El privilegio abogado-cliente se basa en la Regla de evidencia de Texas 503 y su aplicación en tribunales federales se rige por la Regla federal de evidencia 501.
El propósito del privilegio abogado-cliente es alentar la libre comunicación entre clientes y abogados.
Si cliente y abogado no pueden comunicarse libremente, el abogado no estará plenamente informado y el cliente no accederá a todos los beneficios del sistema legal. Este privilegio también ayuda a que los clientes se sientan más cómodos y busquen asistencia legal temprana.
El privilegio no solo protege la información intercambiada entre clientes y abogados, sino que también incluye a personas autorizadas para actuar en su nombre (llamados "agentes").
Por ejemplo, la información confidencial comunicada a los asistentes legales de los abogados probablemente también esté protegida por este privilegio. Además, no siempre se requiere una relación formal entre abogado y cliente. La protección se extiende a potenciales clientes que consulten a un abogado con la posibilidad de contratarlo para asuntos legales, incluso si finalmente no lo contratan.
Para que se aplique este privilegio, la comunicación debe ocurrir con la finalidad de ayudar a un abogado a brindar el servicio legal al cliente. Si la comunicación con un abogado ocurre con otra finalidad, como pedirle asesoramiento de relaciones públicas, puede que el privilegio no se aplique. Por último, la comunicación debe ser confidencial, es decir, que no exista intención de que se difunda a otras personas más allá del cliente y su abogado. Si durante la comunicación entre el cliente y el abogado hubiera otras personas presentes (incluidos familiares, amigos, etc.), el cliente puede perder este privilegio.
En casos penales, la aplicación de este privilegio abarca más que solo las comunicaciones. Se aplica en términos más generales a todo lo que el abogado o sus representantes puedan saber debido a la relación abogado-cliente. Además, en algunas circunstancias específicas, el abogado debe dar a conocer información confidencial del cliente para evitar delitos o hechos fraudulentos que puedan resultar en lesiones de gravedad o la muerte de otra persona. Cuando no es probable que ocurra una muerte o lesiones graves, el abogado puede revelar información confidencial para impedir que el cliente cometa un acto delictivo o fraudulento, pero no tiene la obligación de hacerlo. El abogado también puede revelar información confidencial para contrarrestar las consecuencias de un acto delictivo o fraudulento anterior del cliente si se hubieran utilizado los servicios del abogado para cometerlo.
El privilegio pertenece al cliente. Salvo excepciones, el cliente puede negarse a revelar información en un procedimiento judicial y puede instruir al abogado para que tampoco lo haga. Las excepciones incluyen, por ejemplo, información relativa a la muerte de un cliente o disputas entre el abogado y el cliente. Los clientes deberían tener precaución al revelar información privilegiada y es aconsejable consultar siempre a un abogado antes de hacerlo.