For an Agreed Paternity Case

Advertencia: La información y los formularios de esta guía no son consejería legal y no reemplazan la ayuda de un abogado.

Estas instrucciones explican los pasos básicos en un caso de paternidad acordado.

Pasos de la lista de verificación

Es importante que comprenda estas palabras.

  • Padre alegado: Un hombre que afirma, o se afirma, que es el padre biológico o el posible padre biológico del niño.
  • Presunto padre: Un hombre que:
    • estaba casado con la madre del niño en el momento que nació el niño, o
    • estuvo casado con la madre del niño en cualquier momento durante los 300 días previos al nacimiento del niño, o
    • estaba casado con la madre del niño luego del nacimiento del niño y afirmó de manera voluntaria la paternidad del menor en el Registro Civil, en el certificado de nacimiento o en un registro en el que se comprometió a mantener al menor como si fuera suyo, o
    • durante los primeros dos años de vida del niño, vivió de manera ininterrumpida con el menor y representó ante los demás que el niño era suyo.
  • Padre reconocido: Un hombre que firmó un Reconocimiento de paternidad válido en el que afirma ser el padre del menor. Para ser válido, el reconocimiento de paternidad debe además estar firmado por la madre del niño (y el presunto padre, si corresponde) y ser presentado en el Registro Civil.
  • Padre declarado: Un hombre nombrado como el padre del niño por una orden judicial.
  • Reconocimiento de paternidad: Un formulario legal firmado por la madre y el padre biológico del niño (y presunto padre, si corresponde) para establecer la paternidad del niño. Cuando el formulario se presenta en el Registro Civil, el padre biológico se convierte en el padre legal del niño.
  • Negación de paternidad: Un formulario legal que firma un presunto padre para jurar que no es el padre biológico del niño. Para ser válida, el padre biológico y la madre del niño también deben firmar el reconocimiento de paternidad.
  • Registro Civil: Oficina del estado que es responsable por los certificados de nacimiento. Para obtener más información, visite la página web en http://www.dshs.state.tx.us/vs/default.shtm o llame al 888-963-7111.

La ley solo permite a las siguientes personas presentar un caso de paternidad para un niño menor de edad:

  • la madre del niño; o
  • en caso de que la madre del niño haya fallecido, entonces los padres de la madre, abuelos, hermanos o hijos; o
  • un hombre que cree que puede ser el padre; o
  • un hombre que se presume que es el padre, que pide al tribunal que ordene que no es el padre; o
  • el niño; o
  • una persona que es el progenitor intencionado en un acuerdo gestacional aprobado.

Una agencia del gobierno, agencia de adopción, o representante autorizado también puede presentar un caso judicial para establecer la paternidad del niño menor de edad.

Si el hijo es adulto, el caso de paternidad solo puede ser presentado por el hijo adulto.

Si la ley le permite presentar un caso de paternidad, diríjase al paso 3. Si no está seguro, hable con un abogado.

Si le pide al tribunal establecer la paternidad, el tribunal debe tener jurisdicción sobre el hombre que alega ser el padre del niño. El tribunal de Texas tiene jurisdicción sobre el padre alegado si:

  • el padre alegado está de acuerdo y presenta documentación escrita en el caso; o
  • el padre alegado recibe de manera personal en Texas la notificación legal del caso de paternidad; o
  • el padre alegado vivió en Texas con el niño en algún momento; o
  • el padre alegado vivió en Texas y pagó los gastos prenatales del niño o
  • el padre alegado mantuvo relaciones sexuales en Texas que condujeron a la concepción del niño; o
  • el niño vive en Texas a causa de algo que el padre alegado hizo; o
  • el niño nació en Texas y el padre alegado se inscribió en el registro de paternidad que mantiene el Registro Civil de Texas o firmó un reconocimiento de paternidad presentado en el dicho Registro.

Si además le solicita al tribunal que dicte órdenes de custodia y régimen de visitas, el tribunal también debe tener jurisdicción sobre el niño. Por lo general, el tribunal de Texas solo debe tener jurisdicción sobre el niño si este vivió en Texas durante, al menos, los últimos 6 meses o desde el nacimiento en caso de ser un bebé.

Si el tribunal tiene jurisdicción sobre el padre alegado y sobre el niño, diríjase al paso 4. Si no está seguro, hable con un abogado.

La ley limita cuando un caso de paternidad puede ser presentado si el niño tiene un presunto padre, reconocido o declarado.

