La asistencia médica y dental son formas adicionales de la manutención de niños que un progenitor debe pagar. Ayuda a cubrir los costos del seguro de salud y de los gastos médicos sin seguro.
Un tribunal puede ordenarle a uno de los padres que pague la asistencia médica y dental de la siguiente manera:
- Proporcionar seguro médico o dental al niño.
- Pagarle al otro padre el costo de la cobertura del seguro (“asistencia médica en efectivo”).
- Pagar la asistencia médica en efectivo si el niño recibe Medicaid.
El progenitor al que se ordena pagar la manutención de niños (el “obligado”) también suele proporcionar la asistencia médica y dental. Por lo general, cada progenitor tiene que pagar el 50 % de los gastos médicos no asegurados o que corren por su cuenta.
El obligado solo tiene que pagar el “costo razonable” de la cobertura del seguro. La ley de Texas define esto como un porcentaje de los “recursos netos” anuales del obligado. Los recursos netos del obligado están constituidos por la mayoría de las fuentes de ingresos, incluidos los ingresos procedentes del trabajo por cuenta ajena o propia, los beneficios de jubilación y los beneficios por discapacidad. Los siguientes porcentajes son “razonables”:
- Seguro de salud: 9 %
- Seguro dental: 1.5 %
Si el obligado dispone de recursos netos de $30,000 al año, su obligación máxima para el seguro del niño sería la siguiente:
- Seguro de salud: $2,700 al año o $225 al mes
- Seguro dental: $450 al año o $37,50 al mes
La obligación de pagar una asistencia médica en efectivo se añade a la manutención de niños. Un obligado que debe pagar $500 al mes en manutención de niños, $150 en asistencia médica y $25 al mes en asistencia dental tiene una obligación mensual total de $675.
A partir del 1 de septiembre de 2023, toda la manutención médica y dental en efectivo ordenada debe pagarse a la Unidad de Desembolso de Manutención de Niños (SDU) de Texas para que quede registrada antes de enviar el pago al padre con custodia.