Tribunal de Distrito de Familia N.º 254
Honorable Kimberly Brown
600 Commerce Street
3rd Floor, New Tower
Dallas, Texas 75202
(214) 653-6136
Mire la transmisión en vivo del Tribunal de Familia de Distrito N.º 254 en YouTube.
Pasos de la lista de verificación
¿Este tribunal realiza audiencias virtuales? | ¿Qué plataforma utilizan? | ¿Hay excepciones? |
| Sí | Zoom | Sí. Algunos casos y juicios con jurado se celebran en persona. |
Puede visitar la página web del Tribunal de Familia de Distrito N.º 254 para obtener información actualizada. También puede consultar los enlaces de Zoom para la lista de casos del tribunal que se encuentran en la página web del tribunal.
Si presenta documentos en persona, complete una hoja informativa para casos civiles que debe completarse y presentarse con todas las peticiones o solicitudes originales presentadas para iniciar un nuevo caso civil, de derecho de familia, de legalización del testamento o de salud mental o cuando se presenta una petición de modificación o moción de ejecución posterior al juicio en un caso de derecho de familia. Puede encontrar la Portada para casos civiles y de familia con instrucciones y además instrucciones adicionales para litigantes autorepresentados en el sitio web del Tribunal de Distrito.
Las partes deben comunicarse con la otra parte para saber si se opondrán a una moción. Todos los documentos deben incluir un certificado de conferencia cuando se presenten. Todos los documentos deben presentarse electrónicamente.
Consulte las Normas locales del Tribunal de Familia de Distrito del condado de Dallas para obtener más detalles.
Para programar una audiencia frente a la jueza Brown, envíe un correo electrónico al coordinador del tribunal. Para audiencias ante el juez asociado Turner, llame a la oficina del secretario al (214) 653-6136.
Los siguientes documentos deben ser aprobados por el juez antes de ser incluidos en una audiencia:
- Orden de presentación de motivos por desacato;
- Orden de concesión de un recurso de hábeas corpus;
- moción de modificación presentada en el plazo de un año;
- Cualquier moción para modificar órdenes temporales realizada en el momento en que se presenta la modificación.
- mandamiento de embargo;
- orden de embargo;
- solicitud de cualquier tipo de medida cautelar;
- solicitud de una orden de protección;
- una orden de prórroga de una TRO;
- moción de aplazamiento;
- Moción de restitución.
Para todas las demás audiencias, necesita presentar una notificación de audiencia ante el tribunal para que el secretario del tribunal o el administrador del tribunal la complete y la firme. El formato está disponible en las Reglas Locales de los Tribunales de Distrito de Familia del Condado de Dallas.
Sí. Las partes deben presentar una solicitud de audiencia virtual para que el tribunal decida.
Todas las pruebas deben presentarse a DC254coordinator@dallascounty.org y a la taquígrafa del tribunal en Deborah.Quarles@dallascounty.org antes de las 5 p. m. del día anterior a su audiencia. Todas las partes deben intercambiar pruebas y listas de testigos, y realizar una copia ante el tribunal, antes de las 5 p.m. del día hábil anterior a cualquier audiencia programada, excepto las audiencias de CPS.
No. Todos los juicios por jurados se celebran únicamente en persona.
Posiblemente. El tribunal decidirá si permite el testimonio virtual ante una solicitud previa.
Para cualquier consulta, contáctese con la coordinadora del tribunal Cassandra Coleman al (214) 653-6741 o en dc254coordinator@dallascounty.org.