  • Si el niño no tiene un presunto padre, reconocido o declarado, no hay fecha límite. Un caso de paternidad puede ser presentado en cualquier momento. (Sin embargo, luego de que el niño cumpla 18 años, solo el niño puede presentarlo).
  • Si el niño tiene un presunto padre, usted debe presentar el caso de paternidad antes de que el niño cumpla 4, excepto si:
  1. usted es el presunto padre y no presentó el caso de paternidad antes de que el niño cumpla 4 porque le hicieron creer de manera errónea que usted era el padre biológico o
  2. el presunto padre y la madre no vivían juntos o no mantenían relaciones sexuales entre sí al tiempo en el que se concibió el niño.
  • Si el niño tiene un padre reconocido, usted puede presentar el caso de paternidad solo si usted no firmó el Reconocimiento de paternidad (o la Negación de paternidad que lo acompaña) y:
  1. han transcurrido menos de 4 años desde la fecha de entrada en vigencia del Reconocimiento o
  2. el Reconocimiento no tiene validez.
  • Si el niño tiene un padre declarado, usted puede presentar el caso de paternidad solo si:
  1. usted no fue parte del proceso judicial que designó al padre del niño y
  2. han transcurrido menos de 4 años desde la fecha de entrada en vigor de la orden del tribunal que designó al padre del niño.

Si no hay una fecha límite para presentar la solicitud (porque el niño no tiene un presunto padre, reconocido o adjudicado) o la fecha límite no ha pasado, diríjase al paso 5. Si no está seguro, hable con un abogado.

Complete este formulario inicial: Petición para adjudicar paternidad (llamada Petición para abreviar).

Usted presentará la petición ante el tribunal para iniciar la acción. La petición le dice al juez y a otras personas involucradas cuáles son las órdenes que usted quiere que el juez dicte. Las preguntas frecuentes y los artículos relacionados incluidos con estas instrucciones le ayudarán a entender sus opciones.

Cuando complete la petición:

  • Escriba sus respuestas de manera clara en tinta azul o negra.
  • No deje espacios en blanco (a menos que se le indique lo contrario).
  • Consulte a un abogado si necesita ayuda o tiene preguntas.

¿Quién es el demandante? Usted es el demandante, la persona que pide al tribunal que dicte la orden de paternidad.

¿Quién debe figurar como demandado? Las siguientes personas deben estar incluidas en un caso de paternidad.

  • la madre del niño; y
  • todos los supuestos padres; y
  • los padres presuntos, reconocidos o adjudicados; y
  • cualquier persona que tenga una relación con el niño por orden judicial.

Nota: En la petición se solicita su dirección. Cada parte demandada recibirá una copia de la petición. Si le preocupa que un demandado conozca su dirección, llame a la línea de asuntos legales contra la violencia familiar al 800-374-4673 para recibir asesoramiento gratuito.

Complete estos formularios iniciales adicionales si es necesario para su caso:

Complete estos formularios de finalización:

Le solicitará al juez que firme este formulario cuando sea momento de finalizar su caso. Complételo en su totalidad (excepto las firmas). Usted y la otra parte o partes quizás quieran completar el formulario de pedido juntos. Pero no firme el formulario de pedido hasta que llegue al Paso 10.

Si le solicitó al juez que dicte órdenes de custodia, régimen de visitas, manutención de niños y manutención médica y dental, también debe completar estos formularios finales y adjuntarlos al formulario de orden de adjudicación de paternidad.

Complete este formulario de finalización adicional si se ordena la manutención de niños: Orden de retención de ingresos para la manutención.

¡CAMBIO EN LA LEY! Cualquier caso presentado después del 1 y 2023 de septiembre no necesita presentar divulgaciones iniciales requeridas previamente requeridas por la ley. Si su caso fue presentado antes del 1 y 2023 de septiembre, después de que una parte en un caso de derecho de familia (como una demanda de paternidad) presenta una respuesta, ambas partes están obligadas a intercambiar cierta información y documentos dentro de los 30 días. El formulario está aquí: Divulgaciones iniciales obligatorias en SAPCR y modificaciones. Consulte la Regla 11, Acuerdos, para obtener información (y formularios) sobre una forma de renunciar a las divulgaciones obligatorias mediante acuerdo.

Aunque no es obligatorio, se recomienda que un abogado de derecho de familia revise sus formularios completos. Los abogados de derecho de familia se especializan en casos que involucran a familias, como los casos de paternidad.

