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Programa de Compensación a las Víctimas de Delitos (CVC)

Derechos de las víctimas de delitos

Este artículo brinda información sobre el Programa de Compensación a las Víctimas de Delitos (CVC).

Obtenga más información sobre el Programa de Compensación a las Víctimas de Delitos (CVC), quién es elegible, cómo solicitarlo, qué gastos cubre y sobre su proceso de apelación.

Un agradecimiento especial a la Oficina del Procurador General por su contribución a este artículo.

¿Qué es el Programa de Compensación a las Víctimas de Delitos (CVC)?

El Programa de Compensación a las Víctimas de Delitos (CVC, por sus siglas en inglés) brinda asistencia financiera a las víctimas de delitos violentos y a sus familias. El CVC reembolsa los gastos de bolsillo y puede ayudar a las víctimas que cumplan los requisitos a pagar las facturas médicas y de asesoramiento relacionadas con el delito, y además puede ayudar a las familias a cubrir los gastos del funeral de un ser querido que haya sido asesinado.

¿Qué tipos de compensación existen?

Hay dos tipos de compensación: (1) Compensación para víctimas del delito (2) Compensación para atención médica de emergencia o un examen por agresión sexual. Puede postularse para recibir cualquier compensación con la misma aplicación.

¿Quién es elegible?

Para recibir la compensación, debe cumplir los siguientes requisitos de elegibilidad:

  • Ser víctima o demandante.

  • No haber estado encarcelado en el momento del delito.

  • Residencia: El delito debe haberle ocurrido en Texas a un residente de Estados Unidos o se debe ser residente de Texas y que el delito haya ocurrido en un país que no ofrezca CVC.

  • Denunciar el delito: El delito debe denunciarse a una fuerza de seguridad adecuada.

  • Cooperación: La víctima o el denunciante debe cooperar con la investigación policial.

  • Plazo de presentación: Debe presentar la solicitud en un plazo de tres (3) años a partir de la fecha del delito. El plazo puede ampliarse por causas justificadas, como la edad de la víctima o su incapacidad física o mental, entre otras.

  • Usted no deber haber: participado en el delito, cometido ninguna actividad ilegal durante el delito (excluida la trata de personas), compartido la responsabilidad del delito debido a su comportamiento, dado información falsa al programa.

¿Quién puede considerarse víctima?

Una víctima es una persona que resultó lesionada o murió a causa del delito, una persona que fue a ayudar a una víctima de un delito y resultó lesionada o murió, un socorrista que resultó lesionado o murió mientras respondía a un delito.

¿Qué se considera una lesión?

Una lesión puede incluir daños físicos o mentales.

¿Quién puede ser demandante?

Un reclamante es una persona distinta de la víctima que: Está autorizada para actuar en nombre de una víctima menor de edad, incapacitada o fallecida, que asume la responsabilidad legal o paga facturas relacionadas con el delito, un dependiente de una víctima fallecida, un miembro de la familia o del hogar que requiere atención de salud mental relacionada con el delito, una empresa, agencia u organización no puede presentar una solicitud como reclamante.

¿Qué delitos están cubiertos?

Delitos o tentativas de delito que hayan causado lesiones físicas o mentales o la muerte.

Agresión, violencia familiar, secuestro, maltrato infantil, atropello y fuga, robo, agresión sexual infantil, homicidio, agresión sexual, conducción bajo los efectos del alcohol, trata de personas, acoso, maltrato de ancianos.

Nota: El robo de identidad y los delitos contra la propiedad no están cubiertos.

¿Qué gastos se cubren?

Las solicitudes aprobadas podrán recibir la compensación por los siguientes gastos relacionados con el delito:

  • Atención médica, hospitalaria, de fisioterapia o de enfermería

  • Atención o asesoramiento psiquiátrico

  • Pérdida de salarios debida al tratamiento médico o a la participación en los procesos de investigación, acusación y judiciales o a presentarse en ellos

  • Cuidado de un niño o de una persona dependiente

  • Pérdida de sustento

  • Gastos de funeral y entierro

  • Limpieza de la escena del crimen

  • Gastos de reposición de ropa, ropa de cama o bienes confiscados como pruebas o inutilizados a raíz de la investigación

  • Honorarios del abogado por asistencia en la presentación de la solicitud de Compensación a las Víctimas de Delitos y en la obtención de beneficios

  • Pérdida de salarios y traslados para recibir tratamiento médico

  • Gastos de reubicación para víctimas de violencia familiar, trata de personas y acoso o para aquellas víctimas de agresión sexual atacadas en su propia residencia

El CVC también puede ofrecer compensación por los gastos de los exámenes por agresión sexual, el lucro cesante para los agentes de la autoridad incapacitados y otros gastos extraordinarios por lesiones relacionadas con el delito.

Visite el sitio web de la Procuraduría General de Texas para obtener más información sobre los costos cubiertos por el programa CVC.

¿Cuál puede ser el importe de la compensación?

La compensación total está limitada a $50,000.

Nota: CVC es la última fuente de pago por ley. Todos los demás recursos disponibles deben pagar antes de cualquier pago por parte del programa.

¿Cómo se solicita?

Debe tener 18 años o más para solicitar el CVC. Las víctimas y los demandantes pueden presentar su solicitud a través del mismo formulario.

Puede presentar su solicitud en línea visitando el Portal de Compensación a las Víctimas de Delitos.

También puede presentar su solicitud por correo. Para descargar una solicitud impresa, visite el sitio web de la Procuraduría General de Texas.

Puede solicitarlo también comunicándose al 1-800-983-9933 de lunes a viernes entre las 8:00 a. m. y las 5:00 p. m., para pedir una solicitud o enviando un correo electrónico a crimvictims@texasattorneygeneral.gov

Si es víctima de un delito violento en Texas, denuncie el delito a la fuerza de seguridad local y pida información sobre el programa de Compensación a las Víctimas de Delitos. La mayoría de los departamentos de policía y alguaciles cuentan con una persona que actúa como enlace para las víctimas de delitos que puede explicarle el programa, facilitarle una solicitud y ayudarlo a completarla.

En las fiscalías, así como en algunos hospitales y centros médicos, también se pueden pedir solicitudes de Compensación a las Víctimas de Delitos.

Visite el sitio web de la Procuraduría General de Texas para obtener ayuda o más información sobre cómo presentar una solicitud.

¿Qué pasa si me deniega el programa CVC?

Tiene derecho a apelar la decisión del programa. Una vez recibida su solicitud, el CVC la revisará y determinará si es elegible para recibir una compensación, si se puede cubrir algún costo y el importe de la compensación.

¿Cómo puedo apelar?

Hay tres niveles en el proceso de apelación y su problema puede resolverse en cualquiera de ellos.

  • Nivel 1 - Revisión de reconsideración: Este nivel pretende ser una manera informal y eficiente de apelar. El CVC le enviará una decisión por escrito sobre su solicitud. Si no está de acuerdo con esa decisión, puede solicitar que el CVC la reconsidere.

  • Nivel 2 - Audiencia de resolución definitiva: Si sigue insatisfecho con la decisión tras la reconsideración, puede solicitar una "audiencia de resolución definitiva". Se trata de un procedimiento más formal. Quizás le interese hablar con un abogado.

  • Nivel 3 - Revisión judicial: Si se le ha denegado la solicitud en el nivel de audiencia, tiene derecho a solicitar una revisión judicial ante un tribunal de distrito estatal.

Visite el sitio web de la Procuraduría General de Texas para obtener más información sobre el proceso de apelación.