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Identificación de los votantes de Texas

Derecho al voto

Acerca de los requisitos de identificación de los votantes de Texas

Aquí, conozca los requisitos de identificación de los votantes de Texas: formas aceptables de identificación con foto, identificaciones vencidas, concordancia de direcciones y alternativas para quienes no tienen una identificación aceptable.

¿Qué tipo de identificación necesito para votar?

Según la Secretaría de Estado de Texas, las siguientes formas de identificación se consideran formas "aceptables" de identificación con foto:

  • Licencia de conducir de Texas emitida por el Departamento de Seguridad Pública de Texas (DPS)
  • Certificado de identificación electoral de Texas emitido por el DPS
  • Credencial de identificación personal de Texas emitida por el DPS
  • Licencia para portar armas de Texas emitida por el DPS
  • Credencial de identificación militar de los Estados Unidos que contenga su fotografía
  • Certificado de ciudadanía de los Estados Unidos que contenga su fotografía
  • Pasaporte de Estados Unidos (libreta o credencial)

Nota: Una identificación de estudiante no es una identificación con foto aceptable en virtud de la ley actual de Texas, incluso si es emitida por una institución estatal.

Consulte Identificación necesaria para votar en persona y ¿Qué necesitaré para votar en persona el día de las elecciones o durante la votación anticipada?.

Mi identificación venció. ¿Puedo seguir usándola para votar?

Sí. Si tiene menos de 70 años, puede utilizar una licencia vencida para votar siempre que haya vencido en los últimos cuatro años. Si tiene más de 70 años, no importa cuándo venció su identificación, siempre puede usarla para votar.

¿Tiene que coincidir la dirección de mi identificación con foto con la de mi padrón electoral?

No, la dirección que figura en su licencia de conducir u otra identificación aceptable con foto no tiene por qué coincidir con la dirección en la que está inscrito para votar. Debe votar en el condado y distrito electoral en el que vive actualmente y está empadronado para votar.

Si no dispongo de una identificación con foto aceptable, ¿hay alguna forma de que pueda votar?

Sí, es posible que aún pueda votar si puede mostrar uno de los siguientes tipos de identificación "acreditativos" y no puede obtener razonablemente una identificación con foto aceptable:

  • Certificado de empadronamiento electoral;
  • Factura actual de servicios públicos
  • Estado de cuenta
  • Cheque del gobierno
  • Cheque
  • Certificado de nacimiento o
  • Cualquier otro documento emitido por el gobierno (como una licencia de conducir de otro estado)

Nota: Una identificación de estudiante no es una identificación repaldatoria en virtud de la ley actual de Texas.

Si debe utilizar una de las formas de identificación respaldatoria enumeradas anteriormente, también deberá firmar una "Declaración de impedimento razonable".

¿Qué es una "declaración de impedimento razonable"?

Si no tiene una forma aceptable de identificación con foto y debe utilizar una de las identificaciones acreditativas enumeradas anteriormente, también deberá firmar una "Declaración de impedimento razonable". Este es un documento en el que debe afirmar que no pudo obtener de manera razonable una forma aceptable de identificación.

Un "impedimento razonable" para obtener una identificación con foto incluye:

  • falta de transporte;
  • discapacidad o enfermedad;
  • falta de certificado de nacimiento u otros documentos necesarios para obtener una identificación aceptable con foto;
  • horario laboral;
  • responsabilidades familiares;
  • pérdida o robo de la identificación; o
  • forma aceptable de identificación solicitada pero aún no recibida.
    Nota: Si ha concertado una cita para obtener una
    identificación con foto aceptable, pero la cita no es
    hasta después de votar, deberá marcar este casillero
    en una declaración de impedimento razonable.

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