Puede contratar a un abogado de derecho de familiasolo para revisar sus formularios. Hiring a lawyer for a limited purpose is called “limited scope representation.” You can then finish your case yourself. También puede hablar con un abogado en forma gratuita en una clínica legal. Si necesita ayuda para encontrar un abogado, puede hacer lo siguiente:

  • Use nuestro directorio de ayuda legal para buscar un servicio de referencia de abogados, una oficina de asistencia legal o un centro de autoayuda en su área.
  • Visite nuestra página de Eventos y clínicas legales para encontrar clínicas legales gratuitas en su área.
  • Utilice Consultas para chatear en línea con un abogado o estudiante de derecho.

Haga suficientes copias de los formularios de iniciación del trámite completos para que usted y cada uno de los demandados conserven una copia.

  • Petición para la adjudicación de paternidad
  • Documento probatorio: declaración de parte residente en otro estado (si su caso lo exige)
  • Declaración de imposibilidad de pago de costos judiciales (si su caso lo exige)

Presente (entregue) su petición completa y otros formularios iniciales en la corte en el condado en el que vive el niño.

Tiene que averiguar si en su condado hay órdenes pendientes. Si es el caso, deberá adjuntar una copia de las órdenes permanentes a su petición.

  • Para presentar sus formularios en línea, vaya a E-File Texas y siga las instrucciones.
  • Para presentar sus formularios en persona, lleve la petición y los formularios de inicio adicionales (y copias) a la oficina del secretario judicial del condado en el que reside el niño.

En la oficina del secretario:

  • Entregue su demanda y otros formularios (y las copias)
  • Pague los honorarios de presentación (o presente la Declaración completa de imposibilidad de pago de costos judiciales si no puede pagar los honorarios).
  • Pregunte al secretario judicial si existe una orden vigente que deba seguir o adjuntar a su petición.
  • Pregúntele al secretario si existen reglas locales o procedimientos que deba saber sobre su caso.
  • El secretario judicial escribirá su "número de causa" y "número de tribunal" en la parte superior de la primera página de su petición. (Escriba estos números en la parte superior de cualquier documento que presente en su caso).
  • El secretario judicial "archivará y sellará" las copias con la fecha y la hora. El secretario judicial se quedará con el original y le devolverá sus copias.

¿El niño alguna vez recibió Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF) o Medicaid?

  • Si la respuesta es NO, saltee este paso.
  • Si elige la opción SI, debe enviar una copia de su petición sellada a la Oficina del Procurador General (OAG), División de manu­ten­ción de niños.
    • Enviar por correo electrónico: puede escanear la copia de su petición sellada y enviarla por correo electrónico. Visite el siguiente enlace para encontrar la dirección de correo electrónico de la oficina de manu­ten­ción de niños de la OAG en el condado donde se presentó su caso: direcciones de correo electrónico de las oficinas de manu­ten­ción de niños. Escriba el número del caso y el condado donde presentó su caso en el asunto del correo electrónico. Imprima una copia de su correo electrónico. Llévela consigo cuando sea momento de finalizar su caso.
    • Envíe su petición por correo certificado con acuse de recibo. También puede enviar un correo con la copia de su petición por correo certificado y el acuse de recibo solicitado. La oficina de correos dispone de los formularios de correo certificado con acuse de recibo. Visite el siguiente enlace para encontrar la dirección postal de la oficina de manu­ten­ción de niños de la OAG en el condado donde se presentó su caso: direcciones postales de las oficinas de manu­ten­ción de niños. La oficina de correo le dará un recibo cuando usted envíe la demanda por este medio. Alguien de la oficina de manu­ten­ción de niños de la AOG firmará el acuse de recibo (llamada a menudo "tarjeta verde") y se lo enviará por correo electrónico. Lleve consigo el recibo y el acuse de recibo (tarjeta verde) cuando llegue el momento de finalizar su caso.

Proporcione a cada demandado:

Advertencia: No entregue en mano ningún documento al demandado si existió violencia durante la relación, en especial si un juez ha firmado una orden de protección. En su lugar, haga que se la entreguen al demandado. Si decide emplazar al demandado, utilice estas instrucciones: Instrucciones y formularios para un caso de paternidad en rebeldía en la lista de verificación que se encuentra debajo.

Pida a cada demandado que complete estos tres pasos:

  1. Llene y firme el formulario de renuncia al derecho de recibir notificación legal o el formulario de respuesta original del demandado.

Cada demandado puede completar y firmar cualquiera de los formularios.

