Debe presentarse junto con una petición original de SAPCR, una petición para modificar o una petición de cumplimiento, o presentarse en un caso activo de SAPCR, modificación o cumplimiento.

Cada caso es diferente pero, en general, la persona que presenta la moción de TRO es también la persona que quiere tener la tutela principal del niño y que planea mantenerlo a salvo del otro padre o de ambos padres.

¿Qué es una medida cautelar temporal?

Una medida cautelar temporal es similar a una TRO porque le indica a otra persona que no haga determinadas cosas. La diferencia entre una TRO y una medida cautelar temporal es que la TRO:

  1. Solo es válida por 14 días, pero una medida cautelar temporal es válida hasta que su caso termine, y
  2. Se puede otorgar sin notificar al otro padre o curador.

No se puede otorgar una medida cautelar temporal a menos que las otras partes hayan sido notificadas de la audiencia con al menos tres días de anticipación y la oportunidad de asistir a ella.

Si puede proporcionar prueba competente de que la medida cautelar temporal es necesaria, un juez debe aceptar cambiar su TRO a una medida cautelar temporal en su segunda audiencia (programada dentro de los 14 días posteriores de la concesión de la TRO).

Esto significa que las protecciones en la TRO continuarán hasta que obtenga una orden final, lo que puede demorar varios meses.

Sin embargo, si el otro padre o tutor puede demostrar que su prueba no es verdadera o que los niños no están realmente en peligro, el juez puede disolver su TRO, lo que significa que ya no estará vigente, y negarse a otorgarle la medida cautelar temporal.

Importante: Si no asiste a su segunda audiencia, no testamento obtener la medida cautelar temporal y se venzan los testamento de la TRO (las protecciones testamento desaparecer).

¿Qué son las órdenes temporales?

Las órdenes temporales son órdenes que están vigentes hasta que su caso termina y obtiene una sentencia final ("sentencias definitivas"). A menudo se necesitan muchos meses para conseguir una audiencia para las órdenes finales, por lo que las órdenes temporales le dan a usted y al otro padre o curador reglas a seguir hasta que pueda tener su audiencia de órdenes finales.

Mientras que una TRO y una medida cautelar temporal solo pueden decirle a otra persona que no haga ciertas cosas, las órdenes temporales pueden cambiar quién tiene la tutela (custodia) de un niño, si el régimen de visitas del otro padre con el niño debe limitarse de alguna manera y quién paga la manutención de niños.

Es posible que desee cambiar una, dos o las tres cosas según su situación. También puede solicitar órdenes temporales adicionales para proteger a un niño, como una orden que debe obtener para conservar el pasaporte de un niño.

Si está solicitando órdenes temporales para proteger a un niño, piense detenidamente qué pautas deben implementarse para mantener a los niños seguros y la evidencia que tiene que respalda su argumento de que estas reglas son en el interés superior del niño.


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