Usted puede ser elegible para los beneficios educativos del VA si es el hijo o cónyuge de un miembro del servicio y una de estas descripciones enumeradas se aplica al miembro del servicio.
Una de estas descripciones debe ser cierta:
- El miembro del servicio murió en el cumplimiento del deber después del 10 de septiembre de 2001, o
- El miembro del servicio está desaparecido en combate o fue capturado en el cumplimiento del deber por una fuerza hostil, o
- El miembro del servicio fue detenido (retenido) por la fuerza mientras estaba en el cumplimiento del deber por un gobierno o una potencia extranjera, o
- El miembro del servicio está hospitalizado o recibe tratamiento ambulatorio por una discapacidad permanente y total relacionada con el servicio, y es probable que reciba la baja militar por dicha discapacidad. Una discapacidad permanente y total relacionada con el servicio es una discapacidad resultante del servicio en las fuerzas armadas que no desaparece.
Usted puede ser elegible para los beneficios educativos del VA si es el hijo o cónyuge de un veterano y una de estas descripciones enumeradas se aplica al veterano.
Una de estas descripciones debe ser cierta:
- El veterano está permanente y totalmente incapacitado debido a una discapacidad relacionada con el servicio, o
- El veterano murió mientras estaba en el cumplimiento del deber o como un resultado de una discapacidad relacionada con el servicio.