El formulario de renuncia al derecho de recibir notificación legal debe firmarse en presencia de un notario. Si una persona demandada planea firmar el formulario de renuncia al derecho de recibir notificación legal, informe a la persona demandada que debe firmar frente a un notario al menos un día después de que usted presente la petición. En caso contrario, el demandado tendrá que volver a hacerlo. Si presentó su caso después del 1 y 2023 de septiembre, la renuncia se puede firmar electrónicamente con un notario virtual.

El formulario de respuesta original de la persona demandada no exige la presencia de un notario para su firma.

Nota: Si algún demandado no completa y firma un formulario de respuesta original del demandado o un formulario de renuncia al derecho de recibir notificación legal, deberá hacer que ese demandado sea notificado por un agente de policía, oficial o notificador privado. Utilice estas instrucciones en su lugar: Instrucciones y formularios para un caso de paternidad en rebeldía en la lista de verificación que se encuentra debajo.

  1. Firme el formulario de la orden de adjudicación de paternidad ya completo (con las órdenes completadas de custodia, tenencia, manu­ten­ción de niños, asistencia médica y asistencia odontológica, si corresponde).

El formulario de la orden de adjudicación de paternidad debe estar completo en su totalidad cuando lo firme cada parte demandada. Usted NO PUEDE hacer cambios en el formulario de la orden luego de que esté firmado por una parte demandada, a menos que la parte demandada firme con sus iniciales en cada cambio.

  1. Devolverle los formularios firmados.

Usted también debe:

  • Firmar el formulario de la orden de adjudicación de paternidad.
  • Hacer una copia del formulario de renuncia al derecho de recibir notificación legal o del formulario de respuesta original de la parte demandada que ya fue completado y firmado por cada parte demandada.

¡CAMBIO EN LA LEY! Todos los casos presentados después del 1 y 2023 de septiembre ya no necesitan intercambiar las divulgaciones iniciales requeridas previamente obligatorias. Si su caso fue presentado antes del 1 y 2023 de septiembre, después de que una parte en un caso de derecho de familia (como una demanda de paternidad) presenta una respuesta, ambas partes están obligadas a intercambiar cierta información y documentos dentro de los 30 días. El formulario está aquí: divulgaciones iniciales obligatorias en las SAPCR y modificaciones. Vea Norma 11 de acuerdos para obtener información (y formularios) sobre una de las formas de renunciar a las declaraciones obligatorias por medio del acuerdo.

Si cada parte demandada completó y firmó el formulario de respuesta original de la parte demandada, o el formulario de renuncia al derecho de recibir notificación legal y firmó su formulario de orden de adjudicación de paternidad ya completado, usted puede acudir al tribunal para finalizar su caso de paternidad acordada.

  • Comuníquese con la oficina del secretario para obtener información sobre cómo y cuándo la corte escucha los casos no contenciosos.

Nota: Si usted tuvo que enviar una copia de su petición a la División de Manu­ten­ción de Niños de la Oficina del Procurador General (debido a que el niño ha recibido Medicaid o TANF), pregunte al secretario del tribunal si la oficina de manu­ten­ción de niños ha presentado algo en su caso. Si la respuesta es sí y se ha fijado una audiencia, usted debe asistir a la audiencia. Si la respuesta es sí y nose ha fijado una audiencia, usted debe llevar su formulario de la orden de adjudicación de paternidad completo a la oficina de manu­ten­ción de niños y pedir que un abogado lo revise y firme (si está de acuerdo). Si la oficina de manu­ten­ción de niños no firma su formulario de la orden de adjudicación de paternidad completo, su caso es contencioso. Para terminar un caso contencioso, debe establecer una audiencia final contenciosa. Debe notificar la audiencia final a la oficina de manu­ten­ción de niños y a cada una de las partes demandadas, con al menos 45 días de antelación. Lea este artículo para obtener más información: Cómo establecer una audiencia final contenciosa (derecho de familia). Siempre es mejor tener un abogado si su caso es contencioso.

