Mito: el propietario es responsable de la reparación o el reemplazo de las pertenencias del inquilino en caso de daños por agua, fuego, humo, tornado, etc.
Realidad: a menos que se pueda demostrar que el propietario ha sido negligente en la situación o que el contrato de alquiler diga lo contrario, el propietario no es responsable de los gastos relacionados con la reparación o el reemplazo de los objetos dañados. Los inquilinos quizás quieran contratar un seguro de inquilinos para artículos personales.
Mito: si un inquilino se retrasa en el pago del alquiler, el propietario no puede confiscar los artículos de la vivienda del inquilino hasta que el propietario solicite el desahucio o acuda a los tribunales.
Realidad: si el contrato de alquiler del inquilino incluye una disposición para un gravamen del propietario o un gravamen contractual y la disposición está subrayada o en negrita bien visible, entonces el propietario tiene derecho a entrar en la vivienda del inquilino (a menos que el inquilino se niegue a dejarlo entrar) y retirar los artículos no exentos (por ejemplo, televisor, equipo de música, VCR) que tiene el inquilino, en cualquier momento después de que el inquilino se retrase en el pago del alquiler.
El propietario de un complejo de apartamentos que recibe créditos fiscales para la vivienda tiene prohibido embargar la propiedad de un inquilino, excepto por vía judicial, a menos que el inquilino haya abandonado las instalaciones.
Mito: un propietario puede bloquear el ingreso de un inquilino a la vivienda hasta que este pague el alquiler atrasado.
Realidad: el propietario puede cambiar la cerradura de la puerta de un inquilino si 1) el contrato de alquiler incluye una cláusula de exclusión por escrito y 2) tras notificarlo previamente por escrito. El propietario debe notificarlo por escrito con una antelación mínima de tres días si la notificación se entrega en mano o de cinco días si se envía por correo ordinario. Tras el bloqueo de ingreso, el propietario debe dejar una nota en la que se indique, en letra subrayada o en negrita bien visible, dónde y a quién puede dirigirse el inquilino para obtener una llave a cualquier hora y que el inquilino tiene derecho a una llave nueva independientemente de que haya pagado o no el alquiler atrasado.
El propietario de un complejo de apartamentos que recibe créditos fiscales para la vivienda tiene prohibido bloquear el ingreso o amenazar con bloquear el ingreso a un inquilino.
Mito: el propietario no tiene derecho a entrar en la vivienda del inquilino en ningún momento sin su permiso.
Realidad: la mayoría de los contratos de alquiler prevén que el propietario pueda entrar en una vivienda sin permiso expreso del inquilino. Sin embargo, el propietario solo puede entrar en la vivienda de acuerdo con las condiciones del contrato de alquiler.