Distribución de los beneficios de veteranos a dependientes
Beneficios para veteranos y familias de militares
Conozca aquí las circunstancias en las que el Departamento de Asuntos de Veteranos puede darle parte el dinero por discapacidad de un veterano a un familiar o a una persona elegida por la familia. Esto se llama distribución. Ocurre cuando un veterano no se hace cargo de su cónyuge o hijos y el VA decide que es necesario.
¿Qué es la distribución de los beneficios de veteranos?
El Departamento de Asuntos de Veteranos puede pagar una parte de la compensación por discapacidad del veterano a un fiduciario designado o a un miembro de la familia. A esto se le llama distribución de los beneficios de veteranos.
¿Por qué el Departamento de Asuntos de Veteranos puede tomar una parte de mis beneficios por discapacidad? ¿Creía que los beneficios de veteranos no podían embargarse?
Los beneficios de los veteranos se encuentran exentos de impuestos y de los reclamos de los acreedores. Los beneficios no pueden embargarse, gravarse o confiscarse en virtud de lo previsto por un proceso equitativo.
Sin embargo, en situaciones específicas definidas por la ley federal, el Departamento de Asuntos de Veteranos puede distribuir los beneficios de un veterano.
¿Bajo qué circunstancias podría el Departamento de Veteranos pagar una parte de los beneficios por discapacidad a mis dependientes?
El Departamento de Asuntos de Veteranos puede distribuir los beneficios por discapacidad mensuales de los veteranos cuando un veterano no convive con su cónyuge o cuando los hijos del veterano no viven con él y el Departamento de Asuntos de Veteranos determina que el veterano no cumple, en forma razonable, con sus responsabilidades de mantener a su cónyuge e hijos dependientes.
El Departamento de Asuntos de Veteranos también puede distribuir los beneficios por discapacidad mensuales de los veteranos cuando el veterano es incapaz y recibe tratamiento hospitalario, cuidados institucionales o domiciliarios por parte de los Estados Unidos.
¿Quién puede recibir una parte de mis beneficios por discapacidad?
- Un cónyuge separado e hijo(s);
- Hijo(s) cuya custodia está a cargo de un cónyuge separado; o
- Hijo(s) que no viven con el veterano o con su cónyuge superviviente y que no reciben, de manera razonable, la manutención por parte del veterano o su cónyuge superviviente.
- El padre o madre dependiente.
¿Puede una corte de Texas obligar al VA a distribuir los beneficios por discapacidad?
No. Una orden judicial de un tribunal de Texas puede utilizarse como fundamento para un reclamo para que los beneficios del veterano sean distribuidos, pero la orden no es vinculante para el Departamento de Asuntos de Veteranos.
¿El VA retendrá una parte de mis beneficios sin mi consentimiento?
Luego de notificar al veterano, el Departamento de Asuntos de Veteranos puede distribuir los beneficios sin su permiso si el demandante (persona que realiza el reclamo) puede probar que:
- El cónyuge separado y el o los hijos no conviven con el veterano:
- El veterano no contribuye en forma razonable a su manutención y
- El cónyuge separado y el o los hijos tienen la necesidad económica de recibir una parte de los beneficios del veterano.
¿El VA tendrá en consideración mis necesidades financieras?
Sí. La obligación principal del Departamento de Asuntos de Veteranos es con el veterano. Incluso si el cónyuge separado y el o los hijos pueden mostrar una necesidad económica, el Departamento de Asuntos de Veteranos no puede imponer una carga excesiva sobre el veterano.
¿El VA considerará otros ingresos y recursos disponibles para mi cónyuge separado y el o los hijos?
Sí. El Departamento de Asuntos de Veteranos determinará si la distribución es necesaria, en función del monto de beneficios del Departamento de Asuntos de Veteranos pagaderos al veterano, de otros recursos e ingresos del veterano y sus dependientes en cuyo beneficio se reclama la distribución y en las necesidades especiales del veterano, sus dependientes y en la distribución del o de los demandantes.
¿Cuánto dinero le dará el VA al cónyuge separado y al hijo o a los hijos?
El Departamento de Asuntos de Veteranos no aprobará una distribución que dé como resultado una carga excesiva para el veterano o que no sea un monto razonable pagadero al beneficiario de la distribución.
En general, la distribución de más del 50 porciento del beneficio de un veterano constituye una carga excesiva para él. La distribución de menos del 20 porciento del beneficio de un veterano no constituye, en líneas generales, un monto razonable para el beneficiario de dicha distribución.
Más información
El sitio web del Departamento de Asuntos de Veteranos brinda información útil sobre la distribución de los beneficios de los veteranos.
Para encontrar las organizaciones que brindan ayuda legal gratis para los veteranos, utilice el directorio de TexasLawHelp.org.
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