  • Lea el artículo Consejos para la sala de un tribunal para obtener más información sobre cómo acudir a la corte.
  • Lleve estos documentos consigo a la corte el día en que planea finalizar su caso:
    • Una copia sellada de la petición para la adjudicación de paternidad; y
    • La renuncia al derecho de notificación legal exclusivamente o el formulario de respuesta original de la parte demandada firmado por cada parte demandada; y
    • Una orden de adjudicación de paternidad completa (con órdenes completas de custodia, tenencia, manu­ten­ción de niños, asistencia médica y asistencia odontológica adjuntas si corresponde) firmada por usted y cada parte demandada; y
    • Si se ordena la manu­ten­ción de niños, una orden de retención de ingresos para la manutención completa y
    • Los resultados de una prueba genética (si corresponde); y
    • Una prueba de que usted envió una copia de la petición a la División de Manu­ten­ción de Niños de la Oficina del Procurador General (si corresponde). Consulte el paso 9.
  • Cuando llegue a la corte, vaya a la oficina del secretario.
    • Presente (entregue) la renuncia al derecho de notificación legal exclusivamente o el formulario de la respuesta original de la persona demandada que llenó y firmó cada persona demandada. Solicite al secretario judicial que archive y selle su copia. Lleve su copia archivada y sellada consigo a la corte.
    • Pregunte al secretario si necesita el expediente judicial o la hoja de registro del expediente (la lista de lo que se ha presentado en su caso).
  • Cuando llegue a la sala del tribunal, informe al secretario y entréguele la documentación. Siéntese hasta que el juez llame su caso.
  • Cuando el juez llame su caso, diríjase hacia el frente de la sala del tribunal y párese frente al estrado del juez. El juez le pedirá que levante la mano derecha y jure que dirá la verdad. Prepárese para informar con rapidez al juez quién es, cuál es su relación con el niño, cuáles son las órdenes que solicita al juez y por qué esas órdenes son en el interés superior del niño. En caso de que sienta nervios, una buena idea es anotar todo lo que quiera decir para leerlo frente al juez.
  • El juez escuchará lo que usted tenga que decir y revisará sus documentos. Si todo está en regla, el juez firmará su orden para la adjudicación de paternidad.

¿Necesita finalizar el caso sin asistir al tribunal?

Si necesita finalizar el caso sin asistir en persona a la corte, puede usar la Declaración jurada para probar una orden de paternidad acordada.

Algunos jueces permiten el uso de una declaración jurada para reunir los requisitos de prueba en un caso de acuerdo. Si desea saber si el juez aceptará una declaración jurada en lugar de un testimonio breve, debe contactar al coordinador del tribunal. Algunos jueces pueden no aceptar declaraciones juradas como pruebas. Además, algunos jueces solo aceptan declaraciones juradas como pruebas en casos sin hijos. Si determina que el juez aceptará una declaración jurada, puede usar la Declaración jurada para probar la orden de paternidad acordada.

Este formulario debe ser jurado ante un notario. Todo lo que figure en la declaración jurada debe ser cierto y correcto, ya que se lo puede acusar de un delito por mentir al tribunal. Vea el Código Penal de Texas 37.

Luego de que el juez firme su orden de adjudicación de paternidad, regrese a la oficina del secretario judicial.

  • Presente (entregue) la orden de adjudicación de paternidad y otras órdenes firmadas por el juez. Su caso NO es definitivo hasta que lo haga .
  • Obtenga una copia certificada de su orden de adjudicación de paternidad y otras órdenes firmadas por el juez con el secretario judicial mientras esté allí. El secretario judicial puede cobrar honorarios por la copia certificada.
  • Si se ordenó la manu­ten­ción de niños:
    • Pregunte al secretario judicial qué necesita para establecer una cuenta para la manu­ten­ción de niños, y
    • Pida al secretario judicial que envíe una copia de la orden de retención de ingresos para la manutención al empleador del progenitor al que se le ordena pagar la manu­ten­ción de niños.
    • Complete y envíe el Registro de orden de manutención a la oficina del secretario judicial del tribunal del condado para crear una cuenta para la manu­ten­ción de niños.

Envíe una copia sellada de la orden para la adjudicación de paternidad y de otras órdenes firmadas por el juez a cada persona demandada.

  • Si a usted se le ordenó pagar la manu­ten­ción de niños, asistencia médica en efectivo y asistencia odontológica, obtenga más información cobre los métodos de pago aquí:>Procurador General de Texas: Opciones de pago de la manu­ten­ción de niños. Si tiene preguntas, llame a la División de Manutención de Niños de la Oficina del Procurador General al (800) 252-8014. No envíe pagos de manu­ten­ción de niños de forma directa al otro progenitor.
  • Si a una parte demandada se le ordenó pagar a usted manu­ten­ción de niños, la asistencia médica o asistencia odontológica y no paga, contacte a la División de Manutención de Niños del Procurador General para que lo ayuden a hacer cumplir su orden.


Source URL: https://texaslawhelp.org/checklist/for-an-agreed-paternity-case